Diario Oficial El Peruano del 31/1/2022

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Diario Oficial El Peruano

Firmado por: Editora Peru Fecha: 31/01/2022 04:12

Gerente de Publicaciones Oficiales:

LUNES 31

RICARDO MONTERO REYES

DE ENERO DE 2022
AÑO DEL FORTALECIMIENTO
DE LA SOBERANÍA NACIONAL

BOLETÍN OFICIAL
SUMARIO
AVISOS DE CURSO LEGAL

A. Avisos Diversos B. Concesiones, Servidumbres y E.I.A.

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Lima y Callao A. Edictos Judiciales
1 13

B. Edictos Clasificados 17

17

Inscripción y Rectificación de Partidas Patrimonio Familiar Prescripción Adquisitiva Sucesión Intestada
Juzgados Especializados Provincias
19

AVISOS DE CURSO LEGAL
A.AContrataciones del Estado A.
visos Diversos SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE ADUANA DE TACNA
NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 104 inciso e del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por DS N 133-2013-EF y sus modificatorias, Ley del Procedimiento Administrativo General-Ley N
27444, cumple con NOTIFICAR a las personas naturales y/o jurídicas, que la Intendencia de Aduana de Tacna, ha emitido la Resolución Jefatural de División N 000566-2021-SUNAT-3G0500. La persona natural y/o jurídica con legítimo interés, puede acercarse a la Intendencia de Aduana de Tacna ubicada en el Parque Industrial, Mz. A, Lote 5 y 6 - Pocollay - Tacna o a través de la Mesa de Partes Virtual - SUNAT, para solicitar la Resolución notificada.
Infractor GLADIS LUZ
SUAQUITA
PANIAGUA

N Doc.
Resolución de División Identidad DNI N
30840296

Determinación
000566-2021-SUNATARTÍCULO ÚNICO. - REVOCAR el ítem N 50 del artículo único de la Resolución de Intendencia N 172- 3G0000/2015-000345 de fecha 16.3.2015, en el extremo donde se sanciona con el COMISO de la mercancía 3G0500 del 12.09.2021 consignada en el acta de Incautación N 172-0300-2014-000903, a fin de que no exista duplicidad de sanciones, conforme a los considerandos expuestos en la presente resolución.
NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 104 inciso e del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por DS N 133-2013-EF y sus modificatorias, Ley del Procedimiento Administrativo General-Ley N
27444, cumple con NOTIFICAR a las personas naturales y/o jurídicas, que la Intendencia de Aduana de Tacna, en aplicación del Artículo 1, en concordancia con los artículos 33 y 38 de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros y Decreto Legislativo N 1053 - Ley General de Aduanas, ha decretado el siguiente acto administrativo mediante Resolución de División, en relación a las mercancías descritas en el acta de incautación indicada en la presente notificación.
La persona natural y/o jurídica con legítimo interés, puede acercarse a la Intendencia de Aduana de Tacna ubicada en el Parque Industrial, Mz. A, Lote 5 y 6 - Pocollay - Tacna o a través de la Mesa de Partes Virtual SUNAT, para solicitar la Resolución notificada. Asimismo, se hace de conocimiento que el acto administrativo, objeto de notificación podrá ser impugnado dentro del término de veinte 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación, caso contrario, la mercancía consignada podrá ser objeto de disposición por la Administración aduanera en conformidad con lo indicado en los artículo 180 y 186 de la Ley General de Aduanas, aprobado por el Decreto Legislativo N 1053, concordante con los artículos 235 , 242 y 243 de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N 010-2009-EF.
Acta de Incautación N 172-0400-2018-000007
de fecha 04.5.2018

Resolución de División N 000034-2022-SUNAT/3G0500
de fecha 22.1.2022

Determinación ARTÍCULO ÚNICO: Declarar el COMISO de las mercancías consignadas en el Acta de Incautación N 172-0400-2018-000007 del 04.5.2018, en aplicación a lo previsto en el artículo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros; de conformidad con los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en la presente Resolución.
NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 104 inciso e del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por DS N 133-2013-EF y su modificatoria Ley 30264, pone en conocimiento de la personas naturales y/o jurídicas, que la Intendencia de Aduana de Tacna, en aplicación del literal d Artículo 2 en concordancia con los artículos 33 y 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros, aprobada mediante Ley 28008, mediante la Resolución Jefatural de División abajo indicada, ha decretado una MULTA por hacer circular mercancías descritas en el Acta de incautación con la Liquidación de Cobranza indicada en la presente notificación, así como las sanciones correspondientes, en mérito a los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en los considerados de dicha Resolución.
La persona natural y/o jurídica con legítimo interés, puede acercarse a la Intendencia de Aduana de Tacna ubicada en el Parque Industrial, Mz. A, Lote 5 y 6 - Pocollay - Tacna o a través de la Mesa de Partes Virtual SUNAT, para solicitar la Resolución notificada. Asimismo, se hace de conocimiento que el acto administrativo, objeto de notificación podrá ser impugnado dentro del término de veinte 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación, caso contrario, la mercancía consignada podrá ser objeto de disposición por la Administración aduanera en conformidad con lo indicado en los artículo 180 y 186 de la Ley General de Aduanas, aprobado por el Decreto Legislativo N 1053, concordante con los artículos 235 , 242 y 243 de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N 010-2009-EF.
Documento de Identidad
DNI N
10444672
RUC Nº 10104446723

Infractor
Acta de Liquidación Resolución Incautación de Cobranza Jefatural de División
N 172-0201Carlos 2021-000059
César de fecha Contreras 24.2.2021
Carrasco
LC Nº 027731-21

