Diario Oficial El Peruano del 10/5/2019

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Fuente: Diario Oficial El Peruano

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BOLETIN OFICIAL

Lima, viernes 10 de mayo de 2019 I EL PERUANO

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE ADUANA DE TACNA
NOTIFICACIÓN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 104 inciso e del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado con D.S. Nº 133-2013-EF y sus modicatorias, cumple con NOTIFICAR a las personas detalladas en el cuadro:
Administrado
Vehículo /Mercancía
MARIA CLAUDIA PEREZ
CHACON, de nacionalidad peruana, identicada con Documento Nacional de Identidad DNI N
29529990

Vehículo de matrícula chilena N CCBD97en adelante el vehículo, marca TOYOTA, modelo LEVIN, chasis N AE1115046774, motor N 4AM044034, año 1997, Certicado de Ingreso Temporal CIT N 15-172-02042017-006275

Documento de Determinación Resolución Jefatural de División N 1723G0100/2019000340
del 10.04.2019.

CLAUDIA PATRICIA
CERDA TOLEDO, de nacionalidad chilena, identicada con Cédula de Identidad N 128005404

Vehículo de matrícula chilena N CJTC62
Registro Vehicular N 11-172-0204-2015021513, marca NISSAN, modelo TIIDA, año 2010, chasis N 3N1CC1AG5ZL160822 y motor N HR16217234B

Resolución Jefatural de División N 1723G0100/2019000304
del 08.04.2019.

JOSE LUIS VARGAS
CABEZAS, de nacionalidad chilena, identicado con Cédula de Identidad N
127154465

Vehículo de matrícula chilena N FSCY46
Registro Vehicular N 11-172-02042015-038034, marca HYUNDAI, modelo NEW TUCSON, año 2013, chasis N
KMHJT81BADU679403 y motor N
G4KDDU979867, sustentando que dicha unidad vehicular ingresó al país el 17.2.2015

Resolución Jefatural de División N 1723G0100/2019000310
del 08.04.2019.

Sumilla Mediante la Resolución Jefatural de División N 172-3G0100/2019-000340, se resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar el COMISO del vehículo de matrícula chilena N CCBD97, consignado en el Acta de Incautación N 172-0400-2019-000006 con las siguientes características: placa N CCBD97, TOYOTA, modelo LEVIN, chasis N AE1115046774, motor N 4AM044034, año 1997; conforme lo señalado en el artículo 197 de la Ley General de Aduanas.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Requerir a la División de Atención Fronteriza, la regularización del Registro Vehicular N 15-172-0204-2017-006275 CIT, según lo previsto en el literal d del acápite E.2 de la Sección VII del Procedimiento General DESPA-PG.16 Vehículos para Turismo.
Mediante la Resolución Jefatural de División N 172-3G0100/2019-000304, se resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO. - Recticar el ítem N 11 del Anexo N 02 de la Resolución de Intendencia N 172-3G0000/2015 001978 del 03.12.2015, según el siguiente detalle:
DONDE DICE: CLAUDIA PATRICIA CERDA TOLEDA, identicada con Cédula de Identidad N 128005404
DEBE DECIR: CLAUDIA PATRICIA CERDA TOLEDO, identicada con Cédula de Identidad N 128005404
ARTÍCULO SEGUNDO. - Revocar parcialmente la Resolución de Intendencia N 172-3G0000/2015-001978 del 03.12.2015 Anexo N 02 Ítem N 11, que declara el comiso del vehículo de matrícula chilena N CJTC62 Registro Vehicular N 11-172-0204-2015-021513, marca NISSAN, modelo TIIDA, año 2010, chasis N 3N1CC1AG5ZL160822 y motor N HR16217234B.
ARTÍCULO TERCERO. - Requerir a la División de Atención Fronteriza de la Intendencia de Aduana de Tacna, se regularice el Registro Vehicular N 11-172-0204-2015-021513 del 29.1.2015, en el Módulo de Control Vehicular Web, de conformidad con los argumentos expuestos en el Informe N 1257-2018-SUNAT/3G0800 del 07.6.2018.
ARTÍCULO CUARTO. - Requerir a la Dirección Ejecutiva de Tránsito y Seguridad Vial de la Policía Nacional del Perú el levante de la orden de captura del vehículo detallado en el artículo primero de la presente resolución.
Mediante la Resolución Jefatural de División N 172-3G0100/2019-000310, se resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO. - Revocar parcialmente la Resolución de Intendencia N 172-3G0000/2015-001978 del 03.12.2015 Anexo N 01 Ítem N 16, que declara el comiso del vehículo de matrícula chilena N FSCY46 Registro Vehicular N 11-172-0204-2015-038034, marca HYUNDAI, modelo NEW TUCSON, año 2013, chasis N KMHJT81BADU679403 y motor N G4KDDU979867.
ARTÍCULO SEGUNDO. - Requerir a la División de Atención Fronteriza de la Intendencia de Aduana de Tacna, se regularice el Registro Vehicular N 11-172-0204-2015-038034 del 17.2.2015, en el Módulo de Control Vehicular Web, de conformidad con los argumentos expuestos en el Informe N 1310-2018-SUNAT/3G0800 del 15.6.2018.
ARTÍCULO TERCERO. - Requerir a la Dirección Ejecutiva de Tránsito y Seguridad Vial de la Policía Nacional del Perú el levante de la orden de captura del vehículo detallado en el artículo primero de la presente resolución.

