Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 24/7/2023

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

24 de julio de 2023

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B.O. P. DE CADIZ NUM. 139

7. Que se aplique con un hondo sentido restrictivo.

TERCERO.- Que aplicando la jurisprudencia del Tribunal Supremo y examinado el Decreto de la Alcaldía nº 5953 de fecha 30 de Junio de 2023, por el que se acuerda, que se acuerda delegar en Dña. Yessica Rodriguez Espinosa, Teniente de Alcalde Delegada de Urbanismo, la competencia para iniciar y resolver cuantos expedientes sancionadores en materia urbanistica corresponda tramitar al Ayuntamiento de Algeciras, en el sentido de hacer constar que el articulo 195.1a y la ley 7/2022, se encuentra derogada, estando en vigor el articulo 171 de la Ley 7/21 de 1 de Diciembre, de Impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucia se propone rectificar en el sentido de modificar el articulo y la ley que en la actualidad se encuentra en vigor, es decir, articulo 171 de la Ley //21 de 1 de Diciembre, de Impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucia.

Por todo lo expuesto y en virtud de lo dispuesto en el art. 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
PROPONGO

PRIMERO.- Rectificar el Decreto de la Alcaldía 5953 de fecha 30 de Junio de 2023, por el que se acuerda delegar en Dña. Yessica Rodriguez Espinosa, Teniente de Alcalde Delegada de Urbanismo, la competencia para iniciar y resolver cuantos expedientes sancionadores en materia urbanistica corresponda tramitar al Ayuntamiento de Algeciras, en el sentido de hacer constar que el articulo 195.1a y la ley 7/2022, se encuentra derogada, estando en vigor el articulo 171 de la Ley 7/21 de 1 de Diciembre, de Impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucia. Quedando el mismo redactado como a continuación se expone:

DECRETO DE ALCALDÍA.- En la ciudad de Algeciras, a la fecha indicada en la firma digital.

De conformidad con las atribuciones que me confiere el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Comprobada la necesidad de adoptar cuantas medidas de carácter administrativo agilicen la tramitación de los expedientes relacionados con la disciplina urbanística, teniendo en cuenta lo dispuesto en el articulo 171 de la Ley 7/2021, de 1 de Diciembre, de Impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucia en cuya virtud la competenia para iniciar y resolver los Procedimientos Sancionadores en dicha materia corresponde al Alcalde o Concejal en quien delegue y en virtud de lo dispuesto en los articulos 9
de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público y 43 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, así como lo dispuesto en el punto segundo apartado 7 del acuerdo del Excmo. Ayuntamiento Pleno de fecha 2 de Junio de 2017, de delegación de competencias en el concejal de Urbanismo.
ACUERDO

PRIMERO.- Delegar en Dña. Yessica Rodriguez Espinosa, Teniente de Alcalde Delegada de Urbanismo, la competencia para iniciar y resolver cuantos expedientes sancionadores en materia urbanística corresponda tramitar al Ayuntamiento de Algeciras.

SEGUNDO.- La Teniente de Alcalde deberá hacer constar expresamente en cuantas resoluciones y acuerdos dicte en virtud de este Decreto que ejerce competencias por delegación.

TERCERO.- La presente delegación de competencias entrará en vigor el dia de la fecha de este decreto, no obstante de la preceptiva publicación de este Decreto en el Boletin Oficial de la Provincia de Cádiz y en el tablón de edictos de este Ayuntamiento.

Asi lo dijo, manda y firma el Ilmo. Sr. Alcalde -Presidente, ante mi, el Secretario General que certifica
EL ALCALDE. EL SECRETARIO GENERAL.
Nº 97.331


AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LA FRONTERA
EDICTO

La Alcaldía-Presidencia con fecha 19 de junio de 2019 ha dictado Resolución del siguiente tenor literal:

"Constituida la Junta de Gobierno y siendo precisa la designación de Tenientes de Alcalde de entre sus componentes, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 124.4 y 125.1 de la Ley 7/85, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y artículo 25.1 del Reglamento Orgánica Municipal, vengo en disponer:

PRIMERO.- El nombramiento de Tenientes de Alcaldesa de los/as siguientes concejales/as miembros de la Junta de Gobierno Local.
Primer Teniente de Alcadesa: D. Agustín Muñoz Martín Segundo Teniente de Alcaldesa: D. Jaime Espinar Villar Tercera Teniente de Alcaldesa: D Almudena Martínez del Junco Cuarta Teniente de Alcalsesa: D Susana Sánchez Toro Quinto Teniente de Alcaldesa: D. Antonio Real Granado
SEGUNDO.- Que corresponde a los/as nombrados/as, en el orden designado, el ejercicio de las funciones establecidas en el artículo 26 del Reglamento Orgánico Municipal.

TERCERO.- La presente Resolución, se notificará a los/as interesados/as, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, dándose cuenta al Excmo.
Ayuntamiento Pleno en la próxima sesión que se celebre de conformidad con el art.
38d del ROF".

Lo que se hace público para general conocimiento, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 25.1 y 88 del Reglamento Orgánico Municipal".

