Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 6/9/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2016 - Año Bicentenario de la Declaración de la Independencia de la República Argentina Memoria, Verdad y Justicia.-

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

OFICIAL

FRANQUEO A PAGAR
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LXI Nº 5069

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves
Río Gallegos, 06 de Septiembre de 2016.-

Dra. ALICIA MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Dr. FERNANDO MIGUEL BASANTA
Ministro de Gobierno Lic. JUAN FRANCO DONNINI
Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura Sra. CLAUDIA ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de la Secretaría General de la Gobernación Sr. LEONARDO DARIO ALVAREZ
Ministro de la Producción, Comercio e Industria Lic. MARCELA PAOLA VESSVESSIAN
Ministra de Desarrollo Social Odont. MARIA ROCIO GARCIA
Ministra de Salud y Ambiente Prof. ROBERTO LUIS BORSELLI
Presidente Consejo Provincial de Educación Dra. ANGELINA MARIA ESTHER ABBONA
Fiscal de Estado
del Servicio Social - Zona Centro que informa la Comisaría Seccional Segunda de la localidad de Puerto San Julián que no obran en sus registros las certificaciones médicas correspondientes a la licencia médica establecidas en Memorándum Nº 14, 28, 30
Cria. Secc. 2da. PSJ/15;
Que a fojas 31 y 51 obra copias certificada de libro de guardia del que se desprende que mencionando numerario policial se reintegró a sus funciones en fecha 07/09/15 sin presentar certificados médicos que justifiquen las licencias Médicas usufructuadas durante el período comprendido del 21/08/2015 al 06/09/2015;
Que continuo prestando servicio hasta el día 09/09/2015 conforme constancias asentadas en el libro de Guardia del que corre copia inserta a fojas 31/51, volviendo a enunciar el día 10/09/2015 el inicio de licencia médica por atención personal fojas 48/51;
Que las pruebas acumuladas surgen que las conducta del sumariado no solo es negligente si no que también es reiterativa al no justificar sus licencias médicas encontrándose debidamente notificado con fecha 31/08/2015 que debía justificar las licencias médicas usufructuadas desde el 21/08/2015 al 28/08/2015 caso contrario se daría inicio a actuaciones administrativas de rigor, que también omitió cumplir con sus obligaciones manteniendo en silencio su intención respecto de reintegrarse a sus funciones;
Que a fojas 12, corre inserta carta Documento Nº 18.317.553 del día 22/09/2015, emitida por el Jefe de Dependencia intimando al Agente de Policía Matías Nicolás DIAZ, a fines de que regularice su situación laboral y se reintegre al servicio dentro de 24 horas, siendo recepcionada por el causante en misma fecha conforme acuse de recibo haciendo caso omiso a la orden impartida;
Que a fojas 06/10/18/19/20, obran testimonios e informes que den cuenta que el causante gozaba de buena salud durante el período en el que solicitaba licencias médicas, como así fue visto en locales comerciales de la zona y participando en forma activa en el equipo de fútbol del Club Atlético de San Julián los días 27/09/2015 y 18/10/2015;
Que a fojas 92 obra nota Nº 013- R-/2DA.
PSJ/16, en la cual se informa que el causante no se ha reintegrado a la fecha a su normal servicio de Guardia;
Que de la misma situación irregular en la que se encuentra el causante se procede a la respectiva retención de sus haberes a través de la Dirección General de Administración, en fecha 03/11/2015 de conformidad a la Disposición Nº 1470-D.1-R/15, obrante a fojas 106;
Que la conducta del Agente de Policía Matías Nicolás DIAZ, se encuadra en una FALTA GRAVE, estipulada en el Artículo 11º inciso 4 del RRDP, que da lugar a la medida expulsiva adoptada conforme a lo establecido en el Artículo 34º RRDP, en concordancia con el Artículo 62 inciso a de la Ley Nº 746;
Por ello y atento a los Dictámenes Nº 313/16, emitido por Asesoría Letrada del Ministerio de Gobierno, obrante a fojas 117 y a AE-SLyT Nº 33/16, emitido por Asesoría Ejecutiva, obrante a fojas 123/125 y a Nota SLyT-GOB-Nº 0626/16, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 126;