NOTIFICACIÓN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 104 inciso e del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado con D.S. Nº 133-2013-EF, y sus modicatorias, cumple con NOTIFICAR a las personas incluidas en la relación que a continuación se detalla, n que en el plazo de veinte 20 días hábiles computados a partir del día siguiente de noticada la presente, procedan a cancelar la deuda antes indicada más los intereses moratorios calculados hasta a la fecha de cancelación, en las entidades bancarias autorizadas.
El pago se realizará en moneda nacional, aplicándose en el caso de adeudos expresados en dólares americanos, el tipo de cambio venta publicado en el Diario Ocial El Peruano de la fecha de pago.
De no cancelarse la deuda en el plazo señalado, ni haberse interpuesto recurso impugnativo alguno de acuerdo a lo establecido en el Art. 137 del TUO del Código Tributario aprobado por D.S. N 133-2013-EF y sus modicatorias, se dará inicio a las acciones de cobranza coactiva.
Documento de Identidad
Infractor
Vehículo
Documento de Determinación
Resolución Jefatural de División Vehículo de matrícula chilena N CYZC47, MARIA
Nº 172-3G0100/2019-00314 del marca JEEP, modelo COMPASS LIMITED, año CLORINDA
09.04.2019.
2011, chasis N1J4NF5FB1AD674947, motor CHAVEZ
N AD674947, materia del Registro Vehicular Liquidación de Cobranza N 172-2019TUESTA.
008242 del 10.04.2019.
N 11-172-0204-2013-152747 del 16.09.2013.

DNI N 41666302, RUC
N 10416663021 y Cédula de Identidad Chilena N
21793065-0

Sumilla Con Resolución Jefatural de División Nº 172-3G0100/2019-00314, Se resuelve:
SANCIONAR a MARIA CLORINDA CHAVEZ TUESTA, de nacionalidad peruana, identicada con DNI N 41666302, RUC N 10416663021 y Cédula de Identidad Chilena N 21793065-0, con una multa ascendente a S/. 32,420.00 treinta y dos mil cuatrocientos veinte con 00/100 soles; debiendo la Sección de Regímenes No Denitivos y Especiales emitir la Liquidación de Cobranza correspondiente.

