Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 11/10/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

11 de octubre de 2019

B.O.P. DE CADIZ NUM. 195

febrero de 2019 con números de registro de entrada 1502/19, 1503/19 y 1504/19, y el informe de fiscalización nº 96 de fecha 21 de agosto de 2019, sobre los expedientes nº 2, 3 y 4 de depuración de saldos de derechos reconocidos correspondientes a los ejercicios 2005, 2006 y 2007 por importes respectivos de 39.996,06 euros; 76.874,81
euros y 105.500,34 euros, que ascienden a un total de 222.371,21 euros y en base a la legislación vigente, PROPONGO declarar la baja por depuración de saldos conforme a los informes mencionados, correspondientes a deudas tributaras y otros ingresos de derecho público local de los ejercicios 2005, 2006 y 2007 que a continuación se relaciona:

El importe de valores correspondientes al ejercicio 2005 comprende 246
recibos por importe de 39.996,06 euros, que se inicia con el documento 2011026459176, BARIN SA, y termina con el documento 4861000000454 RODRIGUEZ BRENES
ANDRES.

El importe de valores correspondiente al ejercicio 2006 comprende 660
recibos por importe de 76.874,81 euros, que se inicia con el documento 2011007124070, AMAR CANTO ANDRES, y termina con el documento 7411000000411 MORENO
CAMELO JUAN JOSE.

El importe de valores correspondiente al ejercicio 2007 comprende 834
recibos por importe de 105.500,34 euros, que se inicia con el documento 2011008483513, DE ALBA SOLIS ANTONIA, y termina con el documento 7131000005670 BARRIOS
RIVAS VLADIMIR.

HE RESUELTO:

PRIMERO.- Aprobar inicialmente el expediente de depuración de saldos de derechos reconocidos correspondientes a deudas tributarias y otros Ingresos de Derecho Público Local, referidos a los ejercicios 2005, 2006 y 2007, ascendente a 1740 recibos por importe de DOSCIENTOS VEINTIDOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UN
EUROS CON VEINTIÚN CÉNTIMOS 222.371,21 € al no haber materializado su cobranza en el periodo establecido legalmente y no ser posible su cobro.

SEGUNDO.- En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4
del Real Decreto Legislativo2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por un plazo de quince días a contar desde el siguiente de la inserción de Edictos en el Tablón Municipal y en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

16/09/2019. El Alcalde-Presidente. Fdo.: Juan Manuel Bermudez Escamez.
La Secretaria General. Fdo.: María Luz Rodríguez Díaz.
Nº 71.555


Ayuntamiento de Chipiona ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA

El expediente de modificación de crédito n.º 22/2019 en la modalidad de Transferencia de Crédito entre aplicaciones de gasto de distinta área de gasto, financiado con cargo a bajas de créditos, y cuya aprobación inicial fue publicada en el BOP Nº 160 de 22 de agosto de 2019, ha quedado aprobado definitivamente, por no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público.
De conformidad a lo dispuesto en los art. 169, 170, 171 y 179.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el R.D.L. 2/2004 de 5
de marzo, se procede a su publicación con el siguiente detalle:
Altas en Aplicaciones de Gastos:
Aplicación Progr. Económica 171

22111

Descripción Parques y jardinessuministro materiales TOTAL

Créditos Modificaciones Créditos iniciales de crédito Finales 3.000,00

13.000,00

18000,00

3.000,00

13.000,00

18000,00

Dichos gastos se financian, de conformidad con el artículo 177.4 RDL
2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, así como el artículo 36.1.b del Real Decreto 500/1990, con cargo a bajas de créditos de las partidas que se detallan a continuación:
Bajas en Aplicaciones de Gastos:
Aplicación Progr. Económica
Descripción
Créditos Modificaciones Créditos iniciales de crédito Finales
410

22106

Agricultura-Productos fitosanitarios
5.000,00

5.000,00

0

410

22700

Agricultura-Trabajos limpieza otra empresa
6.000,00

6.000,00

0

410

22799

Agricultura-Trabajos técnicos
2.000,00

2.000,00

0

13.000,00

13.000,00

0

TOTAL

Contra la aprobación definitiva podrá interponerse directamente recurso contenciosoadministrativo en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

En Chipiona, a 25 de septiembre de 2019. El Alcalde, Fdo.: Luis Mario
Aparcero Fernandez de Retana ___________________

Página 3
Nº 75.426

Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar EDICTO

ANUNCIO: Aprobación Plan de Disposición de Fondos de la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar.

Por Resolución de la Presidencia de fecha 19 de septiembre de 2019 se aprueba el Plan de Disposición de Fondos de la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar, cuyo contenido se expone al público, conforme establece el artículo 45.3
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Común de las Administraciones Públicas, PRINCIPIOS GENERALES

1. El Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería de la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar tiene por objeto regular los criterios para la expedición de las órdenes de pago, para de esta manera acomodar la expedición de las órdenes de pago a las disponibilidades dineradas.

