Periódico Oficial de Morelos del 17/7/2020

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Fuente: Periódico Oficial de Morelos

Página 16

PERIÓDICO OFICIAL

Artículo 25. A las sesiones del Comité, previo aviso al presidente, se podrá invitar a otros servidores públicos cuya participación considere necesaria, quienes únicamente contarán con derecho a voz.
CAPÍTULO VI
DE LA CAPACITACIÓN Y LA DIFUSIÓN
Artículo 26. A través del Instituto de Procuración de Justicia del Estado de Morelos, en la Fiscalía General se implementarán cursos de capacitación a todos los servidores públicos, sobre las medidas señaladas por las autoridades sanitarias federales y estatales, así como las previstas en este Acuerdo y los Acuerdos 03/2020 y 06/2020; pudiendo hacer uso intensivo de las tecnologías de la información y comunicación.
Los cursos que se implementen podrán contemplar programas al uso de tecnologías para el teletrabajo, para lo cual deberán elaborar herramientas y guías prácticas que permitan el aprovechamiento del teletrabajo.
Artículo 27. En caso de que el Instituto de Procuración de Justicia del Estado de Morelos deba efectuar capacitaciones, estas podrán realizarse de manera presencial siempre y cuando sea con un número reducido de asistentes, y que durante la misma se mantenga la sana distancia, el uso de cubrebocas y gel antibacterial, además de la toma de temperatura previo a su ingreso.
Artículo 28. Las medidas contenidas en el presente Acuerdo deberán ser difundidas permanentemente en la página oficial y las redes sociales de la Fiscalía General en el tiempo que dure la contingencia causada por COVID-19, pudiendo hacer uso del material emitido por las autoridades sanitarias conforme los Lineamientos Técnicos.
CAPÍTULO VII
DE LAS DISPOSICIONES FINALES
Artículo 29. Las medidas contenidas en el presente Acuerdo son de carácter provisional, mismas que estarán sujetas a los posibles cambios determinados por las autoridades sanitarias y otras autoridades competentes.
Artículo 30. La inobservancia del presente Acuerdo por parte de los servidores públicos de la Fiscalía General podrá ser motivo de la responsabilidad a que haya lugar y las consecuencias que de ello se deriven, en términos de la normativa aplicable.

17 de julio de 2020

De tal manera, la investigación y sanción de la responsabilidad derivada del incumplimiento del presente Acuerdo estará a cargo de la Visitaduría General y de Asuntos Internos y el Órgano Interno de Control de la Fiscalía General, conforme su ámbito de competencia; por lo que el Comité, con motivo de la vigilancia de las medidas implementadas y dado el caso, está obligado a dar vista a aquellos para los efectos conducentes.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
PRIMERA. El presente Acuerdo, dada la urgencia de su naturaleza, estará vigente y obligará al interior de la Fiscalía General, desde el momento de su emisión y divulgación, con independencia de su publicación oficial en el órgano de difusión oficial del Gobierno del Estado de Morelos.
SEGUNDA. Publíquese inmediatamente en la página oficial de la Fiscalía General del Estado de Morelos y difúndase; así también en el Periódico Oficial Tierra y Libertad, órgano de difusión oficial del Gobierno del estado de Morelos.
TERCERA. Se instruye a las personas titulares de las Unidades Administrativas de la Fiscalía General, a efecto de que de manera inmediata difundan el contenido de este Acuerdo entre su personal y tomen las acciones conducentes para dar cumplimiento al mismo, así como habiliten los medios electrónicos y de comunicación necesarios para continuar con las atribuciones conferidas. Debiendo informar inmediatamente las acciones tomadas al respecto, a la persona titular de la Secretaría Ejecutiva en primera instancia y, una vez instalado, al Comité de Vigilancia de la Nueva Normalidad de la Fiscalía General del Estado de Morelos.
CUARTA. El Comité de Vigilancia de la Nueva Normalidad de la Fiscalía General del Estado de Morelos deberá instalarse con posterioridad a la publicación del presente Acuerdo en el Periódico Oficial Tierra y Libertad.
Dado en las instalaciones que ocupa la Fiscalía General del Estado de Morelos, en la ciudad de Cuernavaca, Morelos; a los 15 días del mes de julio de 2020.
EL FISCAL GENERAL DEL ESTADO DE MORELOS
URIEL CARMONA GÁNDARA
RÚBRICA.
LA
PRESENTE
HOJA
DE
FIRMAS
CORRESPONDE AL ACUERDO 10/2020 POR EL
QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS PARA EL
REGRESO SEGURO A LA NUEVA NORMALIDAD DE
LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE
MORELOS.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Morelos del 17/7/2020

TítuloPeriódico Oficial de Morelos

PaísMéxico

Fecha17/07/2020

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones1819

Primera edición05/01/2000

Ultima edición08/12/2020

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