Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 3/12/2021

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O.P. DE CADIZ NUM. 231
JUNTA DE ANDALUCIA

CONSEJERIA DE HACIENDA Y FINANCIACION EUROPEA
CADIZ
RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CÁDIZ POR LA QUE
SE CONCEDE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIAYAUTORIZACIÓN
ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN A INSTALACIÓN ELÉCTRICA DE
ALTA TENSIÓN.
Expediente: AT-14742/21

Visto el expediente AT-14742/21, incoado en esta Delegación de Gobierno, solicitando Autorización administrativa previa y Autorización administrativa de construcción para instalación eléctrica de alta tensión en el que consta como:
Peticionario: EDISTRIBUCIÓN REDES DIGITALES DIVISIÓN ANDALUCÍA
Domicilio: Avda. de la Borbolla, 5 - 41004 SEVILLA
Lugar donde se va a establecer la instalación: CL Extrarradio Término municipal afectado: San Roque Finalidad: Mejoras
Habiéndose cumplido los trámites reglamentarios de acuerdo con lo establecido en el TÍTULO VII, Capítulo II del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, en cumplimiento de la vigente Ley 24/2013, de 26 de diciembre , del Sector Eléctrico y en cumplimiento del Decreto 9/2011, de 18 de enero, por el que se modifican diversas Normas Reguladoras de Procedimientos Administrativos de Industria y Energía.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Delegación del Gobierno es competente para dictar la presente resolución de acuerdo con lo previsto en los arts. 49 y 58.2.3º de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; el Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías; el Decreto 116/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, modificado por Decreto 122/2021, de 16 de marzo; la Disposición adicional tercera del Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 114/2020, de 8 de septiembre; y con lo previsto en la Resolución de 9 de marzo de 2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia en materia de autorizaciones de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Territoriales de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación del Gobierno, a propuesta del Servicio de Industria, Energía y Minas,
RESUELVE
CONCEDER AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y AUTORIZACIÓN
ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN, a EDISTRIBUCIÓN REDES
DIGITALES DIVISIÓN ANDALUCÍA para la construcción de la instalación cuyas principales características serán:
Instalación de dos nuevas salidas de línea de 15 kV en la Subestación Eléctrica Mercancías.
Coordenadas UTM 30 ETRS89 X: 281691.86 Y: 4012778.80

Posiciones de 15 kV
Tipo: Interior blindada aislada en gas SF6.
Esquema: Doble barra.
Alcance:
2 Posiciones de salida de línea de 15 kV, constituidas por:
2 Tramos tripolares de barras.
1 Seccioador tripolar para seccionamiento de barras.
1 Seccionador tripolar para seccionamiento de barras de tres posiciones con puesta a tierra.
1 Interruptor tripolar automático.
3 Transformadores de intensidad toroidales, para protección.
1 Transformador de intensidad toroidal para medida de la corriente homopolar.
3 Detectores de control de presencia de tensión.
1 Compartimento para elementos de control.

Posición de telecontrol y protecciones
La autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece, y sin perjuicio de otras autorizaciones y licencias que adicionalmente fueran preceptivas, y las especiales siguientes:

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

2. El plazo de puesta en marcha será de dos años contados a partir de la presente Resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado la documentación para la puesta en servicio de la instalación, se procederá a la caducidad de la presente Resolución. El titular podrá presentar solicitud debidamente justificada para la modificación de la presente Resolución por parte de esta Delegación de Gobierno en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente antes de la terminación de dicho plazo.

3. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación de Gobierno a efectos de reconocimiento definitivo y extensión de la autorización de explotación.

4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.

3 de diciembre de 2021

5. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al titular de la instalación, habiendo sido aceptados por el mismo. La autorización administrativa de construcción no dispensa de la necesaria obtención por parte del titular de la instalación de las autorizaciones adicionales que se precisen.

6. Esta Resolución quedará sin efecto si como consecuencia de su ejecución se produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen sido contemplados expresamente en el proyecto presentado.

7. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

8. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

9. El peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recuso de alzada ante la persona titular de Consejería de Hacienda y Financiación Europea en el plazo de UN 1 MES contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122
de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Doce de noviembre de dos mil veintiuno. LA DELEGADA DEL GOBIERNO
EN CÁDIZ. FIRMADO: ANA MARÍA MESTRE GARCÍA.
Nº 103.806


CONSEJERIA DE HACIENDA Y FINANCIACION EUROPEA
CADIZ
ANUNCIO DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE GOBIERNO EN CÁDIZ, POR EL QUE SE SOMETE A INFORMACIÓN PÚBLICA LA SOLICITUD DE
DECLARACIÓN EN CONCRETO DE UTILIDAD PÚBLICA DEL PROYECTO
DE EJECUCIÓN DE SUSTITUCIÓN DE LA LÍNEA ELÉCTRICA DE ALTA
TENSIÓN "LAT MEDINA SIDONIA-ALCALÁ DE LOS GAZULES" 15/20 KV
DC EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE MEDINA SIDONIA Y ALCALÁ DE
LOS GAZULES.

A los efectos previstos con lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico al amparo del mencionado Cuerpo Legal, se somete a información pública la solicitud de declaración en concreto de utilidad pública del proyecto de ejecución de SUSTITUCIÓN DE LA
LÍNEA ELÉCTRICA DE ALTA TENSIÓN "LAT MEDINA SIDONIA-ALCALÁ DE
LOS GAZULES" 15/20 Kv DC en el término municipal de MEDINA SIDONIA Y
ALCALA DE LOS GAZULES, cuyas características principales son las siguientes:
- Peticionario: ELÉCTRICA NUESTRA SEÑORA DE LOS SANTOS, S.L.
- Domicilio: Paseo de la Playa, s/n 11180 ALCALÁ DE LOS GAZULES - CÁDIZ
- Emplazamiento de la instalación: ENTRE SET MEDINA TM MEDINA SIDONIA
Y NÚCLEO URBANO DE ALCALÁ DE LOS GAZULES
- Términos municipales afectados: MEDINA SIDONIAYALCALA DE LOS GAZULES
- Finalidad de la instalación: MEJORAR LAS CONDICIONES DE SUMINISTRO
ELÉCTRICO
- Descripción proyecto:

Sustitución de la Línea Aéreo -Subterránea de Alta Tensión MEDINA
SIDONIAALCALÁ DE LOS GAZULES 20Kv DC desde la subestación denominada Medina, ubicada en t.m. de Medina Sidonia, a la red de distribución subterránea en MT de la distribuidora en el núcleo urbano de Alcalá de los Gazules Cádiz. La sustitución de la línea , en la mayor parte de su trazado, se ejecutará paralela a la actualmente existente.

Discurre por los parajes denominados Granja de Santa Ana, La Flora, El Cernícalo, Casas del Rancho Viejo, El Vínculo, Loma del Puerto de la Cruz, Los Alburejos, El Tonalejo y Cerro de la Abierta en el T.M. de Medina Sidonia, y por los denominados Cerro de Malabrigo, Tablada, Puerto de Levante, Loma de las Cuarenta, Cerro de Barbate y Cortijo de Valenzuela, en el T.M. de Alcalá de los Gazules. Finaliza junto al centro de transformación denominado CS El Valle propiedad de Eléctrica de los Santos, S.L.

Tramo aéreo:
- 18,88 km y 92 apoyos.
- Nivel de tensión 15 20 kV, Conductor LA-180 en disposición de doble circuito.
- Apoyos metálicos de celosía y galvanizados en caliente, con disposición de armados en doble circuito.

Tramo subterráneo:
- Longitud 50 ml. Se realizará a la altura del apoyo número 5, donde la línea hará entrada y salida en un centro de seccionamiento y medida cercano al mismo.
- Conductor con aislamiento XLPE, de aluminio y sección 400 mm2 seco, con denominación Al 1X400, 18/30 kV H16.

- REFERENCIA: Expediente AT-13794/18

La servidumbre de paso aéreo y subterráneo de energía eléctrica comprenderá:

a. El establecimiento de los dispositivos necesarios para el apoyo o fijación de los conductores.

b. La ocupación del subsuelo por los cables conductores a la profundidad y con las demás características que señale la normativa técnica y urbanística aplicable. A
efectos del expediente expropiatorio y sin perjuicio de lo dispuesto en cuanto a medidas

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 3/12/2021

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha03/12/2021

Nro. de páginas15

Nro. de ediciones6014

Primera edición02/01/2001

Ultima edición10/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Diciembre 2021>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031