2. La gestión de los fondos integrantes de la tesorería, salvo disposición legal en contrario, se realizará bajo el principio de unidad de caja con la centralización de todos los fondos y valores generados por operaciones presupuestarias y no presupuestarias.
Se ordena a la Tesorería la utilización de todos los recursos dinerarios disponibles para el pago de las obligaciones.

3. El pago de los intereses y capital de la deuda pública gozarán de prioridad absoluta frente a cualquier otro gasto en cumplimiento del artículo 14 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

4. La cuantía de los pagos ordenados se ajustará a lo dispuesto en este Plan de Disposición de fondos.
PLANIFICACIÓN Y ORDENACIÓN DE PAGOS

El Presupuesto de Tesorería se concretará en previsiones mensuales en base a las cuales se programarán los pagos. Dicho Presupuesto de Tesorería se aprobará anualmente y se irá revisando trimestralmente.
PRELACION DE PAGOS

Cuando las disponibilidades de fondos ciertas o estimadas no permitan atender el pago de la totalidad de las obligaciones reconocidas vencidas, líquidas y exigibles, se establece con carácter general las siguientes prioridades en la ordenación y ejecución material de los pagos:

Nivel 1º Pago de los intereses y el capital de la deuda pública a corto y largo plazo, que serán satisfechos a sus respectivos vencimientos.

Nivel 2º. Gastos de personal. Se incluyen los gastos relativos al personal que preste servicio en la Mancomunidad de Municipios, tanto funcionarios, laborales, contratados, eventuales y cargos electos cualquiera que sea el concepto por el que se satisfacen.

También se incluyen los pagos no presupuestarios por retenciones practicadas en la nómina. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF, cotizaciones a la Seguridad Social, retenciones judiciales, embargos y cualquier otra retención legalmente establecida.

Así como los pagos de las aportaciones de la entidad a los Regímenes de la Seguridad Social u otros especiales.

Nivel 3º. Pagos de obligaciones contraídas en ejercicios anteriores tanto de naturaleza presupuestaria como no presupuestaria.

Nivel 4º. Pagos a la Hacienda Pública Estatal por tributos retenidos o repercutidos a terceros. Así como otros pagos por obligaciones tributarias distintas a las anteriores, y pagos por publicaciones en diarios Oficiales.

Nivel 5º. Subvenciones y transferencias de servicios sociales de carácter asistencial. Ayudas de emergencia social.

Nivel 6º. Pagos derivados de ejecución de resoluciones judiciales firmes.

Nivel 7º. Pagos de primas de pólizas de seguros. Se establece esta prioridad en el pago de primas de seguros multiriesgo, de vehículos, de responsabilidad civil y en general, de todos aquellos que tengan suscritos la Mancomunidad para cubrir los riesgos que se tuvieren contratados, debiendo ser abonados a la fecha de vencimiento a fin de evitar perjuicios y responsabilidades a la Entidad.

Nivel 8º. Pago del justiprecio de expropiaciones y pago de indemnizaciones.

Nivel 9º. Pagos por devoluciones de garantías, fianzas o depósitos constituidos en metálico. Así como devoluciones de ingresos debidos, indebidos, duplicados o excesivos.

Nivel 10. Reposiciones de anticipos de caja fija y pagos a justificar.

Nivel 11. Subvenciones y transferencias.

Nivel 12. Pagos por compra de bienes y suministros, por prestación de servicios, obras e inversiones. Con carácter general pagos correspondientes a acreedores incluidos en el capítulo II y VI de la orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales, no incluidos en apartados anteriores.

Nivel 13. Restos de pago no incluidos en los apartados anteriores.
NORMAS ESPECÍFICAS DE APLICACIÓN

Primera: Quedan exceptuados de la aplicación de este Plan los pagos que hayan de realizarse en formalización y los pagos de obligaciones con origen en gastos financiados con ingresos afectados que por disposición legal, su financiación constituya tesorería separada.

Asimismo, quedan exceptuados los pagos en concepto de amortización de los prestamos ICO vinculados a ingresos procedentes de la sociedad Aguas y Residuos del Campo de Gibraltar S.A. para dicha finalidad.

Segunda: Cuando se trate de gastos financiado con subvenciones finalistas en los que el cobro de las mismas esté condicionado a la justificación del pago de los citados gastos, o en caso de reintegro de subvenciones cuya justificación sea necesaria para la obtención de la concesión o cobro de otras subvenciones, podrá alterarse el orden de prelación de los pagos con la exclusiva finalidad de justificar aquellos, respetando

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 11/10/2019

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha11/10/2019

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6012

Primera edición02/01/2001

Ultima edición08/05/2024

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