Diario Oficial El Peruano del 8/5/2019

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Fuente: Diario Oficial El Peruano

Ministerio de Transportes y Comunicaciones
PERÚ

Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas
SÍNTESIS
La Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones, en cumplimiento del artículo 17 de la Ley de Organizaciones Políticas, Ley N 28094 y el artículo 55 del Texto Ordenado del Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas, aprobado por Resolución N 049-2017-JNE, pone en conocimiento de la ciudadanía que, con fecha 05 de febrero de 2019, se ha presentado ante esta unidad orgánica el ciudadano Carlos Andrés Flores Ormeño, Personero Legal Titular del movimiento regional JUNTOS SOMOS ICA, solicitando la inscripción de la referida organización política, en el registro especial que conduce el Registro de Organizaciones Políticas. Para ello ha acreditado el cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 17 de la referida Ley, cuya síntesis es la siguiente:
Denominación: JUNTOS SOMOS ICA.
Símbolo: Se encuentra representando por la frase Juntos Somos Ica en la que la palabra Juntos es de color naranja y la letra o es reemplazada por un envase de cerámica piskos, la palabra Somos es de color negro y está subrayada con una línea naranja y la palabra Ica es de color verde, todo en mayúsculas de acuerdo al detalle siguiente:

Nombre de los fundadores: Ericka Rocío Andía Martínez, Juan Jesús Andía Martínez, María Eugenia Chávez Gonzales, Teresa Cruz Maldonado, Dennis Alexis de la Cruz Arones, Carmen Rosa Guiliana Elizabeth Elías Gonzáles, Carlos Andrés Flores Ormeño, Amelia Esperanza García Tapia, Juan Abilio Luca Arucanqui, Fabio Oliver Mendoza Enríquez, César Alfredo Ortiz Castillo y Francisco Gino Soberón Barbano.
Nombre de los Dirigentes:
Presidente: Carmen Rosa Guiliana Elizabeth Elías Gonzales.
Secretario General: María Eugenia Chávez Gonzales.
Secretario de Campaña y Movilización: Juan Abilio Luca Arucanqui.
Secretario de Ética y Disciplina: Francisco Gino Soberón Barbano.
Secretario de Juventudes: Juan Jesús Andía Martínez.
Secretario de Organización: Amelia Esperanza García Tapia.
Secretario de Prensa y Propaganda: César Alfredo Ortiz Castillo.
Nombre del Apoderado: Carmen Rosa Guiliana Elizabeth Elías Gonzales.
Nombres de Personeros Legales:
Personero Legal Titular: Carlos Andrés Flores Ormeño.
Personero Legal Alterno: Ericka Rocío Andía Martínez.
Nombres de Personeros Técnicos:
Personero Técnico Titular: César Alfredo Ortiz Castillo.
Personero Técnico Alterno: Fabio Oliver Mendoza Enríquez.
Nombre del Representante Legal: Carmen Rosa Guiliana Elizabeth Elías Gonzales.
Nombres de los Tesoreros:
Tesorero Regional Titular: Teresa Cruz Maldonado.
Tesorero Suplente: Ericka Rocío Andía Martínez.
Tesorero Descentralizado: Ericka Rocío Andía Martínez.
Domicilio Legal: Calle Arequipa N 152 del distrito, provincia y departamento de Ica.

Viceministerio de Comunicaciones
Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones
INICIO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR POR
LA COMISIÓN DE INFRACCIONES A LA NORMATIVA DEL SECTOR
COMUNICACIONES
Las personas naturales y/o jurídicas que a continuación se detallan no se les ha notificado el respectivo acto administrativo, conforme con lo dispuesto en los artículos 20º, numeral 20.1.3; 23º, numeral 23.1.2 y numeral 3 del artículo 255º del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley N 27444, aprobado por el Decreto Supremo N 004-2019-JUS, en vía subsidiaria a la notificación personal realizada en forma infructuosa en los procedimientos administrativos sancionadores correspondientes, procede a NOTIFICAR por la presente publicación los actos administrativos que dan inicio al procedimiento administrativo sancionador en su contra, por la presunta comisión de infracciones administrativas tipificadas en la Ley Nº 27987 y el Reglamento de la Ley Nº 27987, aprobado por Decreto Supremo Nº 046-2003-MTC; al realizar actividades que infringen la norma del sector comunicaciones:
INFRACCIÓN / RECTIFICACION ERROR
/ ARCHIVO DE PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO SANCIONADOR

ACTO QUE SE
PRESUNTO
UBICACIÓN
NOTIFICA
INFRACTOR

Expreso Oropesa Huancavelica S.A.

