Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 14/8/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

14 de agosto de 2019

B.O.P. DE CADIZ NUM. 155

deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En JEREZ DE LA FRONTERA, a dieciocho de julio de dos mil diecinueve.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. FIRMADO POR
JERÓNIMO GESTOSO DE LA FUENTE.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 57.913


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3
JEREZ DE LA FRONTERA
EDICTO

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1139/2018 Negociado: T N.I.G.:
1102044420180003315

De: D/D. RAFAEL LLANERA OTERO

Abogado: SARA ALMADA GAVELA

Contra: D/D. JULCONST OBRAS REFORMAS Y PROYECTOS, S.L., MAPRESCOBAR, S.L. y FOGASA

D/D. JERÓNIMO GESTOSO DE LA FUENTE, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº3 DE JEREZ
DE LA FRONTERA

HACE SABER:

Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 1139/2018 se ha acordado citar a JULCONST OBRAS REFORMAS Y PROYECTOS, S.L. como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 11 DE FEBRERO DE 2020, A LAS 10:45 HORAS para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en AVENIDAALCALDE ALVARO DOMECQ, Nº 1. EDIFICIO ALCAZABA debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de CONFESION JUDICIAL.

Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada.
Y para que sirva de citación a JULCONST OBRAS REFORMAS Y PROYECTOS, S.L..

Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios.

En JEREZ DE LA FRONTERA, a dieciocho de julio de dos mil diecinueve.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. FIRMADO POR
JERÓNIMO GESTOSO DE LA FUENTE.
Nº 57.915


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3
JEREZ DE LA FRONTERA
EDICTO

D/D JERÓNIMO GESTOSO DE LA FUENTE, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº3 DE
JEREZ DE LA FRONTERA.

HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 679/2018 a instancia de la parte actora D/D. MARTA RODRIGUEZ VERA, INMACULADA
PONCE DE LA CRUZ, PATRICIA GARCIA SALAS, BEATRIZ BENITEZ
MORENO, ANA MARIA MARISCAL NAVAS, AGUSTIN ACOSA MATARO, YAIZA QUIÑONES MOTA, ISABEL MARIA IGLESIAS DIAZ, LAURA GUILLEN
BERNAL, CRISTINA RUBIO NUÑEZ, AIDA MARIA PACHECO CARRATALA y MARIA ESTEFANIA BOHORQUEZ RODRIGUEZ contra I ANDALUCIA DENTAL
PROYECTO ODONTOLOGICO SL, FOGASA y ADMINISTRACION CONCURSAL
ERNST & YOUNG ABOGADOS S.L.P. sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado RESOLUCION de fecha 15/7/2019 del tenor literal siguiente:
SENTENCIA Nº 272/2019

En la ciudad de Jerez de la Frontera, a 15 de julio de 2019, vistos por mí, D. María Emma Ortega Herrero, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social n 3 de Jerez de la Frontera, en juicio oral los autos 679/18 sobre reclamación de cantidad, seguidos a instancia de DOÑA YAIZA QUIÑONES MOTA y otros representados a los que se acumularon los autos seguidos con el número 823/18, seguidos a instancia de DOÑA PATRICIA GUERRERO, representados y asistidos por el Letrado Don Antonio Sanchez Pastoril , contra I ANDALUCIA DENTAL PROYECTO ODONTOLOGICO
S.L,ADMON CONCURSAL ERNST&YOUNG ABOGADOS S.L que no comparecen pese a estar citados en legal forma, y FOGASA, asistido de la Letrada Doña Clotilde Cantizani, procede dictar la presente resolución atendidos los siguientes FALLO

Que ESTIMANDO la demanda interpuesta por Y OTROS, CONDENO
a la empresa demandada I ANDALUCIA DENTAL PROYECTO ODONTOLOGICO
S.L a que abone a los actores las siguientes cantidades:
YAIZA QUIÑONES MOTA.-

5.289,81 €.

Página 11

MARTA RODRIGUE VERA.-

3.123,15 €.

INMACULADA PONCE DE LA CRUZ.-

3.038,34 €.

PATRICIA GARCIA SALAS.-

2.842,98 €.

BEATRIZ BENITEZ MORENO.-

5.266,85 €.

ANA MARIA MARISCAL NAVAS.-

5.266,85 €.

AGISTIN ACOSA MATARO.-

5.266,85 €.

MARIA ESTEFANIA BOHORQUEZ RODRIGUEZ.-

5.266,85 €.

ISABEL MARIA IGLESIAS DIAZ.-

5.266,85 €.

LAURA GUILLEN BERNAL.-

4.462,94 €.

CRISTINA RUBIO NUÑEZ.-

1.847,77 €.

AIDA MARIA PACHECO CARRATALA.-

2.604,00 €

PATRICIA GUERRERO PEREZ.-

3.123,15 €

más el interés por mora del 10%, respecto de los conceptos salariales, condenando al FGS a estar y pasar por las declaraciones fácticas y jurídicas expresas o inherentes a esta resolución, sin más pronunciamiento por ahora respecto de dicho organismo.

Sin pronunciamiento respecto de la Administración Concursal sin perjuicio de sus responsabilidades legales.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer RECURSO DE SUPLICACIÓN ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el cual deberá anunciarse ante este Juzgado en el acto de la notificación de esta sentencia, bastando para ello la manifestación en tal sentido de la parte, de su Abogado, Graduado Social colegiado o de su representante en el momento de hacerle la notificación, o dentro de los cinco días siguientes al en que tenga lugar dicha notificación, por escrito o comparecencia.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, deberá acreditar en su caso, al tiempo de anunciar el recurso, haber ingresado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado nº 4427000065067918 abierta en la entidad SANTANDER haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento, la cantidad total objeto de condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista.

De igual modo, deberá acreditar, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado como depósito la cantidad de 300 € en la cuenta bancaria referenciada con indicación igualmente del número de procedimiento.

Para la interposición del recurso la empresa, deberá acreditar haber ingresado en concepto de tasa judicial la cantidad correspondiente en la cuenta bancaria referenciada con indicación igualmente del número de procedimiento, todo ello sin perjuicio de las exenciones legalmente previstas para recurrir.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo D. María Emma Ortega Herrero, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social nº 3 de Jerez de la Frontera.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la Ilma. Magistrada Juez que la dictó, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, de todo lo cual doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado I ANDALUCIA DENTAL
PROYECTO ODONTOLOGICO SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En JEREZ DE LA FRONTERA, a dieciocho de julio de dos mil diecinueve.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. FIRMADO POR
JERÓNIMO GESTOSO DE LA FUENTE.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 57.921


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3
JEREZ DE LA FRONTERA
EDICTO

Procedimiento: Despidos/ Ceses en general 869/2017 Negociado: T N.I.G.:
1102044420170002367

De: D/D. JUAN LUIS GALAN MIRANDA

Abogado: BENITO ROMERO LOZANO

Contra: D/D. AURASER 24 SL, FOGASA, DAMATERRA, S.L., CARMEN, SERRAMAR VIGILANCIA Y SEGURIDAD, S.L., SANCUS

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 14/8/2019

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha14/08/2019

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6012

Primera edición02/01/2001

Ultima edición08/05/2024

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