Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/12/2023 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCCVIII - Nº 236
CORDOBA, R.A. JUEVES 14 DE DICIEMBRE DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

e inflacionaria actual-, regular con un contenido social, resolviendo con equilibrio y ecuanimidad para ese universo de usuarios de agua potable, que deben afrontar al aumento generalizado de tarifas de todos los servicios e impuestos, con recursos cada vez más limitados o inexistentes.
Por tal motivo, más allá de las razones técnicas y de costos consideradas en los informes pertinentes y sin perjuicio de ellos, la decisión de esta Vocalía es mantener con coherencia mi voto negativo a los aumentos, priorizando el contexto crítico planteado y del cual no puede permanecer indiferente, habida cuenta que, continuar autorizando las tarifas de los servicios públicos provinciales, sólo retroalimenta la espiral inflacionaria, naturalizándola Habrá que afinar con inteligencia las estrategias para que la gestión, calidad de servicio y facturación de la prestadora sean coherentes con una realidad más que dura y marque con responsabilidad una proyección posible y viable.
Por todo lo expuesto, mi voto es negativo.
Así voto.
Voto del Vocal Facundo C. Cortes Viene a consideración del suscripto las presentes actuaciones vinculadas con la presentación promovida por la prestadora del Servicio de Agua Potable y Saneamiento Cooperativa de Obras y Servicios Públicos y Sociales de Los Surgentes Limitada, por la cual solicita incrementar en un 178,34% para el servicio de agua y de un 126,97% para el servicio de cloacas la tarifa, aduciendo un incremento en los costos del servicio. Que coincido con la necesidad de actualizar la tarifa, sin perjuicio de lo cual entiendo prudente atento a las circunstancias de la crisis social y económica, que dicho porcentaje debe escalonarse en dos 2 etapas y no en una 1 tal como se propone.
Así, el aumento debe aplicarse sobre los valores tarifarios vigentes de la siguiente forma:
a Para cargos fijos y variables: aplicar el 20,84% para el servicio de Agua y 18,22% para el servicio de saneamiento a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial y a partir del 01/02/2024 aplicar segundo tramo del 20,83% para el servicio de Agua y 18,22% para el servicio de saneamiento; b Para los cargos especiales de los puntos E.1- E.3- E.4: aplicar un 17,13% a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial y un 17,12% a partir 01/02/2024; c Para los cargos especiales del punto E.2:
aplicar un 13,48% a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial
y un 13,47% a partir 01/02/2024.
Así voto.
Que por lo expuesto, normas citadas, las disposiciones emanadas de los arts. 21 y siguientes de la Ley N 8835 Carta del Ciudadano, y lo dictaminado por el Servicio Jurídico de la Gerencia de Agua y Saneamiento bajo el N 778/2023, el Honorable Directorio del ENTE REGULADOR DE
LOS SERVICIOS PÚBLICOS ERSeP: por mayoría voto del Presidente, Mario A. Blanco, y de los Vocales José Luis Scarlatto y Luis A. Sánchez:
RESUELVE:
Artículo 1º: APRUÉBASE un incremento del 41,67% para el servicio de Agua y 36,44% para el servicio de saneamiento, sobre los cargos fijos y variables, un incremento del 34,25% para los Cargos Especiales de los puntos E.1 - E.3- E.4 y un 26,95% para los Cargos Especiales del punto E.2, correspondiente a la prestadora del Servicio de Agua Potable y Saneamiento Cooperativa de Obras y Servicios Públicos y Sociales de Los Surgentes Limitada, a aplicarse a partir de la fecha de su publicación, en los términos propuestos en el Informe Técnico Conjunto N 377/2023 y N
226/2023 de la Sección Técnica de la Gerencia de Agua y Saneamiento y del Área de Costos y Tarifas, resultando de aplicación el cuadro tarifario que se agrega como Anexo I. Artículo 2: ORDENASE a la Cooperativa adecuar la liquidación mensual conforme a los cargos fijos y variables estipulados en la Resolución General N 14/2016, en referencia a si el servicio es medido o no medido. Artículo 3: PÓNGASE EN CONOCIMIENTO del Poder Concedente con copia.

Artículo 4: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, y dese copias.-

FDO.: MARIO AGENOR BLANCO, PRESIDENTE - JOSÉ LUIS SCARLATTO, VICEPRESIDENTE - LUIS ANTONIO SANCHEZ, VOCAL - FACUNDO CARLOS CORTES, VOCAL - DANIEL ALEJANDRO JUEZ, VOCAL
ANEXO

Resolución General N 145
Córdoba, 06 de Diciembre de 2023 .Y VISTO: El Expediente Nº 0521-073984/2023 Trámite Nº 1845827 111 73
623 C.I. Nº 10679/2023 en el que obra la presentación de la COOPERATIVA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS DE BRINKMANN LIMITADA, mediante la cual solicita al Ente Regulador de los Servicios Públicos ERSeP, la incorporación en su Cuadro Tarifario, de la Tarifa de Peaje para el Servicio de Prestación Adicional de la Función Técnica de Transporte PAFTT, mediante la inclusión de la Tarifa Nº 9 - Servicio de Peaje y adicionalmente los cargos y/o fondos que pudieren corresponder, en el marco de las previsiones del artículo 9º de la Resolución General ERSeP Nº 89/2018.
Y CONSIDERANDO:
I. Que la Ley Provincial Nº 8835 Carta del Ciudadano, en su artículo 25
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inc. h, enumera como competencia del ERSeP, Aprobar las modificaciones, revisiones y ajustes de los cuadros tarifarios y precios de los servicios a cargo de los prestadores, de acuerdo con los términos de los títulos habilitantes.
II. Que por su parte, el artículo 20 de la Ley Provincial Nº 8835, según modificación introducida por la Ley Provincial Nº 9318, dispone que la autoridad regulatoria deberá convocar a Audiencia Pública, cuando el informe o tratamiento se relacione con la modificación de los cuadros tarifarios de los servicios públicos, en forma previa a su implementación..
Que la convocatoria a Audiencia Pública, en forma previa al dictado de un acto administrativo de carácter general, se hace necesaria a los fines de asegurar la transparencia y la eficiencia en la toma de una decisión respectiva.
Que mediante Resolución General ERSeP Nº 40/2016, se puso en vigencia el Reglamento General de Audiencias Públicas, y que el mismo prescribe el dictado, por parte del Ente Regulador, de una resolución por la cual
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/12/2023 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date14/12/2023

Page count26

Edition count4149

Première édition01/02/2006

Dernière édition28/05/2024

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