SANCIONES Y/O
TIPO DE ACCIONES QUE SE
SERVICIO PODRIAN IMPONER
Y DISPONER

DISPONER el inicio del procedimiento administrativo sancionador por la presunta R.A. N 0322- comisión de la infracción administrativa tipicada 2018-MTC/29. como leve en el numeral 3.2 del inciso 3 del Servicio Multa/Art. 4 de la Ley N 27987
artículo 3 de la Ley N 27987, referida a no Postal AAFI
12/09/2018 comunicar a la administración toda modicación de los datos inscritos en el Registro Nacional de Concesionarios del Servicio Postal.

LIMA

Los descargos con las pruebas pertinentes deben de ser presentados a la Dirección de Fiscalizaciones de Cumplimiento de Títulos Habilitantes en Comunicaciones de la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dentro del plazo de diez 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación, en el Jr. Zorritos Nº 1203 Lima 1.
Autoridad Instructora
:

Norma que atribuye competencia :

Dirección de Fiscalizaciones de Cumplimiento de Títulos Habilitantes en Comunicaciones.
Decreto Supremo Nº 021-2018-MTC Reglamento de Organización y Funciones del MTC, Resolución Ministerial Nº 145-2019-MTC/01
y Resolución Ministerial N 135-2019-MTC/01.
005-1766519-1

PERÚ

Ministerio de Transportes y Comunicaciones
Viceministerio de Comunicaciones
Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones
INICIO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR POR LA COMISIÓN
DE INFRACCIONES A LA NORMATIVA DEL SECTOR COMUNICACIONES

Resumen de comités y sus direcciones:
La organización política presentó 4 comités provinciales en cumplimiento de lo dispuesto en el literal b del artículo 17 de la Ley de Organizaciones Políticas.
Provincia
Distrito
CHINCHA

CHINCHA ALTA

Pasaje Donayre N 390

ICA

ICA

Calle Arequipa N 152

NAZCA

NAZCA

Av. Buena Fe Mz.K, Lt.02

PISCO

PISCO

Asoc. de Vivienda San Pedro Av. Las Américas Mz. B, Lt. 8

Dirección
Resumen del estatuto: El estatuto del movimiento regional fue aprobado el 09 de octubre de 2017
por los fundadores de la organización política, el cual fue modificado a raíz de las observaciones formuladas por la DNROP el 18 de marzo de 2019 mediante la Resolución N 046-2019-DNROP/
JNE, siendo su versión final aprobada en la Asamblea de fecha 24 de marzo de 2019.
Consta de 48 artículos distribuidos en 8 títulos, en los cuales regulan los aspectos generales de la organización política, como su denominación, domicilio, símbolo, visión, misión, principios fines y objetivos; también regula los deberes y derechos de los afiliados, describe la estructura interna de la organización política así como los niveles de dirección y los órganos autónomos, como son el Congreso Regional, el Comité Ejecutivo Regional, los Comités Ejecutivos Provinciales, entre otros. Asimismo, establece el régimen disciplinario, patrimonial y financiero y los alcances sobre su democracia interna y, finalmente, establece los requisitos para la fusión y disolución. Se encuentra publicado en la página web del movimiento regional http juntossomosica.pe/.
La publicación tiene por objeto que cualquier persona natural o jurídica pueda formular tacha contra la solicitud de inscripción, la cual deberá estar fundamentada en el incumplimiento de la Ley de Organizaciones Políticas, Ley N 28094 y el Texto Ordenado del Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas, aprobado por Resolución N 049-2017-JNE.
Lima, 30 de abril de 2019.
FERNANDO RODRÍGUEZ PATRÓN
Director Nacional de Registro de Organizaciones Políticas Jurado Nacional de Elecciones 002-1766478-1

