Periódico Oficial de Morelos del 17/7/2020

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Fuente: Periódico Oficial de Morelos

17 de julio de 2020

PERIÓDICO OFICIAL

El cubrebocas que se proporcione de preferencia será lavable, a fin de proteger el medio ambiente, teniendo en cuenta las disposiciones emitidas por la Organización Mundial de la Salud, en el sentido de que su uso sea efectuado por toda la población general cuando no sea posible mantener una distancia mínima de un metro, como en medios de transporte público, tiendas u otros lugares cerrados o concurridos, ya que dichos cubrebocas pueden actuar como barrera para evitar que las personas que las llevan propaguen el virus a otras.
CAPÍTULO V
DEL COMITÉ
Artículo 20. El Comité de Vigilancia de la Nueva Normalidad de la Fiscalía General del Estado de Morelos tiene por objeto implementar acciones de vigilancia y supervisión para constatar la correcta ejecución de todas las medidas establecidas en el presente Acuerdo.
El Comité si integrará de la siguiente manera:
I. El Fiscal General quien lo presidirá, por sí o por el servidor público que al efecto designe;
II. La persona Titular de la Secretaría Ejecutiva, y III. La persona Titular de la Coordinación General.
Todos los integrantes del Comité contarán con derecho a voz y voto, y designarán como secretario técnico a un servidor público a su cargo.
Asimismo, cada integrante del Comité podrá designar a un servidor público bajo su mando, para que en su nombre y representación asista a las sesiones. Dichos representantes deberán dar cuenta en todo momento al integrante propietario, sobre los asuntos tratados y acuerdos tomados, y demás funciones que en su representación realicen en el seno del órgano.
Los cargos de los integrantes del Comité serán honoríficos, por lo que no se otorgará retribución, compensación o emolumento alguno por el desempeño de sus funciones.
Artículo 21. Corresponde al Comité:
I. Verificar el establecimiento de las medidas de seguridad sanitaria previstas en este Acuerdo, y los Acuerdos 03/2020 y 06/2020 y, de ser necesario, solicitar a las Unidades Administrativas su inmediata implementación;
II. Proponer a las unidades administrativas, según cada área a su cargo, un esquema de trabajo para la implementación correcta de las medidas señaladas en el presente Acuerdo;

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III. Monitorear, con el auxilio de la Coordinación General Jurídica, las disposiciones que establezcan las autoridades sanitarias y, en caso de modificarse, dar aviso inmediato a las unidades administrativas;
IV. Establecer un mecanismo de seguimiento de servidores públicos que hayan presentados síntomas compatibles con COVID-19, de aquellos con los que hayan estado en contacto, así como de las personas servidoras públicas en situación de riesgo o vulnerabilidad, y en caso de ser necesario contactar a la autoridad sanitaria estatal, y V. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de su objeto.
Artículo 22. El presidente del Comité cuenta con las siguientes funciones:
I. Representar al Comité y presidir las sesiones;
II. Convocar a sesiones, ordinarias y extraordinarias, por conducto del secretario técnico, y III. Las demás que expresamente le asigne el Comité.
Artículo 23. El secretario técnico del Comité cuenta con las siguientes funciones:
I. Elaborar el orden del día para cada sesión;
II. Convocar a los miembros del Comité a las Sesiones y asistir a las mismas;
III. Elaborar el acta de las sesiones llevadas a cabo por el Comité;
IV. Comunicar por escrito a quien corresponda y dar debido cumplimiento a los acuerdos tomados por el Comité;
V. Informar al Comité sobre el cumplimiento e incumplimiento de los acuerdos tomados en las sesiones de este, y VI. Las demás que expresamente le asigne el Comité o el presidente mediante instrucción o acuerdo.
Artículo 24. El Comité sesionará en la periodicidad que estime necesaria o cuando, conforme sus funciones, requiera sesionar. El funcionamiento y demás formalidades de sus sesiones se regirá por lo que por acuerdo determine el mismo, pudiendo hacer uso intensivo de las tecnologías de la información y comunicación, ante la contingencia causada por COVID-19.
Las decisiones se tomarán por mayoría de votos de los miembros del Comité que asistan a la sesión correspondiente. Para que las decisiones sean válidas deben estar presentes, cuando menos, la mitad de los miembros o sus representantes.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Morelos del 17/7/2020

TítuloPeriódico Oficial de Morelos

PaísMéxico

Fecha17/07/2020

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones1819

Primera edición05/01/2000

Ultima edición08/12/2020

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