decretoS del poder ejecutivo DECRETO Nº 1221
RIO GALLEGOS, 23 de Junio de 2016.VISTO:
El Expediente SETySS-N 559.232/16 V Cuerpos, elevado por el Ministerio de Gobierno; y CONSIDERANDO:
Que desde el mes de diciembre del año 2015, la actividad de la construcción en la provincia de Santa Cruz se ve gravemente afectada por la paralización de la obra Pública Nacional motivada en un proceso de desinversión instrumentada por el Gobierno Nacional en la región patagónica;
Que esta paralización se ha profundizado durante los últimos meses ocasionando que cientos de trabajadores de esta actividad pierdan su fuente de trabajo;
Que en dicho marco se suscribió con fecha 10/06/2016
un Acta Acuerdo entre el titular de la Secretaría de Estado de Trabajo y Seguridad Social, señor Teodoro Segundo CAMINO, en representación del Ministerio de Gobierno de la Provincia y el señor Rubén Eduardo MOLINA, en representación de la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina Seccional Santa Cruz, mediante el cual se acuerda el otorgamiento de un Aporte no Reintegrable, por la suma de PESOS
CUATRO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA
Y CINCO MIL $ 4.395.000,00, con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión, a favor de trabajadores desocupados de la construcción de la U.O.C.R.A. de distintas localidades de la Provincia, conforme listado que como Anexo forma parte integrante del presente, a razón de PESOS CINCO MIL
$ 5.000,00 para cada uno;
Que el cumplimiento del presente trámite se encuadra en las prescripciones de los Decretos Nros. 1204/15, 1685/15 y las excepciones establecidas en el Artículo 11 del Decreto 157/15;
Por ello y atento a los Dictámenes Nº 402/16, emitido por Asesoría Letrada del Ministerio de Gobierno, obrante a fojas 904 y SLyT-GOB-Nº 661/16, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 932/933;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- RATIFÍCASE, el Acta Acuerdo suscripta con fecha 10/06/2016 entre el Secretario de Trabajo y Seguridad Social, señor Teodoro Segundo CAMINO, en representación del Ministerio de Gobierno de la Provincia y el señor Rubén Eduardo MOLINA, en representación de la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina Seccional Santa Cruz, el cual forma parte integrante del presente.Artículo 2º.- OTÓRGASE, un Aporte no Reintegrable, por la suma de PESOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL $ 4.395.000,00, con cargo de rendir cuenta documentada de su inversión, a fin de asistir a los trabajadores desocupados de la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina de distintas delegaciones de la Provincia de Santa Cruz, conforme listado que como Anexo forma parte integrante del presente, a razón de PESOS CINCO MIL $ 5.000,00

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 5069 DE 18 PAGINAS

para cada trabajador, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 3.- AFÉCTASE, el presente gasto al ANEXO: Ministerio de Gobierno - ÍTEM: Ministerio CARACTER: Administración Central - FINALIDAD:
Servicios Sociales - FUNCIÓN: Promoción y Asistencia Social - SUBFUNCIÓN: Promoción y Asistencia Social sin Discriminar - SECCIÓN: Erogaciones Corrientes SECTOR: Transferencias - PARTIDA PRINCIPAL:
Transferencias - PARTIDA PARCIAL: - Transferencias al Sector Privado Para Financiar Gastos Corrientes PARTIDA SUBPARCIAL: Ayudas Sociales a Personas - Ejercicio 2016.Artículo 4.- ABÓNASE, por Tesorería General de la Provincia previa intervención de Contaduría General de la Provincia, a la Dirección Provincial de Administración Despacho y Control de Gestión, la suma total citada en el Artículo 1 del presente, a favor de trabajadores desocupados de la construcción de la U.O.C.R.A. de distintas Delegaciones de la Provincia de Santa Cruz, conforme listado que como Anexo forma parte integrante del presente.Artículo 5.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.Artículo 6.- PASE al Ministerio de Gobierno Dirección Provincial de Administración, a sus efectos tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Dr. Fernando Miguel Basanta ________
DECRETO Nº 1223
RIO GALLEGOS, 23 de Junio de 2016.VISTO:
El Expediente JP R-Nº 13.699/15; elevado por el Ministerio de Gobierno; y CONSIDERANDO:
Que mediante el presente actuado tramita la Cesantía del Agente de Policía Matías Nicolás DIAZ, mediante Disposición Nº 296-D.1 R/16, emanada del Sr. JEFE
DE POLICÍA DE LA PROVINCIA;
Que dicha medida expulsiva surge como conclusión de la investigación sumarial realizada a raíz de la Nota Nº 344-C DSSZC/15 remitida por el Jefe de División
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- DECLARASE CESANTE, a partir del día 1º de noviembre del año 2015, al Agente de Policía, Matías Nicolás DIAZ, Clase 1994 D.N.I. Nº

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 6/9/2016

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date06/09/2016

Page count18

Edition count1654

Première édition19/02/2002

Dernière édition21/03/2023

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