NOTIFICACION ADMINISTRATIVA
De conformidad con lo dispuesto en el articulo 104 inciso e del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por DS N 133-2013-EF y sus modicatorias, pone en conocimiento de las personas naturales y/o jurídicas, que la Intendencia de Aduanas de Tacna, en aplicación del inciso d del Artículo 2 de la Ley de los Delitos Aduaneros Ley N 28008, en concordancia a los Artículos 33 y 38 de la citada norma, emitió la Resolución Jefatural de División abajo indicada, decretando el COMISO de las mercancías descritas en el acta de incautación indicada en la presente noticación, la misma que fue intervenida en mérito a los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en los considerados de la presente resolución.
Cabiendo resaltar que las mercancías intervenidas son materia de infracción administrativa vinculada al contrabando, por lo tanto, las personas naturales y/o jurídicas con legítimo interés, puede acercarse a la Intendencia de Aduanas de Tacna ubicada en el Parque Industrial, Mz. A, Lote 5 y 6 Pocollay Tacna, a recabar copia del documento noticado. Asimismo, se hace de conocimiento que el acto administrativo, objeto de noticación podrá ser impugnado dentro del término de veinte 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación, caso contrario, la mercancía consignada podrá ser objeto de disposición por la Administración aduanera en conformidad con lo indicado en los Artículos 180 y 186 de la Ley General de Aduanas, aprobado por el Decreto Legislativo N 1053, concordante con los Artículos 235, 242 y 243 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N 010-2009-EF.
Mediante Resolución Jefatural de División N 172-3G0500/2019-000193 de fecha 26.04.2019, se determina la situación legal de la mercancía consignada en el Acta de Incautación N 172-0201-2018-000156 del 13.06.2018, cuya intervención fue realizado por personal del Grupo Operativo de la División de Control Operativo del Puesto de Control Aduanero de Vila Vila.
Nombres y Documento Acta de Apellidos de Identidad Incautación del Infractor Extranjero IPIALES
PASAPORTE
YAMBERLA
N LUIS
0201148111
HUMBERTO

Resolución Jefatural de División
Determinación
Número
Liquidación de Cobranza Monto Intereses en S/ Monto Total en S/
en S/
Actualizado al 26.04.2019

ARTÍCULO PRIMERO. - Comiso de las mercancías consignadas en el Acta de Incautación N 172-0201-2018-000156 del 13.06.2018, en aplicación a lo previsto Artículo 38 de la ley de los Delitos Aduaneros, conforme a los fundamentos expuestos en la presente resolución.
172172-02013G0500/2019- ARTÍCULO SEGUNDO. - Sancionar al recurrente, IPIALES YAMBERLA LUIS HUMBERTO, identicado con Pasaporte N 0201148111, con una MULTA equivalente a 172-20192018dos 02 veces los tributos dejados de pagar, ascendente a la suma de S/ 649.00 seiscientos cuarenta y nueve con 00/100 soles, debiéndose emitir la Liquidación de 009787 del 649.00
000193
000156 del 26.04.2019
Cobranza, de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
de fecha 13.06.2018
26.04.2019 ARTÍCULO TERCERO. - Disponer la noticación de la presente Resolución Jefatural de División, a través de la página web de la SUNAT, o en el Diario Ocial el Peruano, en aplicación al Artículo 104 de Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N 133-2013-EF y sus modicatorias.

83.00

732.00

NOTIFICACION ADMINISTRATIVA
De conformidad con lo dispuesto en el articulo 104 inciso e del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por DS N 133-2013-EF y su modicatoria Ley 30264, pone en conocimiento de la personas naturales y/o jurídicas, que la Intendencia de Aduanas de Tacna, en aplicación del literal d del Artículo 2 de la Ley de los Delitos Aduaneros, en concordancia con los artículos 33 y 38 de la misma norma, mediante la Resolución Jefatural de División abajo indicada, ha decretado el COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancías descritas en el acta de incautación, indicada en la presente noticación, así como las sanciones correspondientes, en mérito a los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en los considerados de la presente resolución.
La persona natural y/o jurídica con legítimo interés, puede acercarse a la Intendencia de Aduanas de Tacna ubicada en el Parque Industrial, Mz. A, Lote 5 y 6 Pocollay Tacna, a recabar copia del documento noticado.
Asimismo, se hace de conocimiento que el acto administrativo, objeto de noticación podrá ser impugnado dentro del término de veinte 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación, caso contrario, la mercancía consignada podrá ser objeto de disposición por la Administración aduanera en conformidad con lo indicado en los articulo 180 y 186 de la Ley General de Aduanas, aprobado por el Decreto Legislativo N 1053, concordante con los artículos 235 , 242 y 243 de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N 010-2009-EF.
Mediante la Resolución Jefatural de División N 172-3G0500/2018-000526 de fecha 05.10.2018, se decreta la determinación legal de la mercancía incautada con Acta de Incautación N 172-0202-2017-00067 del 19.01.2017, declarándose el COMISO ADMINISTRATIVO Artículo Primero y la Sanción de MULTA Artículo Segundo en contra de CERVANTES PANTIGOSO GABINO FELIPE, identicado con DNI N 06154818 y RUC N 10061548187.
DATOS DEL INFRACTOR
NOMBRE Y DOCUMENTO
APELLIDOS DE IDENTIDAD
CERVANTES
PANTIGOSO
GABINO
FELIPE