000699-2021SUNAT/3G0500 de fecha 26.11.2021

Determinación ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de devolución de mercancías presentada por CARLOS CÉSAR CONTRERAS CARRASCO, identificado con DNI N
10444672 y RUC N 10104446723, mediante el Expediente N 172-URD999-2021-375783, de fecha 08.3.2021.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Declarar el COMISO de la mercancía contenida en el Acta de Incautación Nº 172-0201-2021-000059 de fecha 24.2.2021, conforme al artículo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros - Ley Nº 28008.
ARTÍCULO TERCERO.- Sancionar a CARLOS CÉSAR CONTRERAS CARRASCO, identificado con DNI N 10444672 y RUC N 10104446723, con una MULTA equivalente a dos veces los tributos dejados de pagar, ascendente a la suma de S/ 550,00 quinientos cincuenta con 00/100 soles, en aplicación al artículo 36 de la Ley de los Delitos Aduaneros - Ley N 28008;
para cuyo efecto la División de Control Operativo deberá proceder con la emisión de la Liquidación de Cobranza correspondiente.
ARTÍCULO CUARTO.- Sancionar al contribuyente ARMANDO SEVERO AROCUTIPA CHURA, identificado con DNI Nº 43378142 y RUC Nº 10433781428, con una MULTA equivalente al 0.5 de la UIT, ascendente a la suma de S/ 2 200.00 Dos mil doscientos con 00/100 soles, en aplicación al inciso a del artículo 199º de la Ley General de Aduanas; para cuyo efecto la División de Control Operativo deberá proceder con la emisión de la Liquidación de Cobranza correspondiente.
NOTIFICACIÓN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 104 inciso e del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por DS N 133-2013-EF y su modificatoria Ley 30264, Ley de Procedimientos Administrativos General - Ley N 27444, se cumple con NOTIFICAR a la persona incluida en el presente cuadro, que la Intendencia de Aduana de Tacna, ha decretado el siguiente acto administrativo mediante Resolución Jefatural de División abajo indicada.
El interesado puede solicitar copia del documento notificado a través de la Mesa de Partes Virtual en www.sunat.gob.pe o acercarse a la Intendencia de Aduana de Tacna ubicada en el Parque Industrial, Mz. A, Lotes 5 y 6 - Pocollay - Tacna. Asimismo, se hace de conocimiento que el acto administrativo, objeto de notificación podrá interponerse Recurso de Reclamación ante la Administración Aduanera - SUNAT, dentro del plazo máximo de veinte 20 días hábiles siguientes a la fecha de notificación, de conformidad con el artículo 137 del Texto Único Ordenado del Código Tributario - Decreto Supremo N 133-2013-EF.
Liquidación Monto S/.
de Cobranza
Documento de Identidad
Infractor
Tipo de Documento
Determinación
Pasaporte N FS648866

ROMULO
NOGUEIRA
BEGHINI

Resolución Jefatural de División N
172-3G0100/2022-000027
del 24.01.2022

Con Resolución Jefatural de División Nº 172-3G0100/2022-000027; Se resuelve ARTÍCULO ÚNICO: SANCIONAR a ROMULO NOGUEIRA BEGHINI, identificado con Pasaporte N FS648866, con una multa ascendente a S/. 65,409.00 Sesenta y cinco mil cuatrocientos nueve con 00/100 soles debiendo la Sección de Regímenes No Definitivos y Especiales emitir la Liquidación de Cobranza correspondiente.

172-2022001578

65,409.00

005-2034406-1

DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN

Por Junta Universal de Accionistas del 25 de enero del 2022, se acordó por unanimidad disolver y liquidar la sociedad NEGOCIOS SOSTENIBLES PERU S.A.C. con RUC Nro. 20603463057, nombrándose como liquidador a la Sra. MARIA ELENA ALARCÓN MEDINA, con DNI. Nro.
06691970 de conformidad con el Art. 412 de la Ley General de Sociedades para los fines pertinentes.
Lima, 26 de enero de 2022
EL LIQUIDADOR
002-2034235-1

DISOLUCIÓN, LIQUIDACIÓN Y
NOMBRAMIENTO DE LIQUIDADOR

Se pone en conocimiento que por Acta de Junta General de Accionistas de fecha 25 de enero del 2022, se acordó la disolución y liquidación de la empresa CORPORACION VENMART S.A.C., designándose como liquidadora a Mercedes Itumelia Teran Rodas, identificada con D.N.I. N 25817530.
Lima, 25 de enero del 2022
EL LIQUIDADOR

002-2034437-1

CONVOCATORIA DE ACREEDORES - GRUPO
FERRELIFPS ELEVADORES E.I.R.L. EN LIQUIDACIÓN
C O N RU C : 2 0 5 5 2 0 5 2 1 3 8 , C O N VO C A A S U S
ACREEDORES A SUSTENTAR CON DOCUMENTOS
JUSTIFICATIVOS SUS CRÉDITOS EN UN PLAZO DE 30
DÍAS CONTADOS DESDE LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN, CONFORME AL ARTÍCULO 88 DEL DECRETO LEY
N 21621. LIMA, 27 DE ENERO DEL 2022- WALTER
EDUARDO YUPANQUI QUISPE.- EL LIQUIDADOR
013-2034480-1

SERVICIOS CAM S.A.C. EN LIQUIDACIÓN

RUC N 20549728228
BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2021
EXPRESADO EN SOLES

Activo:
Pasivo:
Patrimonio:

S/. 0.00
S/. 0.00
S/. 0.00

Lima, 27 de Enero de 2022

FERNANDO VICTOR FLORES VILLEGAS
LIQUIDADOR
012-2034637-1

Acerca de esta edición

Diario Oficial El Peruano del 31/1/2022

TítuloDiario Oficial El Peruano

PaísPerú

Fecha31/01/2022

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones2729

Primera edición01/01/2016

Ultima edición01/05/2024

Descargar esta edición