Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 26/11/2021

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 4

B.O.P. DE CADIZ NUM. 226

por Unión General de Trabajadores Servicios Públicos UGT, y relativo a recurso contra la propuesta de resolución publicada en el BOP de 27 de mayo de 2021, relativa a la convocatoria de una plaza de Médico/a Drogodependencias.

Por resolución de fecha 12 de noviembre de 2021 se ha acordado la remisión del expediente administrativo al Órgano jurisdiccional mencionado, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en relación con el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se emplaza a los posibles interesados para que, si lo estiman conveniente, se personen como demandados en el plazo de nueve días ante dicho Tribunal, sito en Avenida Ana de Viya, 7 Edificio Proserpina, haciéndoles saber que la vista ha sido señalada para el día 26 de enero de 2022.

16/11/2021. La Presidenta. Irene García Macías. Firmado. Nº 104.279

ADMINISTRACION LOCAL
AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LA FRONTERA
EDICTO

Aprobado por la Primera Teniente de Alcaldesa Delegada del Área de Gobierno de Economía Productiva, Hacienda y RR.HH., del Excmo. Ayuntamiento de Jerez de la Frontera, Acuerdo de inicio de expediente de prescripción de derechos por devolución de ingresos generados hasta el año 2005 inclusive, por importe de 135.355,85€, en virtud de las facultades delegadas que le corresponden, según delegación efectuada en virtud de Acuerdo dictado por la Junta de Gobierno Local de 21/01/21.

Se expone al público el citado Acuerdo a los efectos de reclamaciones, durante un plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de este Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia. Puede consultarse el mismo en el Tablón de anuncios de la sede electrónica https www.jerez.es/webs_municipales/participacion/
atencion_a_la_ciudadania/registro/tablon_anuncios/ de este Ayuntamiento, en el que se expondrá el texto íntegro y extracto del anexo del Acuerdo mencionado. Lo que se hace público para general conocimiento y dando cumplimiento al Acuerdo adoptado.

Seis de octubre de dos mil veintiuno. Firmado: Laura Álvarez Cabrera, Delegada de Economía, Hacienda, Patrimonio y Recursos Humanos.
Nº 95.210


AYUNTAMIENTO DE PRADO DEL REY
ANUNCIO
Resolución de Alcaldía n.º 2021-1771 del Ayuntamiento De Prado De Rey de fecha 16 de noviembre de 2021 por la que se aprueban las bases y la convocatoria para la de contratación de un/a monitor/a de ludoteca y la constitución de una bolsa de monitor/a de ludoteca, personal laboral, a tiempo parcial, mediante contrato de duración determinada, del Excmo. Ayuntamiento De Prado Del Rey mediante el sistema de oposición libre.

Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía n.º 2021-1771 del ayuntamiento de prado de rey de fecha 16 de noviembre de 2021 por la que se aprueban las bases y la convocatoria para la de contratación de un/a monitor/a de ludoteca y la constitución de una bolsa de monitor/a de ludoteca, personal laboral, a tiempo parcial, mediante contrato de duración determinada, del Excmo. Ayuntamiento De Prado Del Rey mediante el sistema de oposición libre, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Asimismo, se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:
BASES QUE REGIRÁN LA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN DE
UN/A MONITOR/A DE LUDOTECA Y LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA
DE MONITOR/A DE LUDOTECA, PERSONAL LABORAL, A TIEMPO
PARCIAL, MEDIANTE CONTRATO DE DURACIÓN DETERMINADA, DEL
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PRADO DEL REY MEDIANTE EL SISTEMA
DE OPOSICIÓN LIBRE.

1.- JUSTIFICACIÓN Y OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

Las presentes Bases tienen por objeto la contratación de un monitor/a de Ludoteca y creación de una Bolsa de Empleo de Monitores/as de Ludoteca, con el propósito de contar con una relación de personas interesadas en la posible contratación para los Servicios de Ludoteca del Excmo. Ayuntamiento de Prado del Rey, al amparo del Convenio de Colaboración que mantiene este Ayuntamiento con la Diputación Provincial de Cádiz en materia de servicios sociales comunitarios, y que se renueva con carácter anual, para el programa de Prevención y Reinserción de ludotecas.

