Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 26/5/2020

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 8

B.O.P. DE CADIZ NUM. 97

no se han visto afectados por el cierre, pero decretado por el RD 463/2020 de 14 de marzo. Presupuesto: 50.000 €.

Serán gastos subvencionables conforme a la Ley 38/2003 de 17 de noviembre de 2003:
1. Costes Salariales 2. Alquiler/Canon del establecimiento empresarial 3. Seguros relacionados con la actividad.
4. Impuesto sobre Bienes Inmuebles IBI relacionados con la actividad y abonados por la persona beneficiaria.
5. Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica IVTM relacionado con la actividad.
6. Tasas y tarifas efectivamente pagadas relacionadas con la actividad.
7. Otros Gastos de Funcionamiento de la actividad.

El plazo de ejecución para la acreditación de los gastos será del 15 de marzo de 2020 al 31 de agosto de 2020.

Créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención.

Se informa sobre la existencia de crédito suficiente según documento emitido de retención de crédito presupuestario con fecha 29 de abril del presente año, por un importe de 250.000 euros, número de operación 220200006272 de gasto. El presupuesto destinado a las 3 líneas es de 250.000 €.

Línea 1: De ayudas al sector de la Hostelería, Organización de Espectáculos y Eventos que se encuentren entre los que han sido afectados por el cese de la actividad conforme al RD 463/2020 de 14 de marzo. Presupuesto: 100.000 €. La cuantía máxima subvencionable será de 1.000 €

Línea 2: De ayudas al sector del Comercio Menor y no incluidos en línea 1 que se encuentren entre los que han sido afectados por el cese de la actividad conforme al RD 463/2020 de 14 de marzo: Presupuesto: 100.000 €. La cuantía máxima subvencionable será de 1.000 €

Línea 3: De ayudas al resto de sectores no incluidos en líneas 1 y 2 y que no se han visto afectados por el cierre decretado por el RD 463/2020 de 14 de marzo.
Presupuesto: 50.000 €. La cuantía máxima subvencionable será de 500 €

Requisitos para solicitar la subvención, beneficiarios y condiciones de acceso
Podrán solicitar esta subvención aquellas personas físicas o jurídicas, legalmente constituidas que lleven a cabo las actividades empresariales que motivan la concesión de la subvención y que cumplan los siguientes requisitos:
a Que la actividad económica sea desarrollada por una persona autónoma, una microempresa o pequeña empresa.
b Para personas físicas estar afiliados y en alta, en la fecha de la declaración del estado de alarma, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o en la Mutua profesional correspondiente o, en su caso, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar y en Hacienda.
c Para Personas jurídicas, sociedades civiles y comunidades de bienes estar de alta en el impuesto de actividades económicas en la fecha de la declaración del estado de alarma d Para las beneficiarios de la línea 3: Que la actividad que desarrollan se haya visto afectada por el cierre de establecimientos dispuesto RD 465/2020 de 17 de marzo que modifica el artículo 10 del RD 463/2020 de 14 de marzo o, no siendo este el caso, que la actividad desarrollada por la empresa haya sufrido una reducción de su facturación en el mes anterior a la solicitud de esta subvención de al menos el 75%, en relación con la media efectuada en el semestre natural anterior a la declaración del estado de alarma. Cuando la persona física o jurídica no lleve de alta los 6 meses naturales exigidos para acreditar la reducción de los ingresos, la valoración se llevará a cabo teniendo en cuenta el periodo de actividad.
e Que tenga establecimiento abierto al público en San Fernando. En caso de que por la naturaleza de la actividad desarrollada no se disponga de establecimiento abierto al público, que el domicilio fiscal se encuentre en San Fernando.
f No encontrarse incursas en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular, estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal AEAT y con la Tesorería General de la Seguridad Social TGSS.
Este requisito debe cumplirse desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la fecha del pago de la subvención, en su caso.
g No tener deuda alguna pendiente en periodo ejecutivo con la Administración Municipal en el momento de la solicitud de la Ayuda y en el momento del pago de la misma.
h Haber justificado cualquier subvención que le haya sido concedida con anterioridad por el Ayuntamiento de San Fernando, siempre que haya finalizado el correspondiente plazo de justificación.
i En caso de comunidades de bienes y sociedades civiles debe nombrarse una persona representante apoderada, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que corresponden a la agrupación o comunidad de bienes.

Plazo de presentación de solicitudes, y forma de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales a partir del día siguiente a la publicación del extracto del decreto de la Sra. Delegada General de Desarrollo Turístico y Empleo de de la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva por trámite de urgencia dirigida a autónomos, microempresas o pequeñas empresas del municipio de San Fernando de la en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz BOP. Las solicitudes, que deberán dirigirse al Ayuntamiento de San Fernando, se cumplimentarán por vía telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de San Fernando. Para la identificación del usuario en esta Sede, el Ayuntamiento de San Fernando admite las modalidades que ofrece la plataforma Cl@ve: Certificado digital: Con carácter general, para personas físicas, se admite el DNI electrónico y todos los certificados reconocidos incluidos
26 de mayo de 2020

en la Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación establecidos en España, publicada en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo. Para personas jurídicas y empresas, esta sede admite la identificación mediante certificados emitidos por FNMT.

En San Fernando a fecha de firma electrónica. La Delegada General del Área de Desarrollo Turístico y Empleo. SAN FERNANDO, 07 de mayo de 2020.
DELAGE COMELLA JUAN PABLO Técnico patrimonio MORENO GOMEZ
MARIA REGLA Delegada Gral. Área Desarrollo Turístico y Empleo. Nº 24.964

ADMINISTRACION DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3
CADIZ
EDICTO

D/D LIDIA ALCALA COIRADA, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 3
DE CADIZ. HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 268/2020 a instancia de la parte actora D/D. INMACULADA VILLAR MAYO contra SERVICIOS INTEGRALES DE PERSONAL S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado RESOLUCION del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

S.S. Iltma. DIJO: Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de la demandada SERVICIOS
INTEGRALES DE PERSONAL S.L. en cantidad suficiente a cubrir la suma de 5,928,17 euros en concepto de principal, más la de 600,00 euros calculadas para y gastos, debiéndose guardar en la diligencia, el orden establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, advirtiéndose al ejecutado, administrador, representante, encargado o tercero, en cuyo poder se encuentren los bienes, de las obligaciones y responsabilidades derivadas del depósito que le incumbirán hasta que se nombre depositario.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo/a. Sr./Sra. D./Dña.
FRANCISCO DE BORJA DERQUI-TOGORES DE BENITO, MAGISTRADO JUEZ
del JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 3 DE CADIZ. Doy fe.

EL/LA MAGISTRADO JUEZ. EL/LA LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo mandado. Doy fe.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda. Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."

Y para que sirva de notificación al demandado SERVICIOS INTEGRALES
DE PERSONAL S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En CADIZ, a veinticuatro de abril de dos mil veinte. EL/LA LETRADO/A
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Firmado.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda. Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."

Nº 24.541

.
.P

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Teléfono: 956 213 861 4 líneas. Fax: 956 220 783
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O .
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INSERCIONES: Previo pago Carácter tarifa normal: 0,107 euros IVA no incluido.
Carácter tarifa urgente: 0,212 euros IVA no incluido.
PUBLICACION: de lunes a viernes hábiles.
Depósito Legal: CAI - 1959

Ejemplares sueltos: 1,14 euros

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 26/5/2020

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha26/05/2020

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones6006

Primera edición02/01/2001

Ultima edición29/04/2024

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