AVISO CONJUNTO DE FUSIÓN
En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 355 de la Ley General de Sociedades, se informa que mediante Junta General de Accionistas de fecha 23 de abril de 2019 de Consorcio de Ingenieros Ejecutores Mineros S.A. CIEMSA, inscrita en la Partida No. 11386199 del Registro de Personas Jurídicas de Lima e identificada con RUC No. 20101250572 y Junta General de Accionistas de fecha 22 de abril de 2019 de Compañía Minera Logroño S.A.C. LOGROÑO, inscrita en la Partida No.
13568948 del Registro de Personas Jurídicas de Lima e identificada con RUC No. 20601020344, se acordó que CIEMSA y LOGROÑO celebren un proceso de fusión en virtud al cual CIEMSA
absorberá a LOGROÑO, asumiendo su patrimonio a título universal; y, por otro lado, LOGROÑO se extinguirá sin disolverse ni liquidarse.
La fusión entrará en vigencia el 1 de mayo de 2019.
Lima, 23 de abril de 2019
Consorcio de Ingenieros Ejecutores Compañía Minera Logroño S.A.C.
Mineros S.A.
Armando Javier Cáceres Masías Armando Javier Cáceres Masías DNI N 07950007
DNI N 07950007
Gerente General Gerente General 002-1766589-1

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BOLETIN OFICIAL

Lima, miércoles 8 de mayo de 2019 I EL PERUANO

Las personas naturales y/o jurídicas que a continuación se detallan no se les ha noticado el respectivo acto administrativo, conforme con lo dispuesto en los artículos 20º, numeral 20.1.3; 23º, numeral 23.1.2 y numeral 3 del artículo 255º del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley N 27444, aprobado por el Decreto Supremo N 004-2019-JUS, en vía subsidiaria a la noticación personal realizada en forma infructuosa en los procedimientos administrativos sancionadores correspondientes, procede a NOTIFICAR por la presente publicación los actos administrativos que dan inicio al procedimiento administrativo sancionador en su contra, por la presunta comisión de infracciones administrativas tipicadas en la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278 y el Reglamento de la Ley Nº 28278, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC;
al realizar actividades que infringen la norma del sector comunicaciones.
PRESUNTO
UBICACIÓN
INFRACTOR

Fausto Medrano Cecilio
Huánuco
ACTO QUE SE
NOTIFICA

INFRACCIÓN / RECTIFICACION
ERROR / ARCHIVO DE
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
SANCIONADOR

TIPO DE
SERVICIO

DISPONER el inicio del procedimiento administrativo sancionador por la presunta comisión de la infracción R.A. N 0114-2018- administrativa tipicada como grave en MTC/29.AAFI
el literal d del artículo 76 de la Ley Radiodifusión 13/03/2018
de Radio y Televisión - Ley N 28278, referida a cambio de características técnicas sin autorización previa de este Ministerio.

SANCIONES Y/O
ACCIONES QUE SE
PODRIAN IMPONER
Y DISPONER

Multa/Art. 82 de la Ley N 28278

Los descargos con las pruebas pertinentes deben de ser presentados a la Dirección de Fiscalizaciones de Cumplimiento de Títulos Habilitantes en Comunicaciones de la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dentro del plazo de diez 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación, en el Jr. Zorritos Nº 1203 Lima 1.
Autoridad Instructora
: Dirección de Fiscalizaciones de Cumplimiento de Títulos Habilitantes en Comunicaciones.
Norma que atribuye competencia : Decreto Supremo Nº 021-2018-MTC Reglamento de Organización y Funciones del MTC, Resolución Ministerial Nº 145-2019-MTC/01 y Resolución Ministerial N 1352019-MTC/01.
005-1766520-1

AVISO DE ACUERDO DE DISOLUCION Y
LIQUIDACION DE LUNENBURG INVESTMENT SAC
De conformidad con el artículo 412 de la Ley General de Sociedades, se pone en conocimiento que, mediante Junta General de Accionistas de fecha 15 de abril de 2019, se acordó y aprobó la disolución y liquidación de la empresa LUNENBURG INVESTMENT SAC, identicada con RUC N 20510572794, designando como su liquidador al señor Luis Felipe Bravo García, con DNI N 09152754.
Lima, 07 MAYO DE 2019
LUIS FELIPE BRAVO GARCÍA - LIQUIDADOR
002-1766285-1

002-1766517-1

Acerca de esta edición

Diario Oficial El Peruano del 8/5/2019

TítuloDiario Oficial El Peruano

PaísPerú

Fecha08/05/2019

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones2739

Primera edición01/01/2016

Ultima edición11/05/2024

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