Textil Purpura S.a. - CUIT 30-71114936-4

Datos Básicos y de Identificación

Razón SocialTEXTIL PURPURA S.A.
CUIT30-71114936-4

Informacion de AFIP

Actividad u OcupaciónVenta al por mayor de tejidos (telas)
GananciasActivo
IVAActivo
MonotributoNo Inscripto
Integra SociedadesNo
EmpleadorSi

Información de Boletines Oficiales Nacional y Provinciales

Boletín Oficial de la República Argentina del 21/03/2024 - Segunda Sección - Página 69

°: 935 C.P.A.C.F. e. 21/03/2024 N° 15130/24 v. 21/03/2024 #F7087902F# #I7087940I# STONEX PAGOS S.A.U. CUIT 30715898086. Por asamblea y directorio del 14.2.2024 se designó presidente a Fabio Damián Nadel, vicepresidente a Adriana Antonia Luzzetti, director titular a María Alejandra Parra y director suplente a Enrique María Algorta, todos con domicilio especial en Sarmiento 459 piso 10 CABA Autorizado según instrumento privado asamblea de fecha 14/02/2024 Mariana Mabel Lantaño - T°: 89 F°: 96 C.P.A.C.F. e. 21/03/2024 N° 15168/24 v. 21/03/2024 #F7087940F# #I7087969I# TEXTIL PURPURA S.A. CUIT 30-71114936-4. Acta Asamblea 12/9/2022. Se distribuyen los cargos: Presidente: Moshe AVIGZER, Director Suplente: Ruth Elena Florinda COHEN. Aceptan... Leer más

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 2/3/2023 - Página 356

AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DISPONE Artículo 1°.- Categorízase la actividad “Fabricación de prendas de vestir, excepto prendas de piel y cuero (500.926)”, a desarrollarse en la Avenida Gaona 3.259/63/69, Subsuelo, Planta Baja, 1° y 2° Piso, de esta Ciudad, con una superficie de 2692,38 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 015; Sección: 067; Manzana: 062; Parcela:025, Área según CUR 4, como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto. Artículo 2°.- Otórgase el Certificado de Aptitud Ambiental a nombre Textil Púrpura S.A. titular de la actividad indicada en el artículo 1°. BO-2023-6572-GCABA-DGCLCON Página 356 de 628 ... Leer más

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 2/3/2023 - Página 357

antecede no exime al titular de la actividad al cumplimiento de toda norma que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 5°.- Establécese que el incumplimiento de las condiciones fijadas en el artículo 3° y la comprobación de cualquier falsedad en la documentación y demás presentaciones exigidas, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la Ley N° 123. Artículo 6°.- Cúmplase con la Ley Tarifaria previo al retiro de la presente disposición. Artículo 7°.- Publíquese en el BOCBA. Notifíquese y entréguese copia de la presente disposición y del Certificado de Aptitud Ambiental correspondiente a Textil Púrpura S.A., dejándose debida constancia de ello en la actuación. Comuníquese a la Dirección General de Habilitaciones... Leer más

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