La selección se realizará por el sistema de oposición libre; el orden de colocación de cada aspirante será consecuencia de la puntuación obtenida en el proceso de selección. La modalidad de contrato es por obra o servicio, sujeto al programa de referencia, regulada por el artículo 15 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

La jornada de trabajo será a tiempo parcial 16h semanales,que podrá ser modificada en función de lo que se disponga en los convenios para el mantenimiento del servicio se pudieran firmar en el futuro con la Excma. Diputación Provincial de Cádiz.

2.- CONVOCATORIA Y PUBLICIDAD.

La Alcaldía del Excmo. Ayuntamiento de Prado del Rey dentro del plazo legalmente establecido procede a convocar las presentes pruebas selectivas.

Las presentes Bases Específicas de las pruebas selectivas, así como la correspondiente convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia B.O.P., Tablón de Anuncios, Página Web de la Corporación.

26 de noviembre de 2021

3.- ASPIRANTES: REQUISITOS

Para la admisión a la realización de las pruebas, los aspirantes deberán reunir en el día de finalización del plazo de presentación de instancias los siguientes requisitos:

1. Ser de nacionalidad española, nacional de un estado miembro de la Unión Europea o poseer la nacionalidad de cualquier otro estado a que venga obligado el Reino de España por acuerdos internacionales.

2. Ser cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. También serán admitidos los descendientes de los nacionales de los estados antes indicados o de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

3. Tener cumplida la edad de 16 años y no exceder, en su caso, la edad máxima de jubilación forzosa.

4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. En el supuesto de discapacidad deberá acreditarse la compatibilidad de ésta con el desempeño de las tareas de la plaza a la que se pretende acceder.

5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

6. No hallarse en ninguno de los supuestos de incapacidad, establecidos en la legislación vigente.

7. Estar en posesión de algunas de las siguientes formaciones profesionales:
Grado superior en Educación Infantil, Animación Sociocultural, o Integración Social, o estar en posesión de la Diplomatura o Grado de Magisterio en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación
8. Estar en posición del certificado negativo del Registro Central de delincuentes sexuales actualizado a la fecha del plazo de presentación de las solicitudes.

4º.- SOLICITUDES

4.1. - En el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud conforme a la establecida en el Anexo II, siendo un deficiencia no subsanable el presentarla de otra forma, dirigida al titular de la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento, adjuntando la siguiente documentación:
- Fotocopia del D.N.I.
- Documento acreditativo de estar en posesión del título exigido en la presente convocatoria.
- Certificado negativo del Registro Central de delincuentes sexuales actualizado a la fecha de la convocatoria.
- Declaración jurada concerniente a que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos Anexo III.

4.2. - Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o conforme a lo dispuesto en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4.3. - Si alguna de las solicitudes adolece de algún defecto, se requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días hábiles subsane la falta o, en su caso, acompañe los documentos preceptivos, indicándole que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que se dictará al efecto, de conformidad con lo establecido en el art. 68 de la citada Ley.

4.4. - Las solicitudes presentadas por correo ordinario o a través de Registros de otras Administraciones Públicas deberá comunicarse a esta Corporación a través de correo pradodelrey@dipucadiz.es , aportando justificante de la fecha de remisión de la solicitud.

5º.- ADMISIÓN.

Expirado el plazo de presentación de solicitudes, por la Presidencia se dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de las personas admitidas y excluidas.

En dicha Resolución, que se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la web municipal, se señalará un plazo de 10 días hábiles para que se puedan formular reclamaciones o subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión.

Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la web municipal. En la misma publicación se hará constar la composición del órgano de selección.

6º.- TRIBUNAL CALIFICADOR

El Tribunal de selección estará compuesto, según lo dispuesto en los artículos 4 e y f del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y en la Disposición Adicional 1a.1. c de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, por:
- Presidente/a: Un/a funcionario/a de carrera o personal laboral fijo designado/a por el Presidente de la Corporación.
- Secretario/a: Un/a funcionario/a de carrera o personal laboral fijo designado/a por el Presidente de la Corporación.
- Vocales: Tres funcionarios/as de carrera o personal laboral fijo designados/as por el Presidente de la Corporación.

La composición de los Tribunales será predominantemente técnica debiendo poseer todos sus miembros un nivel de titulación igual o superior al exigido para el

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 26/11/2021

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha26/11/2021

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6017

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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