Puerto 8 - CUIT 30-71666047-4

Datos Básicos y de Identificación

Razón SocialPUERTO 8
CUIT30-71666047-4

Informacion de AFIP

Actividad u OcupaciónServicios de consorcios de edificios

Información de Boletines Oficiales Nacional y Provinciales

Boletín Oficial de la República Argentina del 24/04/2017 - Primera Sección - Página 51

16001MANI148675J CHNGOQ30201611003 BULTOS 176 Q.D.C.SPEAKER WITH SLOT CMA CGM CONGO 23/12/2016 16001MANI149810B CHSHAHLSE16110207 BULTOS TENO 29/12/2016 16001MANI150519W IIOOVCOSU6800675902 BULTOS 995 Q.D.C. FOOTWEAR CEZANNE 19/12/2016 16001MANI150367A SPAGSMDN/BUE/000160 PALETA 168 S.T.C. CERAMIC GLAZED FLO CEZANNE 19/12/2016 16001MANI150381T SPAGSMND/BUE/000159 PALETA 84 S.T.C. CERAMIC GLAZED FLO MONTE ACONCAGUA 25/12/2016 16001MANI147099X USJSVSUDU26JAXIA102CX BULTOS 931 Q.D.C. EDIBLE PREPARATION CMA CGM CONGO 23/12/2016 16001MANI149605D CHNGO545SZT1611001B BULTOS 242 Q.D.C. TEXTIL FABRIC 33 PAPEL .- NCM 48025610 2 SOLUCAO D ADITIVO ANTIESP DEFIBE S.A. 259 USED HOUSEHOLD GOODS & PE DEFISA PUERTO 8 QDC CAR CAMERA 410 envelope 1 QDC AZITHROMYCIN DEPOSITO FISCAL DEPOSITO MOREIRO HNO ... Leer más

Boletín Oficial de la República Argentina del 03/10/2016 - Primera Sección - Página 29

Higiene Laboral, los requisitos mínimos del servicio público y la protección del usuario y del consumidor frente a posibles violaciones a los principios de la sana competencia. 4. Tramitar las actuaciones correspondientes a las sanciones previstas por violación de disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan la actividad portuaria. 5. Promover mejoras al régimen de penalidades vigente. 6. Coordinar acciones con organismos públicos y entes privados en materia de fiscalización. 7. Asegurar la mayor eficiencia y calidad en las prestaciones de los servicios portuarios, el control de las tarifas y el movimiento comercial e industrial de cada puerto. 8. Supervisar la informatización de datos relacionados con la operatoria portuaria... Leer más

Boletín Oficial de la República Argentina del 13/12/2011 - Primera Sección - Página 48

normativa de esta última Parte, si reside en su territorio; la empresa o persona que pague la retribución será considerada como empleador para la aplicación de dicha normativa. 7. Los trabajadores empleados en trabajos de carga, descarga, reparación de buques y servicios de vigilancia en el puerto, estarán sometidos a las normas de la Parte a cuyo territorio pertenezca el puerto. 8. Los miembros de las Misiones Diplomáticas y de las Oficinas Consulares se regirán por lo establecido en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas del 18 de abril de 1961 y en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares del 24 de abril de 1963, sin perjuicio de lo dispuesto en los siguientes apartados del presente artículo. 9. El personal... Leer más

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