Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/05/2020 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

408/2020, decreto provincial N 280/2020, art. 3 de la ley 10.690, Resolución del Ministerio de Salud 311/2020 y su modificatorias y concordantes, art. 180 y 186 inc. 7 de la Constitución Provincial. Que el municipio cuenta con el poder de policía de contralor de la debida aplicación de dichos protocolos dentro del ejido local.
Por ello EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MINA CLAVERO
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, DECRETA:
Art. 1: ADHERIR a los Protocolos remitidos por el Centro de Operaciones de Emergencia C.O.E. dependiente del Ministerio de Salud Provincial de La Provincia de Córdoba, que como Anexo I, II, III y IV forman parte integrante del presente decreto, y en consecuencia PERMITIR en el radio municipal las actividades indicadas por el Gobierno Provincial a través del citado organismo.

MUNICIPALIDAD DE

AÑO CVI - TOMO DCLXV - Nº 110
CORDOBA, R.A. MARTES 12 DE MAYO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Art. 2: PERMITIR la libre circulación de personas residentes en la localidad y vecinos del Departamento San Alberto y del Departamento San Javier a los efectos del cumplimiento de las actividades habilitadas por los protocolos adheridos en el artículo primero, en los horarios y con las previsiones de bioseguridad establecidos en los mismos.
Art. 3: REMITASE el presente decreto al Concejo Deliberante para su ratificación.
Art.4: COMUNIQUESE, hágase saber, dése copia, publíquese y archívese.FDO: CLAUDIO MARCELO MANZANELLI, INTENDENTE MUNICIPAL DE
MINA CLAVERO.
1 día - Nº 257718 - s/c - 12/05/2020 - BOE

SAN JOSÉ

ORDENANZA Nº 641/2020
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE SAN JOSE, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 641/2020
Art. 1.- CREASE el Comité de Actuación municipal mientras dure la vigencia de la pandemia decretada por la Organización Mundial de la Salud respecto al Covid 19, el que tendrá su funcionamiento en el ámbito de la localidad de San José.
Art. 2.- LA tarea principal del Comité de Actuación será la de velar por la creación, adecuación y cumplimiento del conjunto de previsiones y medidas de carácter general y particular tendientes a prevenir, evitar, reducir y reparar los efectos de la pandemia existente, trabajando a tales efectos en forma conjunta con el Centro de Operaciones de Emergencias regional COE, dependiente del Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba, a los fines de la coordinación de acciones.

localidades vecinas en aras a desarrollar una política regional de manejo de la pandemia;
c Aprobar y adherir a los protocolos de actuación que recomiende el Centro de Operaciones de Emergencias Regional COE y los que se dicten durante la vigencia de la pandemia;
d Solicitar al Departamento Ejecutivo municipal la declaración en Estado de Emergencia de una parte o todo el territorio de la localidad de San José;
e Coordinar junto a los establecimientos educativos de la localidad de San José, programas de difusión de medidas de prevención de la pandemia;
f Fijar Zonas de Riesgo según la naturaleza del peligro potencial y la probable dispersión geográfica del mismo, confeccionando el Mapa de Riesgo;
g Establecer planes de contingencia y programas de defensa civil;

Art. 3º.- EL Comité de Actuación estará integrado por el titular del Departamento Ejecutivo municipal o el representante que designe, un miembro del equipo de salud municipal, un miembro del equipo municipal de asistencia social, el asesor legal del municipio y/o del Concejo Deliberante , tres representantes del Concejo Deliberante, un representante del destacamento policial de la localidad, el Juez de Paz actuante en la localidad y representantes de la sociedad civil vinculados o no a entidades de bien público y relativas al interés general.
Art. 4º.- SON funciones principales del Comité de Actuación, las siguientes, a saber:
a Establecer las políticas generales que la situación amerita en el ámbito de la localidad de San José;
b Establecer convenios con el Centro de Operaciones de Emergencias Regional COE, el Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba y las BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

h Centralizar y dirigir las tareas de distribución de los medios de ayuda a los más necesitados, damnificados y grupos vulnerables por la pandemia;
i Orientar a la ciudadanía en general sobre aspectos de la pandemia, tales como prevención, contagio, medidas de seguridad y semejantes, capacitando y difundiendo a través de los medios de comunicación masiva, las medidas necesarias para asegurar la autoprotección y la conciencia de solidaridad en momentos como los actuales;
j Adoptar toda otra medida que resulte necesaria para asegurar la protección de la población y de los bienes públicos y privados.
La enumeración precedente no es taxativa y no implica la negación de otras funciones atinentes al control de la pandemia existente y/o que fueran necesarias para el cumplimiento de las previsiones del Artículo 2 de la presente resolución.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/05/2020 - 5º Sección

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PaysArgentine

Date12/05/2020

Page count4

Edition count1426

Première édition31/07/2018

Dernière édition13/05/2024

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