Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 30/11/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2017 - Año de la Reafirmación de los Derechos Soberanos Argentinos sobre las Islas Malvinas y Atlántico Sur.-

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

FRANQUEO A PAGAR

OFICIAL
DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
Ana María CALIVA
Directora General
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LXII Nº 5200

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves
decreto del poder ejecutivo DECRETO Nº 0994
RIO GALLEGOS, 08 de Noviembre de 2017.VISTO:
El Expediente CAP-Nº 491.860/17, iniciado por el Consejo Agrario Provincial y elevado por el Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura; y CONSIDERANDO:
Que la Ley Nacional Nº 26.737 establece un régimen de protección al dominio nacional sobre la propiedad, posesión o tenencia de las tierras rurales por personas físicas o jurídicas extranjeras;
Que el Consejo Interministerial de Tierras Rurales conformado por dicha Ley debe determinar las superficies equivalentes a las establecidas para la zona núcleo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 10º de dicha norma;
Que la Ley Nº 26.737 define a las tierras rurales como todo predio ubicado fuera del Ejido Urbano independientemente de su localización o destino según el Artículo 1º;
Que según el Artículo Nº 10 del Decreto Reglamentario Nº 274/12 de la Ley Nº 26.737, cada provincia deberá elevar al Consejo Interministerial de Tierras Rurales la propuesta de equivalencias en el territorio de jurisdicción provincial;
Que a efectos de establecer las superficies máximas que puedan ser ocupadas o adquiridas por extranjeros deben tomarse en consideración las características morfológicas, climáticas, productivas, geopolíticas, socio-culturales, y demás variantes que se consideran aplicables;
Que el Consejo Agrario Provincial ha elaborado oportunamente una propuesta de equivalencias siguiendo las pautas y métodos señalados por el Consejo Interministerial de Tierras Rurales;
Que en dichas pautas se establece las siguientes superficies máximas equivalentes: para establecimiento ubicados en los Departamentos Deseado y Magallanes: 30.000 hectáreas; en los Departamentos Lago Buenos Aires, Río Chico y Lago Argentino 10.000
hectáreas y para los ubicados en los Departamentos Corpen Aike y Ger Aike: 20.000 hectáreas;
Que simultáneamente al requisito de la superficie máxima equivalente, el predio de cada ocupante o adquiriente extranjero no podrá estar ubicado total ni parcialmente en zona de Área Provincial Protegida, Área de Reserva Natural Provincial, Reserva Provincial, Reserva Provincial Intangible, Área de Uso Especial, Área de Uso Científico, Parques Provinciales y Monumentos Naturales;
Que el Consejo Agrario Provincial como autoridad de aplicación deberá determinar que el establecimiento en cuestión no se encuentre dentro de las mencionadas áreas;
Que corresponde emitir el Instrumento Legal pertinente aprobando las equivalencias y demás requisitos propuestos a ser presentados ante el Consejo Intermi-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 5200 DE 16 PAGINAS

