Diario Oficial El Peruano del 22/1/2022

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Fuente: Diario Oficial El Peruano

Firmado por: Editora Peru Fecha: 22/01/2022 04:11

Gerente de Publicaciones Oficiales:

SÁBADO 22

RICARDO MONTERO REYES

DE ENERO DE 2022
AÑO DEL FORTALECIMIENTO
DE LA SOBERANÍA NACIONAL

BOLETÍN OFICIAL
SUMARIO
AVISOS DE CURSO LEGAL

A. Avisos Diversos B. Edictos Matrimoniales C. Concesiones, Servidumbres y E.I.A.

1
8 8

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Lima y Callao A. Edictos Clasificados
B. Remates Judiciales
12

Remates Bienes Inmuebles 10

Inscripción y Rectificación de Partidas Ineficacia de Título Valor Patrimonio Familiar Sucesión Intestada
Reconocimiento de Unión de Hecho Curatela Especial
Provincias
12

AVISOS DE CURSO LEGAL
A.AContrataciones del Estado A.
visos Diversos Para Juez Superior Supernumerario Art. 7 de LCJ
1. Ser mayor de treinta y cinco 35 años.
2. Haber ejercido el cargo de Juez Especializado o Mixto o Fiscal del mismo nivel durante cinco 5 años o haber ejercido la abogacía o desempeñado la docencia universitaria en materia jurídica por un período no menor de diez 10 años. Para el caso del ejercicio de la abogacía y la docencia universitaria, los períodos en una y otra condición son acumulables para alcanzar el mayor, en tanto no se hayan prestado en forma simultánea.

Corte Superior de Justicia de Lima Comisión Distrital de Selección de Jueces Supernumerarios Convocatoria N 001-2022-CDSJS-CSJLI-PJ

AVISO DE CONVOCATORIA N 001-2022-CDSJS-CSJLI/PJ
BASES DEL CONCURSO DE SELECCIÓN DE JUECES SUPERNUMERARIOS
DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA

Para Juez Especializado Supernumerario Art. 8 de LCJ
1. Ser mayor de treinta 30 años.
2. Haber sido Juez de Paz Letrado o Fiscal Adjunto Provincial o Secretario o Relator de Sala al menos por cuatro 4 años, o haber ejercido la abogacía o desempeñado la docencia universitaria en materia jurídica por un período nomenor de cinco 5 años. Para el caso del ejercicio de la abogacía y la docencia universitaria, los períodos en una y otra condición son acumulablespara alcanzar el mayor, en tanto no se hayan prestado en forma simultánea.

La Comisión Distrital de Selección de Jueces Supernumerarios de la Corte Superior de Justicia de Lima en adelante la Comisión Distrital, conformada por Resolución Administrativa N 31-2021-P-CSJLI-PJ en base al acuerdo del Consejo Ejecutivo Distrital del 21 de enero de 2021, de conformidad con el Reglamento Transitorio de Selección y Registro de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial en adelante Reglamento, aprobado por Resolución Administrativa N 399-2020-CEPJ1 del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, CONVOCA a nivel nacional, a todos los abogados que deseen participar en el Concurso de Selección y Registro de Jueces Supernumerarios de la Corte Superior de Justicia de Lima.

Para Juez de Paz Letrado Supernumerario. Art. 9 de LCJ
1. Ser mayor de veinticinco 25 años.
2. Haber ejercido la abogacía o desempeñado la docencia universitaria en materia jurídica por un período no menor de tres 3 años; o haberse desempeñado como Secretario o relator de Sala por más de dos 2
años o como Secretario de Juzgado por más de cuatro 4 años. Para el caso del ejercicio de la abogacía y la docencia universitaria, los períodos en una y otra condición son acumulables, en tanto no se hayan prestado en forma simultánea.

PLAZAS:

POSTULACIÓN:
Las fechas de postulación son los días 21, 22 y 23 de enero de 2022, para tal efecto deberán consignar sus datos personales en la Solicitud de Postulación Anexo 1, la formación académica y experiencia laboral entre otros, conforme al Formato de Postulación para el Registro de Jueces Supernumerarios Anexo 2, y, aceptar las declaraciones juradas solicitadas Anexo 3, las que deberán ser firmadas y enviadas en formato PDF o JPG al correo institucional: juecessupernumerarioscsjli@pj.gob.pe.

RESUMEN
CARGO
JUEZ DE PAZ LETRADO
JUEZ DE PAZ LETRADO

NIVEL
PERMANENTE
TRANSITORIO

JUEZ ESPECIALIZADO

PERMANENTE

JUEZ ESPECIALIZADO

TRANSITORIO

JUEZ SUPERIOR

PERMANENTE

JUEZ SUPERIOR

TRANSITORIO

ESPECIALIDAD
SIN ESPECIALIDAD
SIN ESPECIALIDAD
PENAL
CIVIL COMERCIAL
FAMILIA
CIVIL
CONSTITUCIONAL
LABORAL
SIN ESPECIALIDAD
LABORAL
CONSTITUCIONAL
SUPRANACIONAL
PENAL
LABORAL
CIVIL
CIVIL COMERCIAL
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
FAMILIA
LABORAL
TRANSITORIO