DNI N
06154818
RUC N
10061548187

ACTA DE
INCAUTACIÓN

RESOLUCIÓN
JEFATURAL DE
DIVISIÓN

ACTA DE
INCAUTACIÓN
N 172-02022017-00067 del 19.01.2017

1723G0500/2018000526 del 05.10.2018

DETERMINACIÓN

N

ARTÍCULO PRIMERO: Declarar el comiso de las mercancías consignadas en el Acta de Incautación 172-0202-2017-000067 del 19.01.2017, de conformidad con el artículo 38 de la Ley N 28008 Ley de Delitos Aduaneros.
ARTÍCULO SEGUNDO: Sancionar con multa equivalente a dos 02 veces los tributos dejados de pagar a Cervantes Pantigoso Gabino Felipe, 2018-026027
identicado con DNI N 06154818 y RUC N 10061548187, monto ascendente a la suma de S/ 819.00 Ochocientos diecinueve con 00/100
soles, de conformidad con el artículo 36 de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.

LIQUIDACIÓN DE COBRANZA
INTERESES
TOTAL A PAGAR
EN S/.
EN S/.
actualizado al 09.10.2018

TOTAL
LIQUIDADO
EN S/.

819.00

206.00

1,025.00

NOTIFICACION ADMINISTRATIVA
De conformidad con lo dispuesto en el articulo 104 inciso e del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por DS N 133-2013-EF y sus modicatorias, pone en conocimiento de las personas naturales y/o jurídicas, que la Intendencia de Aduanas de Tacna, en aplicación del inciso d del Artículo 2 de la Ley de los Delitos Aduaneros Ley N 28008, en concordancia a los Artículos 33 y 38 de la citada norma, emitió las Resoluciones Jefaturales de División abajo indicadas, decretando el COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancías descritas en las actas de incautación detalladas en la presente noticación, las mismas que fueron intervenidas en mérito a los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en los considerandos de las resoluciones.
Cabe resaltar que las mercancías intervenidas son materia de infracción administrativa vinculada al contrabando, siendo encontradas abandonadas, sin poder identicar plenamente al infractor o propietario de las mercancía, ni tampoco estos presentaron dentro del plazo legal, solicitud de devolución que permita su identicación, para su noticación personal. La persona natural y/o jurídica con legítimo interés, puede acercarse a la Intendencia de Aduanas de Tacna ubicada en el Parque Industrial, Mz. A, Lote 5 y 6 Pocollay Tacna, a recabar copia del documento noticado. Asimismo, se hace de conocimiento que el acto administrativo, objeto de noticación podrá ser impugnado dentro del término de veinte 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación, caso contrario, la mercancía consignada podrá ser objeto de disposición por la Administración aduanera en conformidad con lo indicado en los Artículos 180 y 186 de la Ley General de Aduanas, aprobado por el Decreto Legislativo N 1053, concordante con los Artículos 235, 242 y 243 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N 010-2009-EF.
Acta
Fecha
172-0400-2017-00043

14.12.2017

Resolución Jefatural de Fecha Determinación División 172-3G0500/2019-00183 22.04.2019 ARTÍCULO ÚNICO.- Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de la mercancía consignada en el Acta N 172-0400-2017-00043 de fecha 14.12.2017, de conformidad con el artículo 38 de la Ley 28008 Ley de los Delitos Aduaneros y modicatorias.
005-1767826-1

Acerca de esta edición

Diario Oficial El Peruano del 10/5/2019

TítuloDiario Oficial El Peruano

PaísPerú

Fecha10/05/2019

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones2739

Primera edición01/01/2016

Ultima edición11/05/2024

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