Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 24/7/2023

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O. P. DE CADIZ NUM. 139
JUNTA DE ANDALUCIA

CONSEJERIA DE ECONOMIA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
CADIZ
RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA, HACIENDA, FONDOS EUROPEOS Y DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS
EN CÁDIZ POR LA QUE SE CONCEDE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA
PREVIA Y AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN A
INSTALACIÓN ELÉCTRICA DE ALTA TENSIÓN.

Expediente: AT-15536/23

Visto el expediente AT-15536/23, incoado en esta Delegación Territorial, solicitando Autorización administrativa previa y Autorización administrativa de construcción para instalación eléctrica de alta tensión en el que consta como:
- Peticionario: ALSET ELÉCTRICA, S.L.

Domicilio: C/ CONSTITUCIÓN, 30 - 11692 SETENIL DE LAS BODEGAS
CÁDIZ
- Lugar donde se va a establecer la instalación: ENTRE CT CARRO MIRABUENO
I1007 Y CT CARRIL C1006

Término municipal afectado: Setenil de las Bodegas - Finalidad: Atender la demanda de la zona
Habiéndose cumplido los trámites reglamentarios de acuerdo con lo establecido en el TÍTULO VII, Capítulo II del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, en cumplimiento de la vigente Ley 24/2013, de 26 de diciembre , del Sector Eléctrico y en cumplimiento del Decreto 9/2011, de 18 de enero, por el que se modifican diversas Normas Reguladoras de Procedimientos Administrativos de Industria y Energía.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Delegación Territorial es competente para tramitar y resolver en dicho ámbito territorial los procedimiento de otorgamiento de autorizaciones administrativas reguladas en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en virtud de lo previsto en el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, modificado por el Decreto del Presidente 4/2023, de 11 de abril, el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Energía y Minas, el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, así como en la Resolución de 11 de marzo de 2022 de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Territorial, a propuesta del Servicio de Energía, RESUELVE

CONCEDER AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA
Y AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN, a ALSET
ELÉCTRICA, S.L. para la construcción de la instalación cuyas principales características serán:
LÍNEA DE MT DESDE APOYO DE DERIVACIÓN A CT I1007 A CT C1006
instalación del doble circuito desde el apoyo 2 hasta el apoyo 7
Coordenadas UTM Huso 30 ETRS 89
Línea
Origen
1

Apoyo 2
existente X:305084
Y:4081800

Final
Tipo
Apoyo 7
existente Aérea X:305891
Y:4081461

Tensión kV
20

Longitud Conductores Apoyos km 0,926

47-AL1/8- Metálicos ST1A en celosía

La autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece, y sin perjuicio de otras autorizaciones y licencias que adicionalmente fueran preceptivas, y las especiales siguientes:

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

2. El plazo de puesta en marcha será de dos años contados a partir de la presente Resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado la documentación para la puesta en servicio de la instalación, se procederá a la caducidad de la presente Resolución. El titular podrá presentar solicitud debidamente justificada para la modificación de la presente Resolución por parte de esta Delegación Territorial en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente antes de la terminación de dicho plazo.

3. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Territorial a efectos de reconocimiento definitivo y extensión de la autorización de explotación.

4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.

5. La autorización administrativa de construcción no dispensa de la necesaria obtención por parte del titular de la instalación de las autorizaciones adicionales que se precisen.

24 de julio de 2023

6. Esta Resolución podrá quedar sin efecto si como consecuencia de su ejecución se produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen sido contemplados expresamente en el proyecto presentado.

7. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

8. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

9. El peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

7 de julio de 2023. LA DELEGADA TERRITORIAL, Fdo.: MARIA
INMACULADA OLIVERO CORRAL
Nº 98.104


CONSEJERIA DE ECONOMIA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
CADIZ
ANUNCIO
INFORMACIÓN PÚBLICA DEL PROYECTO DE CAMBIO DE COMBUSTIBLE
A PROPANO EN INDORAMA VENTURES QUÍMICA, EN SAN ROQUE CÁDIZ

A los efectos previstos en el artículo 16.2 del Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, y conforme a lo establecido en los artículos 5 y 7 de la Orden de 18 de Octubre de 2000 de desarrollo y aplicación del artículo 2 del Decreto 46/2000 de 7 de febrero de la Junta de Andalucía sobre accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, se somete a información pública el siguiente proyecto:

Expediente: AG-05/IS-80

Peticionario: INDORAMA VENTURES QUÍMICA S.L.U.

Objeto: PROYECTO DE CAMBIO DE COMBUSTIBLE A PROPANO
EN INDORAMA VENTURES QUÍMICA, EN SAN ROQUE CÁDIZ

Lo que se hace público para que pueda ser examinada la documentación correspondiente en el Servicio de Industria y Minas de esta Delegación Territorial, sita en C/ Fernando el Católico, 3, 2 Planta en Cádiz, y formularse las alegaciones que se estimen oportunas en el plazo de VEINTE DÍAS, a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio.

La documentación correspondiente a este anuncio también se encuentra expuesta en el portal de la transparencia y por el mismo periodo en el siguiente enlace:
https juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos.html
Trece de julio de dos mil veintitrés. La Delegada Territorial. MARÍA
INMACULADA OLIVERO CORRAL. Firmado.
Nº 100.068

ADMINISTRACION LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS

DECRETO DE LA ALCALDÍA.- En la ciudad de Algeciras a la fecha indicada en la firma digital,
Teniendo en cuenta:

PRIMERO.- Que las Administraciones Públicas, en virtud del art. 109.2
de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, podrán rectificar en cualquier momento de oficio o a instancia de interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos o existentes en sus actos.

SEGUNDO.- Que la jurisprudencia del Tribunal Supremo, en numerosas Sentencias como las de 18 de Junio de 2001, 23 de Octubre de 2001, 2 de Junio de 1995
o 31 de Enero de 1994, entiende que para poder aplicar el mecanismo procedimental de rectificación de errores materiales o de hecho, se requieren que concurran, en esencia, las siguientes circunstancias:
1. Que se trate de simples equivocaciones elementales de nombres, fechas, operaciones aritméticas o transcripciones de documentos.
2. Que el error se aprecie teniendo en cuenta exclusivamente los datos del expediente administrativo en el que se advierte.
3. Que el error sea patente y claro, sin necesidad de acudir a interpretaciones de normas jurídicas aplicables.
4. Que no se proceda de oficio a la revisión de actos administrativos firmes y consentidos.
5. Que no se produzca una alteración fundamental en el sentido del acto.
6. Que no padezca la subsistencia del acto administrativo, es decir, que no se genere la anulación o revocación del mismo, en cuanto creador de derechos subjetivos, produciéndose uno nuevo sobre bases diferentes y sin las debidas garantías para el afectado, pues el acto administrativo rectificador ha de mostrar idéntico contenido dispositivo, sustantivo y resolutorio que el acto rectificado, sin que pueda la Administración so pretexto de su potestad rectificatoria de oficio, encubrir una auténtica revisión, porque ello entrañaría un fraus legis constitutivo de desviación de poder.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 24/7/2023

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha24/07/2023

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones6017

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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