Mariano Alberto Fontela - CUIT 20-18541486-9

Datos Básicos y de Identificación

Apellido y NombreFONTELA MARIANO ALBERTO
Posible DNI18.541.486
CUIT/CUIL20-18541486-9
Edad Estimada57 años
HomónimosEn el Padrón de AFIP no se han identificado otras personas con mismo nombre/s y apellido.
Personas con el mismo apellido1.258 personas en Argentina tienen el apellido Fontela

Informacion de AFIP

Actividad u OcupaciónServicios de enseñanza n.c.p. (incluye instrucción impartida mediante programas de radio, televisión, correspondencia y otros medios de comunicación, escuelas de manejo, actividades de enseñanza a domicilio y/o particulares, etc.)
GananciasNo Inscripto
IVANo Inscripto
MonotributoE
Integra SociedadesNo
EmpleadorNo

Información de Boletines Oficiales Nacional y Provinciales

Boletín Oficial de la República Argentina del 22/05/2021 - Primera Sección - Página 39

los Agentes Generadores del MERCADO ELÉCRICO MAYORISTA (MEM) y del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA DEL SISTEMA TIERRA DEL FUEGO (MEMSTDF). ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Norman Darío Martínez NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial. gob.are. 21/05/2021 N° 34641/21 v. 21/05/2021 #F6332592F# #I6331743I# MINISTERIO DE SALUD Resolución 1482/2021 RESOL-2021-1482-APN-MS Ciudad de Buenos Aires, 19/05/2021 VISTO el Expediente N° EX-2021-17240157-APN-DD#MS, y CONSIDERANDO: Que por las citadas actuaciones tramita la renuncia presentada por el Lic. Mariano Alberto FONTELA (D.N.I. N° 18.541.486), al cargo de... Leer más

Boletín Oficial de la República Argentina del 22/05/2021 - Primera Sección - Página 40

Boletín Oficial Nº 34.661 - Primera Sección 40 Viernes 21 de mayo de 2021 Que se ha acreditado la inexistencia de sumarios administrativos respecto del causante que pudieran motivar la aplicación de sanciones disciplinarias. Que tampoco registra saldos pendientes de rendición ni bienes patrimoniales a su cargo. Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 1°, inciso c) del Decreto N° 101/85 y sus modificatorios. Por ello, LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE: ARTÍCULO 1°. - Dáse por aceptada a partir del 19 de marzo de 2021, la renuncia presentada por el Lic. Mariano Alberto FONTELA (D.N.I. N°  18.541.486), al... Leer más

Boletín Oficial de la República Argentina del 21/05/2021 - Primera Sección - Página 40

Boletín Oficial Nº 34.661 - Primera Sección 40 Viernes 21 de mayo de 2021 Que se ha acreditado la inexistencia de sumarios administrativos respecto del causante que pudieran motivar la aplicación de sanciones disciplinarias. Que tampoco registra saldos pendientes de rendición ni bienes patrimoniales a su cargo. Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 1°, inciso c) del Decreto N° 101/85 y sus modificatorios. Por ello, LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE: ARTÍCULO 1°. - Dáse por aceptada a partir del 19 de marzo de 2021, la renuncia presentada por el Lic. Mariano Alberto FONTELA (D.N.I. N°  18.541.486), al cargo de Subsecretario de Integración de los Sistemas unidad dependiente de la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD del MINISTERIO DE SALUD, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente. ARTÍCULO 2°. - Agradécense al funcionario renunciante los valiosos servicios prestados en el desempeño de su cargo. ARTÍCULO 3°. - Comuníquese y notifíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Carla Vizzotti e. 21/05/2021 N° 34545/21 v. 21/05/2021 #F6331743F# #I6332681I# MINISTERIO DE SEGURIDAD Resolución 216/2021 RESOL-2021-216-APN-MSG Ciudad de Buenos Aires, 19/05/2021 VISTO el Expediente N° EX-2018-66948954-APN-DC#PSA, la Ley Nº 22.520 (t.o. Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992), la Ley Nº 27.431, el Decreto N° 895 del 9 de octubre de 2018, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto tramita la donación, de DOS (2) canes de raza LABRADOR, a fin de que sean destinados a la dotación de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA. Que los ejemplares caninos presentan buen estado general a la revisión, parámetros vitales normales y actitud alerta, contando con los correspondientes certificados de vacunación y desparasitación al día. Que por su parte, el artículo 76 de la Ley N° 27.431 establece: “Cada uno de los Poderes del Estado y el Ministerio Público tendrá a su cargo la administración de los bienes muebles y semovientes, asignados a cada una de sus Jurisdicciones y Entidades, quedando facultados para dictar el correspondiente marco normativo”. Que en ese contexto, el Decreto N° 895/18 aprobó la reglamentación del artículo 76 de la Ley N° 27.431 relativa a la administración y disposición de los bienes muebles y semovientes, cuyos artículos 7° y 8° de su Anexo (IF-2018-50470022-APN-AABE#JGM) establecen, respectivamente en sus partes pertinentes: “Las donaciones o legados de bienes muebles o semovientes, con o sin cargo, serán aceptadas por los titulares de las jurisdicciones o entidades que fueren designadas por el destinatario de la donación” y que “Será responsabilidad de los titulares de las Áreas de Administración de las respectivas Jurisdicciones y Entidades, disponer las ‘Altas’ y ‘Bajas’ de los bienes muebles y semovientes correspondientes a su jurisdicción”. Que la Ley N° 26.102 sentó las bases jurídicas, orgánicas y funcionales del Sistema de Seguridad Aeroportuaria, instituyendo a la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA como autoridad superior responsable de la seguridad aeroportuaria del Sistema Nacional de Aeropuertos. Que de acuerdo a lo prescripto por la Ley N°  22.520, en su artículo 22 bis, inciso 5), le corresponde a este MINISTERIO DE SEGURIDAD: “Entender en la organización, doctrina, despliegue, equipamiento y esfuerzos operativos de las Fuerzas de Seguridad y de las Fuerzas Policiales”. Que las áreas competentes de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA se han expedido favorablemente, considerando de utilidad Institucional la aceptación de los semovientes en cuestión. ... Leer más

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