Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 12/5/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2016 - Año Bicentenario de la Declaración de la Independencia de la República Argentina Memoria, Verdad y Justicia.-

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

FRANQUEO A PAGAR

OFICIAL
DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
EDUARDO ENRIQUE MENGARELLI
Director General
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LXI Nº 5035

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves
Río Gallegos, 12 de Mayo de 2016.-

Dra. ALICIA MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Sr. FERNANDO MIGUEL BASANTA
Ministro de Gobierno Lic. JUAN FRANCO DONNINI
Ministro de Economía y Obras Públicas Sra. CLAUDIA ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de la Secretaría General de la Gobernación Sr. LEONARDO DARIO ALVAREZ
Ministro de la Producción Lic. MARCELA PAOLA VESSVESSIAN
Ministra de Desarrollo Social Odont. MARIA ROCIO GARCIA
Ministra de Salud Prof. ROBERTO LUIS BORSELLI
Presidente Consejo Provincial de Educación Dra. ANGELINA MARIA ESTHER ABBONA
Fiscal de Estado
del Chaco.
BLas partes facilitarán el intercambio de conocimientos tendientes al desarrollo tecnológico referido en el inciso anterior, tales como: cursos de capacitación, implementación de proyectos de tecnología informática y de innovación tecnológica, el soporte y/o definición de estándares tecnológicos, mejores prácticas, realización de desarrollos informáticos y cualquier otro recurso que resulte necesario para el cumplimiento del Objetivo General del presente acuerdo.
C Las partes desarrollarán mecanismos para facilitar a la ciudadanía la utilización de las nuevas tecnologías en el ámbito tributario, fortaleciendo el cumplimiento de las obligaciones tributarias y el aumento de la percepción de riesgo por parte de los contribuyentes.

decretos DEL
PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 0365
RIO GALLEGOS, 07 de Marzo de 2016.VISTO:
El Expediente GOB-Nº 113.923/16; y CONSIDERANDO :
Que por el actuado de referencia se tramita la ratificación en todas sus partes del Acuerdo suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Chaco, representado por su Gobernador, el Ingeniero Oscar Domingo PEPPO, por una parte y, por la otra, el Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, representado por la señora Gobernadora Doctora Alicia KIRCHNER, teniendo como objeto el desarrollo de un plan de trabajo conjunto, para la promoción de acciones de asistencia técnica y complementación entre las partes;
Que en dicho Acuerdo se ejecutarán acciones para el desarrollo de software y tecnologías referidas a la gestión tributaria, por intermedio de la Administración Tributaria de Chaco A.T.P. y la empresa ECOM
CHACO S.A.;
Que asimismo en el Acuerdo de mención la Provincia de Chaco A.T.P y la empresa ECOM CHACO S.A. se comprometen a brindar asistencia técnica a la Secretaría de Ingresos Públicos de la Provincia de Santa Cruz para el desarrollo de software y tecnologías referidas a un sistema informático integral con similar características a las usadas por la A.T.P. del Chaco;
Que a su vez ambas partes facilitarán el intercambio de conocimientos tendientes al desarrollo tecnológico referido en el párrafo anterior, a través de diversos recursos que propicien el cumplimiento del objetivo general ya señalado, como así también ambas partes desarrollarán mecanismos a los fines de facilitar a la ciudadanía la utilización de nuevas tecnologías en el ámbito tributario fortaleciendo el cumplimiento de las obligaciones tributarias y aumento de percepción de riesgo por parte de los contribuyentes;
Que para la ejecución de las actividades contempladas en el Acuerdo, en las que resulte necesario determinar las tareas a realizar, sus alcances, plazos de ejecución y prestaciones recíprocas, las partes se comprometen a celebrar Convenios Específicos y/o Actas Complementarias correspondientes;
Que en mérito a ello, resulta procedente el dictado del presente;
Por ello y atento al Dictamen SLyT-GOB-Nº 180/16, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 7;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- RATIFICASE, en todas sus partes el Acuerdo suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Chaco, representado por S.E. el señor Gobernador, Ingeniero Oscar Domingo PEPPO, por una parte y, por la otra el Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, representado por S.E. la señora Gobernadora Doctora Alicia KIRCHNER, para el desarrollo de un plan de trabajo conjunto, promoción de asistencia técnica y complementación entre las partes, ejecutándose acciones para el desarrollo de software y tecnologías referidas a la gestión tributaria por intermedio de la Administración Tributaria del Chaco A.T.P. y la empresa ECOM CHACO S.A.-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 5035 DE 12 PAGINAS

Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento Secretaría General de la Gobernación.Artículo 3º.- PASE a la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación quien realizará las comunicaciones de práctica a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Dra. KIRCHNER - Sra. Claudia Alejandra Martínez ACUERDO MARCO DE ASISTENCIA Y
COMPLEMENTACION
TECNOLOGICA ENTRE LA PROVINCIA DE
CHACO Y LA PROVINCIA DE
SANTA CRUZ
Entre el gobierno de la PROVINCIA DE CHACO, representado por el Sr. Gobernador Ing. OSCAR DOMINGO PEPPO, con domicilio en Marcelo T. de Alvear N 145, de la ciudad Resistencia, por una parte, y el gobierno de la PROVINCIA DE SANTA CRUZ, representado por la Sra. Gobernadora, Dra. ALICIA
KIRCHNER, con domicilio en Alcorta N 231, de la ciudad de Río Gallegos, por la otra parte, convienen en celebrar el presente acuerdo, con arreglo a las cláusulas que se enuncian seguidamente:
PRIMERA: OBJETIVO GENERAL.
El presente acuerdo tiene como objeto el desarrollo de un plan de trabajo conjunto, para la promoción de acciones de asistencia técnica y complementación entre las partes. En dicho marco, se ejecutarán acciones para el desarrollo de software y tecnologías referidas a la gestión tributaria, por intermedio de la Administración Tributaria del Chaco A.T.P. y la empresa ECOM
CHACO S.A.
SEGUNDA: OBJETIVOS PARTICULARES.
Las partes convienen en la implementación de las siguientes acciones:
A La Administración Tributaria de la PROVINCIA DEL CHACO A.T.P. y la empresa ECOM CHACO S.A., brindarán asistencia técnica a la Secretaría de Ingresos Públicos de la PROVINCIA
DE SANTA CRUZ, para el desarrollo de software y tecnología referidas a un sistema informático integral, con similares características a las utilizadas por la A.T.P.

TERCERA: CONFIDENCIALIDAD.
Las partes guardarán absoluta confidencialidad respecto de toda información de la que tomaren conocimiento por causa o en ocasión de la ejecución del presente Acuerdo, obligación que perdurará aún en caso de rescisión del mismo, cualquiera sea su razón.
La divulgación de dicha información hará incurrir a los funcionarios y/o responsables en la pena prevista por el Artículo 157 del Código Penal.
La citada información sólo podrá ser proveída a los funcionarios públicos que las partes designen a tal efecto; en caso de resultar éstos reemplazados o sustituidos, tal circunstancia deberá ser comunicada fehacientemente a la otra parte con una razonable antelación.
La PROVINCIA DE SANTA CRUZ, se obliga a no efectuar transferencia alguna, cesión o préstamo del software, tecnología o información que resulte objeto de entrega gratuita en virtud del presente Acuerdo y sus Convenios Específicos y/o Actas Complementarias fuera del ámbito de la Administración centralizada y descentralizada de la Provincia, Municipalidades y Comisiones de Fomento.
CUARTA: EJECUCION.
Para la ejecución de las actividades contempladas en el presente Acuerdo, en las que resulte necesario determinar las tareas a realizar, sus alcances y plazo de ejecución, prestaciones recíprocas, presupuesto u otras características que se consideren necesarias, las partes podrán celebrar Convenios Específicos y/o Actas Complementarias.
QUINTA: PLAZO.
El presente Convenio se celebra por el plazo de DOS 2 años, y podrá prorrogarse, ampliarse o complementarse de común acuerdo por otro período de igual plazo y con las mismas condiciones. Asimismo, podrá ser rescindido con una antelación de treinta 30
días, contados a partir de la comunicación a la otra parte.
SEXTA: NOTIFICACIONES.
A todos los efectos legales las partes fijan domicilio especiales en los aquí denunciados, donde serán válidas las notificaciones, comunicaciones o interpelaciones que tuvieran lugar. Todo cambio o modificación deberá ser comunicado fehacientemente con una antelación no menor a treinta 30 días a efectos de su eficacia.
En prueba de conformidad se firman dos 2 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Buenos Aires a los del mes de febrero del año 2016.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 12/5/2016

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date12/05/2016

Page count12

Edition count1654

Première édition19/02/2002

Dernière édition21/03/2023

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