TOTAL

CANTIDAD
8 1
54
3 2
2 1
3 4
11
3 1
11
8 1
2 2
1 3
3 124

REQUISITOS PARA POSTULAR:
REQUISITOS GENERALES.
De conformidad con el artículo 4 de la Ley N 29277, Ley de la Carrera Judicial, son requisitos generales:
1. Ser peruano de nacimiento.
2. Tener el pleno ejercicio de la ciudadanía y los derechos civiles.
3. Tener título de abogado expedido o revalidado conforme a ley, así como encontrarse hábil en el ejercicio profesional.
4. No haber sido condenado ni haber sido pasible de una sentencia con reserva de fallo condenatorio por la comisión de un delito doloso. La rehabilitación, luego de cumplida una sentencia condenatoria, no habilita para el acceso a la carrera judicial.
5. No encontrarse en estado de quiebra culposa o fraudulenta ni ser deudor alimentario moroso.
6. No presentar discapacidad mental, física o sensorial debidamente acreditada, que lo imposibilite para cumplir con sus funciones.
7. No haber sido destituido por medida disciplinaria del Poder Judicial o del Ministerio Público ni despedido de cualquier otra dependencia de la Administración Pública, empresas estatales o de la actividad privada por falta grave; y 8. No estar incurso en ninguna de las otras incompatibilidades señaladas por ley.
REQUISITOS ESPECIALES SEGÚN EL NIVEL.
Son los establecidos en los artículos 7, 8 y 9 de la Ley de la Carrera Judicial LCJ, según el siguiente detalle:

AVISO A ACREEDORES

002-2031647-1

ACR MATEO REFRIGERACION E.I.R.L., EN LIQUIDACIÓN
CON R.U.C. N 20554423711; COMUNICA A TODOS SUS
ACREEDORES QUE SE ACERQUEN A LA SIGUIENTE
DIRECCIÓN: EN CALLE BOCCIONI NÚMERO 416, DEPARTAMENTO 102, DISTRITO DE SAN BORJA, PROVINCIA
Y DEPARTAMENTO DE LIMA; LLEVANDO EN ORIGINAL O
COPIA LEGALIZADA LOS DOCUMENTOS QUE SUSTENTEN
SUS ACREENCIAS.- ANTONIO NICOLAS CASTAÑEDA
REVlLLA - D.N.I. N 25542859 - LIQUIDADOR.
EL LIQUIDADOR
002-2031675-1

El o la postulante remitirá toda la documentación requerida en el artículo 13 del Reglamento, y que ha sido recogida por la Bases, conforme al detalle siguiente:
a. Curriculum Vitae sin documentar.
b. Copia legalizada del Título de Abogado.
c. Fotocopia legalizada del Documento Nacional de Identidad, con la constancia de haber sufragado en las últimas selecciones o, en su caso,la dispensa respectiva.
d. Fotografía reciente de frente, tamaño pasaporte.
e. Record de medidas disciplinarias de OCMA y ODECMA.
f. Declaración jurada de no estar inscrito en el Registro de DeudoresAlimentarios Morosos REDAM.
g. Antecedentes Policiales.
h. Declaración Jurada de Bienes y Rentas.
i. Declaración Jurada de no haber sido condenado ni declarada su culpabilidad con reserva de fallo condenatorio por delito doloso, teniendo en consideración que la rehabilitación luego de cumplida una sentencia condenatoria por delito doloso o vencido el plazo de la reserva de fallo condenatorio, no habilita para postular.
j. Declaración Jurada de no encontrase procesado penalmente y/o de encontrase procesado, señalar los datos del expediente materia delproceso.
k. Declaración Jurada de no estar inscrito en el registro de Deudores de Reparaciones Civiles
REDERECI, previsto en la Ley N 30353.
l. Declaración Jurada de no haber sido destituido o suspendido por medidadisciplinaria en cargo judicial o fiscal.
m. Declaración Jurada de no encontrase en estado de quiebra culposa, fraudulenta o en estado de insolvencia.
n. Declaración Jurada de no haber sido despedido o suspendido de la administración pública, empresas estatales o de la actividad privada mediante resolución firme.
o. Declaración Jurada de no estar incurso en los impedimentos a que se refiere el artículo 41 de la Ley de la Carrera Judicial Ley N 29277, u otros de acuerdo a ley, al momento de su inscripción.
p. Declaración Jurada de no tener impedimento para postular, ni incompatibilidad por unión de hecho, por matrimonio o por razón de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, al momento de su inscripción, conforme al artículo 42 de la Leyde la Carrera Judicial Ley 29277.
q. Fotocopia del carnet del CONADIS de presentar discapacidad reconocida como tal por el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad CONADIS, para acceder a la bonificación a que se contrae la Ley General de la Persona con Discapacidad Ley N29973.
r. Constancia de haber cursado el Programa de Formación de Aspirantes PROFA con un total de veintisiete créditos 27 o una duración no menor de 1 año a fin de acceder a la bonificación especial que se establece en el artículo 22 del Reglamento Transitorio.
s. Constancia de no haber sido sancionado por el Colegio de Abogados.
u. Experiencia en labor jurisdiccional Se precisa que la Hoja de Vida documentada debe ser enviada en formato PDF o JPG al correo institucional de la Comisión: juecessupernumerarioscsjli@pj.gob.pe en las fechas establecidas en el cronograma, solo para aquellos que aprobaron la Evaluación Curricular con Puntaje.
El presente Aviso, Las Bases y el Cronograma del concurso en su integridad podrán ser vistas en la página web y redes sociales de la Corte Superior de Justicia de Lima y en el Portal Institucional del Poder Judicial.
Lima, 07 de enero de 2022
La Comisión 1
Modificada mediante Resolución Administrativa N 346-2021-CE-PJ del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 20.10.2021, y la R.A. N 397-2021-CE-PJ, de fecha 28.11.20211.
005-2032766-1

Acerca de esta edición

Diario Oficial El Peruano del 22/1/2022

TítuloDiario Oficial El Peruano

PaísPerú

Fecha22/01/2022

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones2716

Primera edición01/01/2016

Ultima edición18/04/2024

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