Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 13/09/2002

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco

Boletín Oficial Tarifa Res. N 408

SECRETARIAGENERALDE LAGOBERNACION
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
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DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES

EDICION 20 PAGINAS
7.932

Registro de la Propiedad Intelectual
TIRAJE: 650 EJEMPLARES

RESISTENCIA, VIERNES 13 DE SEPTIEMBRE DE 2002

DECRETOS
DECRETO Nº 1380
Resistencia, 05 septiembre 2002.
VISTO:
El Decreto N 2173/01 y modificatorio N 19/
02; y CONSIDERANDO:
Que, por los citados instrumentos legales se procedió a excluir del patrimonio del Nuevo Banco del Chaco S.A. la cartera de préstamos de los créditos en situación de emergencia económica, de conformidad con la Resolución N 497/01 del Directorio del Banco Central de la República Argentina que autorizó el canje de pasivos;
Que, por Resolución Conjunta de los Ministerios, de Coordinación de Gabinete y Economía, Obras y Servicios Públicos N 002/02 y N 0094/02, respectivamente, se dispuso la recepción de la documentación integrativa de la cartera de préstamos la cual fue instrumentada por Escritura Pública Número Cuarenta y Dos expedida por la Escribana Clelia Mirtha Avila, titular del Registro N 4 de Resistencia y se encomendó al Nuevo Banco del Chaco S.A. la custodia y administración provisoria por cuenta y orden del Estado Provincial de la cartera transferida con obligación de rendir cuentas cada treinta días;
Que, el Nuevo Banco del Chaco S.A. propone establecer para la cartera excluida y ante la realidad económica que debe regir en la gestión de administración y cobro de la misma, un Régimen General de Cancelación de Deudas mediante la aceptación en carácter de dación de pago de títulos públicos, emitidos por el Estado Nacional y por el Estado Provincial;
Que, en consecuencia, se hace necesario instrumentar el mecanismo que regirá en el Régimen General de Cancelación estableciéndose la elegilibidad de los medios de pago, criterios generales a aplicar y metodología de su implementación;
Que, la operatoria que se propicia tiene como objetivo del saneamiento del sector privado involucrado y complementariamente, la reducción de la deuda pública provincial e incorporación de instrumentos financieros de carácter nacional, que permitirá conformar una reserva para afrontar el costo del título canjeado;
Que, la Fiscalía de Estado y Contaduría General de la Provincia han tenido intervención en el presente trámite;
EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO
D E C R E TA :
ARTICULO 1: Aprobar el Régimen General de Cancelación de Deudas de la cartera excluida por Decreto N

EDICION N

2173/01 y modificatorio N 19/02 del Nuevo Banco del Chaco S.A., con Títulos Públicos, que como Anexo I
forma parte integrante del presente.
ARTICULO 2: Declarar elegibles para la cancelación de las deudas aprobadas por el artículo que precede, los Títulos Públicos de la Nación, detallados en Anexo II
y los Títulos Públicos de la Provincia del Chaco, descriptos en Anexo III, que forman parte integrantes del presente.
ARTICULO 3: Autorizar a la Tesorería General de la Provincia, a la apertura de una subcuenta comitente en el Depositante N 1246 - Nuevo Banco del Chaco S.A.
- en la cual se producirá la registración escritural de los títulos declarados elegibles por el presente instrumento legal y aceptados en carácter de dación en pago.
ARTICULO 4: Facultar al Ministerio de Economía, Obras y Servicios Públicos, previa intervención del Ministerio de Coordinación de Gabinete, a suscribir toda documentación y a dictar normas aclaratorias, interpretativas o complementarias que sean necesarias para la implementación de la operatoria que se aprueba.
ARTICULO 5: Comuníquese, dése al registro Provincial, publíquese en forma íntegra en el Boletín Oficial y archívese.Fdo.: Nikisch / Soporsky ANEXO I al Decreto Nº 1380
Régimen General de Cancelación de Deudas de la Cartera excluida por Decreto N 2173/01 y modificatorio del Nuevo Banco del Chaco S.A. con Títulos Públicos 1. Deudas Comprendidas.
Quedan comprendidas todas las deudas que fueran excluidas del Nuevo Banco del Chaco S.A. por estar encuadradas en situación de emergencia económica, en virtud de lo dispuesto por Decreto N 2173/01
y modificatoria N 19/02.
2. Medios de Pago.
Para la cancelación de las deudas comprendidas se aceptará la dación en pago de los siguientes instrumentos de endeudamiento público, a saber:
Títulos Públicos de la Nación, descriptos en Anexo II
Prestamos Nacionales Garantizados provenientes del Canje de Deuda Nacional - Decreto P.E.N. N 1387/
01.
Bonos del Estado Nacional en Pesos 2% 2007
BODEN 2% 2007.
Bonos del Estado Nacional en Dólares Estadounidenses LIBOR 2005 BODEN LIBOR 2005.
Bonos del Estado Nacional en Dólares Estadounidenses LIBOR 2012 BODEN LIBOR 2012.
Títulos Públicos de la Provincia del Chaco descriptos en el Anexo III.
Bonos Garantizados originados en la Conversión de Deuda Pública Provincial, Decreto P.E.N. N 1579/02
Certificados de Cancelación de Obligaciones de la

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 13/09/2002

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chaco

PaeseArgentina

Data13/09/2002

Conteggio pagine20

Numero di edizioni3254

Prima edizione14/07/1999

Ultima edizione05/06/2026

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