Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 15/2/2024

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O. P. DE CADIZ NUM. 32
JUNTA DE ANDALUCIA

CONSEJERIA DE SOSTENIBILIDAD, MEDIO
AMBIENTE Y ECONOMIA AZUL
CADIZ
ACUERDO DE INFORMACIÓN PÚBLICA

ACUERDO de 18 de enero de 2023 de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Cádiz, por la que se abre un periodo de información pública sobre:

EXPEDIENTE DE OCUPACIÓN DE VÍAS PECUARIAS 23VP0754

De conformidad con lo previsto en los artículos 15 y 48 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, B.O.J.A. N.º 87, de 4 de agosto y en virtud de las competencias del artículo 47 del citado Reglamento, así como en el artículo 83
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 13.1 e de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, en relación con el expediente citado:
ACUERDO

Primero. La apertura de un periodo de información pública, en el seno del procedimiento administrativo relativo al Expediente: 23VP0754 con la denominación:
EJECUCIÓN DE LÍNEA ELÉCTRICA SUBTERRÁNEA DE BAJA TENSIÓN
PARA ACOMETIDA A PARCELA EN PAGO PACHECO, Polígono 19, Parcela 147, en el término municipal de Chipiona, promovido por FÉLIX JAVIER ROMERO
GONZÁLEZ, del cual se resume la siguiente información:
Obras consistentes: Ocupación transversal y longitudinal de una zanja subterránea bajo tubo, formada por conductores unipolares de aluminio, aislamiento de polietileno reticulado y cubierta de policloruro de vinilo, además de las arquetas necesarias según plano.
Superficie afectada: 22,40 m2
Vías pecuarias afectadas: 11016009.-COLADA DE LA TAPIA
Y que se concreta en los siguientes documentos que se exponen al público:
Solicitud y documentación anexa.

Segundo. La publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz del presente Acuerdo, a fin de que durante el plazo establecido en el apartado siguiente, cualquier persona física o jurídica pueda acceder a la información y realizar, en su caso, las alegaciones que considere pertinentes.

Tercero. El trámite de información pública estará abierto durante 1 mes a partir del día siguiente al de la publicación de este Acuerdo, en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz. Pasado ese plazo, se dispondrá de 20 días hábiles para presentar las alegaciones que consideren.

Cuarto. Durante el periodo de información pública la documentación estará disponible para su consulta:
En la página web de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, a través de la siguiente página web: https www.juntadeandalucia.es/
organismos/sostenibilidadmedioambienteyeconomiaazul/servicios/participacion/
todos-documentos.html En las dependencias de la delegación territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Cádiz, Plaza Asdrúbal, 6 3 Planta, 11071 Cádiz, en horario de 9,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes, salvo festivos, con cita previa.

Quinto. Las alegaciones, dirigidas a la persona titular del órgano que adopta este Acuerdo, deberán presentarse por escrito en cualquier registro de la Administración, bien en el Registro Electrónico General de la Junta de Andalucía, bien en cualquier registro de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul o bien en cualquier otro registro administrativo, sin perjuicio de lo dispuesto en el articulo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Veintiuno de enero de dos mil veinticuatro. EL DELEGADO TERRITORIAL.
Óscar Curtido Naranjo. Firmado.
Nº 8.640


CONSEJERIA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTONOMO
SISTEMA EXTRAJUDICIAL DE RESOLUCION DE CONFLICTOS
LABORALES DE ANDALUCIA SERCLA
CADIZ
CONVENIO O ACUERDO:
PHOENIX SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES S.L.
Expediente: 11/04/0011/2024
Fecha: 24/01/2024
Asunto: RESOLUCIÓN DE INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN
Destinatario: EMILIO LUÍS SAMBUCETY MARTÍN
Código 11105132042024.

VISTA la comunicación presentada en el registro telemático de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, por el Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos Colectivos Laborales de Andalucía en Cádiz, CONSIDERANDO

PRIMERO.- Que con fecha 22-01-2014 tiene entrada a través de medios electrónicos, en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo, solicitud de inscripción por el responsable del SERCLA en Cádiz, del Acuerdo de Mediación, suscrito entre la representación de los trabajadores y de la empresa PHOENIX SERVICIOS
MEDIOAMBIENTALES S.L., el día 10-01-2024.

SEGUNDO.- Que la competencia de esta Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, para la inscripción del precitado acuerdo,
15 de febrero de 2024

viene determinada por el R.D. 4043/1982, de 29 de Diciembre, por el que se acuerda el traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de trabajo a la Comunidad Autónoma de Andalucía; el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo; y todo ello en relación con la Ley 9/2007, de 23 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que se modifica el Decreto 226/2020,de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto del Presidente 13/2022, de 8
de agosto, por el que se modifica el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, así como el Decreto 155 /2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo.

TERCERO.-Que constando en el expediente administrativo la precitada Acta de acuerdo, alcanzado en procedimiento ante la Comisión de Conciliación-Mediación del SERCLA y que dicho acuerdo, logrado a través de la mediación, tiene la eficacia jurídica y tramitación de convenios colectivos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 83 y 90 del vigente Estatuto de los Trabajadores y acuerdo interprofesional sobre el Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos Laborales en Andalucía SERCLA.