LA ALCALDESA. Fdo.: María José Garcia-Pelayo Jurado . Publíquese. EL
SECRETARIO GENERAL DEL PLENO. Fdo.: Juan Carlos Utrera Camargo. Nº 97.990

AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LA FRONTERA
E.L.A. GUADALCACÍN

D. JAVIER ALFONSO CLAVIJO GONZALEZ, SECRETARIO
INTERVENTOR DE LA ELA DE GUADALCACIN CADIZ
CERTIFICO:

Que en Sesión extraordinaria celebrada por la Junta Vecinal de la ELA de Guadalcacín, de fecha 28 de junio de 2.023, se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

PUNTO CUARTO. - Propuesta de la Presidencia sobre remuneraciones del Sr. Presidente y de los Sres. Vocales por asistencias a Juntas vecinales y Comisiones.

Constituida la nueva Corporación como resultado de las Elecciones Municipales del 28 de mayo pasado, se hace preciso, de acuerdo con lo previsto al respecto en los artículos 75 de la Ley de Bases de Régimen Local y 13 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, fijar el régimen retributivo de los miembros corporativos, como compensación por su dedicación al estudio y resolución de los distintos temas atribuidos a la competencia municipal.

La redacción dada al párrafo 1º del artículo 75 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local por la Ley 11/1999, de 21 de Abril, establece la posibilidad de percibir retribuciones a los miembros de las Corporaciones Locales, cuando desempeñen sus cargos con dedicación parcial o exclusiva, en cuyo caso serán dados de alta en el régimen general de la Seguridad Social , asumiendo la Corporación el pago de las cuotas empresariales que correspondan y añadiendo que, en el supuesto de percibir tales retribuciones, su percepción será incompatible con la de cualquier otra retribución con cargo a los presupuestos de las Administraciones Públicas y de los Entes, Organismos y Empresas de ellas dependientes.

Igualmente, la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, ha introducido un nuevo artículo 75
bis, que regula el régimen retributivo de los miembros de las corporaciones locales, cuyo límite máximo será determinado anualmente por los Presupuestos Generales del Estado, atendiendo entre otros criterios, a la naturaleza de la Corporación y a su población.

A la vista de esta normativa, se ha diseñado un sistema de retribuciones a los miembros de esta Corporación Local con dedicación exclusiva, que se considera adecuado a la situación actual y al sistema seguido en otras Corporaciones similares a la nuestra, y que a continuación se detalla:
CARGO

APELLIDOS Y
DICACIÓN
NOMBREDE

PRESIDENTE

APLIC.
PRESUP.

1

EXCLUSIVA 912/ 100.00 43.277,16.- €

1 RETRIBUCION ANUAL BRUTA Sin coste de S.S..

Igualmente se ha estimado conveniente que las asignaciones establecidas para los Vocales, por su asistencia a reuniones de Órganos Municipales, serán las siguientes:
SESIONES DE JUNTA VECINAL

100,00.- €

COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS

100,00.- €

COMISIONES INFORMATIVAS Únicamente los Vocales con Delegación
150,00.- €

Por todo lo expuesto, esta Presidencia propone a la Junta Vecinal la adopción de los siguientes ACUERDOS:

PRIMERO. - Aprobar las retribuciones de miembro de la Corporación con dedicación exclusiva, con carácter retroactivo desde la fecha de asunción del cargo, desde el 17 de junio de 2023, que a continuación se relacionan:
CARGO

APELLIDOS Y
DEDICACIÓN
NOMBRE

PRESIDENTE

EXCLUSIVA

APLIC.
PRESUP.

1

912/ 100.00 43.277,16.- €

1 RETRIBUCION ANUAL BRUTA Sin coste de S.S..
dando de alta las retribuciones en el Régimen General de la Seguridad Social al miembro de la Corporación afectado por el presente acuerdo, asumiendo la Corporación el pago de las cuotas empresariales que correspondan.

SEGUNDO. - Aprobar las siguientes asignaciones establecidas para los Vocales, por su asistencia a reuniones de Órganos Municipales:
SESIONES DE JUNTA VECINAL

100,00.- €

COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS

100,00.- €

COMISIONES INFORMATIVAS Únicamente los Vocales con Delegación
150,00.- €

TERCERO. - Notificar la presente a la Secretaría-Intervención y a la Tesorería para su conocimiento y efectos. El presente acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, Sede Electrónica y en el Tablón de Edictos de la Corporación

Y para que así conste, expido la presente, haciendo la advertencia de que el acta aún no ha sido aprobada, y a reserva de los términos que resulten de la aprobación de la misma art. 206 del R.O.F.R.J.C.L. y con el Vº Bº del Sr. Presidente, a 11/07/2023.
Vº Bº EL PRESIDENTE. Salvador Ruiz García. EL SECRETARIO INTERVENTOR.
Javier Alfonso Clavijo González.
Nº 97.994

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 24/7/2023

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha24/07/2023

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones6018

Primera edición02/01/2001

Ultima edición06/06/2024

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