Dra. ALICIA MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Dr. FERNANDO MIGUEL BASANTA
Ministro de Gobierno Lic. JUAN FRANCO DONNINI
Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura Sra. CLAUDIA ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de la Secretaría General de la Gobernación Sr. LEONARDO DARIO ALVAREZ
Ministro de la Producción, Comercio e Industria Lic. MARCELA PAOLA VESSVESSIAN
Ministra de Desarrollo Social Odont. MARIA ROCIO GARCIA
Ministra de Salud y Ambiente Lic. MARIA CECILIA VELAZQUEZ
Presidente Consejo Provincial de Educación Dr. FERNANDO PABLO TANARRO
Fiscal de Estado nisterial de Tierras Rurales para su tratamiento;
Por ello y atento a los Dictámenes CAP-Nº 21/17, emitido por la Asesoría Letrada del Consejo Agrario Provincial, obrante a fojas 28/29 y SLyT-Nº 697/17, emitido por Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 50/51;
EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
A CARGO DEL DESPACHO
DEL PODER EJECUTIVO
D E C R E TA:
Artículo 1º.- PROPONESE, al Consejo Interministerial de Tierras Rurales como equivalentes a las superficies máximas establecidas en el Artículo 10 de la Ley Nº 26.737 a las siguientes: a las que están ubicadas en los Departamentos Deseado y Magallanes de 30.000 hectáreas; en los Departamentos Lago Buenos Aires, Río Chico y Lago Argentino 10.000 hectáreas y para los ubicados en los Departamentos Corpen Aike y Ger Aike 20.000 hectáreas.Artículo 2º.- Como condición simultánea y concurrente a la superficie máxima, los predios de cada ocupante o adquiriente extranjero alcanzados por dicha Ley, no podrán estar ubicados en forma total y/o parcialmente en zona de área provincial protegida, en áreas de reserva natural provincial, reserva provincial, reserva provincial intangible, en área de uso especial, en área de uso científico, en parques provinciales y/o monumentos naturales. El Consejo Agrario Provincial como autoridad competente será responsable de determinar si el predio se encuentra ubicado en algunas de las áreas citadas.Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Desarrollo Social a cargo del Despacho de Economía, Finanzas e Infraestructura.Artículo 4.- PASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, a sus efectos tomen conocimiento Consejo Agrario Provincial, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Dr. GONZALEZ Lic. Marcela Paola Vessvessian
Río Gallegos, 30 de Noviembre de 2017.-

decretos sintetizados DECRETO Nº 0987
RIO GALLEGOS, 06 de Noviembre de 2017.Expediente CPENº 665.896/16.RATIFICASE en todas sus partes la Resolución CPE-Nº 0281/17, emanada de la Presidencia del Consejo Provincial de Educación, mediante la cual se aprueba la contratación directa con la Cooperativa de Trabajo 18 de Julio Ltda. por el Servicio de Saneamiento Ambiental y Mantenimiento en General, brindado en los edificios donde funcionan los siguientes establecimientos educativos: Jardín de Infantes Nº 8, Escuela Primaria Provincial Nº 84, Escuela Primaria Provincial Nº 64, Escuela Primaria Provincial Nº 77 y Colegio Provincial de Educación Secundaria Nº 44, de la localidad de Las Heras, dependientes del Consejo Provincial de Educación.RECONOCESE Y APROPIASE al presente Ejercicio Financiero, la suma total de PESOS DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL $ 228.000,00, en virtud de tratarse de gastos ocasionados en ejercicio vencido.________
DECRETO Nº 0988
RIO GALLEGOS, 06 de Noviembre de 2017.Expediente GOBNº 114.272/17.ACEPTASE a partir del día 1º de diciembre de 2017, la renuncia presentada por la Doctora Cristina de los Ángeles LEMBEYE D.N.I. Nº 17.185.609 al cargo de Juez de la Cámara Criminal de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la localidad de Caleta Olivia, a los fines de acogerse a la Jubilación Ordinaria.________
DECRETO Nº 0989
RIO GALLEGOS, 06 de Noviembre de 2017.Expediente MGNº 505.981/17.DESIGNASE a partir del día 21 de septiembre del año 2017, en el cargo de Directora Técnico Contable de la Dirección General Inspección General de Personas Jurídicas dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Registrales a la señora Narella Araceli MARQUEZ D.N.I. Nº 35.567.889, en el marco del Artículo 5 de la Ley Nº 1831.________
DECRETO Nº 0990
RIO GALLEGOS, 06 de Noviembre de 2017.Expediente MSANº 969.958/17.DESIGNASE a partir del día 1º de noviembre del año 2017, en el cargo de Director Provincial de Recur-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 30/11/2017

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date30/11/2017

Page count16

Edition count1654

Première édition19/02/2002

Dernière édition21/03/2023

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