Por todo lo expuesto,
PRIMERO.- Procedera la inscripción del Acuerdo suscrito, con fecha 10
de enero de 2024, ante el SERCLA, entre la representación de los trabajadores y de la empresa PHOENIX SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES S.L.

SEGUNDO.- Ordenar su publicación en el Boletin Oficial de la Provincia de Cádiz.

Cádiz a 24 de enero de 2024. DELEGADO TERRITORIAL DE LA
DELEGACIÓN DE EMPLEO, EMPRESAY TRABAJO AUTONOMO, Fdo.: DANIEL
SANCHEZ ROMAN.
ACTA DE FINALIZACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO PREVIO A LA HUELGA
ANTE LA COMISIÓN DE CONCILIACIÓN-MEDIACIÓN DEL SERCLA.

En la sede Sercla de Algeciras, a 10 de enero de 2024 en el Expediente número C/11/2023/783, promovido por D. Jose Manuel Reula Alba, en calidad de presidente del Comité de empresa, frente a la empresa PHOENIX SERVICIOS
MEDIOAMBIENTALES S.L. CIF:B88359468 se constituye la Comisión de Conciliación-Mediación integrada por los siguientes miembros:
Presidencia: D. José Gavilán Andrades Secretario: D. Emilio L. Sambucety Martín Vocalia: D. Antonio Fernández Espinosa Vocalia: D. Antonio Fermín Gil Sánchez Antecedentes:

Con fecha 20 de diciembre de 2023 tienen entrada en la Oficina virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía Nº Reg. Entrada: 2023999015229847 escrito de inicio interponiendo el presente conflicto ante el SERCLA.

Con fecha 20/12/2023 se cursaron citaciones a las partes para celebrar sesión de mediación, quedando constancia en el expediente la recepción de las mismas y compareciendo en el día de hoy, las siguientes personas:

Por la parte promotora, D. Jose Manuel Reula Alba, en calidad de presidente del Comité de empresa, D. Eduardo Rivera Maderal, D. Jose Manuel López Ares, D.
Antonio Román Herrera y D. Jose Pérez Guerrero, miembros del Comité de Huelga, asistidos por D. Miguel Angel García Mariscal, letrado
Por la Empresa PHOENIX SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES S.L., D. Sergi Pujol, en virtud de poder otorgado ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, D. Antonio-Luis Reina Gutiérrez, fecha 26/04/2023, con el número 3813, de su protocolo y D. Yasmine Ríos Rodríguez, responsable RR.HH, D. Miguel Angel Díaz Gómez, letrado
Ambas partes se reconocen capacidad y representación suficiente para el presente acto.

Objetivos y finalidades del conflicto planteado por el promotor en el escrito de iniciación y ratificada ante la Comisión: Numerosos incumplimientos laborales y negativa de la empresa a llegar acuerdos en materias de: Subida salarial, abono de atrasos, incumplimiento de acuerdos internos, negativa a aplica la subida salarial a conceptos como la antigedad consolidada, compromiso de voluntariedad en las horas extras, incumplimientos en materia de Prevención de Riesgos laborales
El presente acto comienza a las 10:00 horas, finalizando a las 16:00 horas.

Se hace constar que en el supuesto de que el procedimiento ante el SERCLA
finalice con avenencia, este Sistema solicitará a la Autoridad Laboral la inscripción del acuerdo alcanzado en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, conforme a los artículos 2.1.d y 6.1.c del R.D. 713/2010, de 28 de mayo.

Iniciada la sesión, conforme a las normas legales y convencionales de aplicación, las partes exponen a los miembros de la CCM sus respectivas posturas y, finalmente, tras varias intervenciones alcanzan el siguiente acuerdo:

Primero.- El presente acuerdo entrará en vigor el día de su firma en SERCLA, finalizando su vigencia el 31.07.2026.

Segundo.- Actualización tablas salariales según tablas anexas. Los incrementos de los años 2023 y siguientes señalados en rojo en las tablas anexas 3.2%
para 2023, 1.94% de la revisión del 80% del IPC para el 2021 al 2023, 3% para el 2024, 3% para el 2025 y 2% para el 2026 son una estimación/previsión del incremento a tablas previsto por el Convenio del Metal de Cádiz y serán modificados/actualizados conforme se establezca en el propio Convenio del Metal de Cádiz.

El incremento de las tablas se realizará durante un periodo de dos años y medio conforme viene recogido en las tablas salariales anexas.

Tercero.- La empresa abonará los atrasos en un plazo máximo de 24
mensualidades a partir de la nómina de abril de 2.024.

Cuarto.- Compromiso de movilidad funcional: Afectará exclusivamente a los trabajadores plantistas que de manera voluntaria acepten esta movilidad.

Esta movilidad no implicará modificaciones en el turno de trabajo o similar.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 15/2/2024

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha15/02/2024

Nro. de páginas23

Nro. de ediciones6005

Primera edición02/01/2001

Ultima edición26/04/2024

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