Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 13/8/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 4

B.O.P. DE CADIZ NUM. 154

6.- Las subvenciones públicas. Concepto. Normativa de aplicación general. . Procedimiento de concesión y gestión de subvenciones. Reintegro de subvenciones.

7.- Estrategia Regional Andaluza para la Cohesión e Inclusión Social.
Intervención en zonas desfavorecidas. Principios rectores y objetivo general. Ejes y objetivos operativos. Líneas de subvenciones y procedimiento de justificación.

8.- El Plan Local de Intervención en zonas desfavorecidas del municipio de San Fernando. Bda. Bazán, Estructura. Antecedentes y fundamentación. Principios rectores y objetivos operativos. Comisión Local de Impulso Comunitario CLIC:
Funciones.

9.- La coordinación desde los Servicios Sociales comunitarios con los diferentes sistemas de protección educación, salud, empleo, vivienda y otros servicios públicos.

10.- La mediación y el Desarrollo Comunitario.

11.- La intervención con menores desde los Servicios Sociales Comunitarios.
El trabajo social con menores. Recursos relacionados con menores.

12.- Trabajo social y exclusión. La Renta mínima de Inserción Social de Andalucía. Actuaciones del trabajador/a social.

13.- La intervención del trabajador/a social en el sistema para la autonomía y atención a las personas en situación de dependencia.

14.- Trabajo social y actuaciones en materia de vivienda. Regulación jurídica. Acceso a las ayudas existentes. Apoyo y asesoramiento para aquellas personas que necesiten la regularización jurídica de su vivienda habitual. Coordinación con los dispositivos y administraciones competentes.

15.- La inserción socio-laboral de colectivos en situación o riesgo de exclusión social. La intervención del trabajador/a social. Tutorización y mediación en materia de inserción social.

16.- La intervención de los Servicios Sociales en situaciones de urgencia y emergencia social.

17.- Mujeres en situación de dificultad Social. Aspectos legales y sociales.
Programas y recursos de atención a la mujer en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Intervención profesional del trabajador/a social. Plan para la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres de San Fernando 2018 - 2020

18.- La intervención social en el absentismo escolar, la desescolarización y el abandono escolar desde los Servicios Sociales Comunitarios. Protocolos de actuación.
Acciones de intermediación entre las familias y la comunidad educativa que permitan incrementar el éxito académico y reducir el abandono escolar temprano.

19.- Trabajo social y salud. La intervención social desde los Servicios Sociales comunitarios y la coordinación con los dispositivos sanitarios. Actuaciones de promoción de hábitos saludables y preventivos con especial incidencia en los menores de edad.

20.- El voluntariado social. La acción voluntaria: Definición, ámbito de actuación, derechos y deberes. Papel del trabajador/a social en la Iniciativa Social y el Voluntariado. Las Entidades de la iniciativa social y asociaciones y su papel en los Servicios Sociales Comunitarios.

B Sistema de Calificación: La calificación máxima a obtener en la oposición será de 10 puntos, siendo eliminados aquellos candidatos que no alcancen un mínimo de 5 puntos. La calificación de cada ejercicio se determinará por la media resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal, eliminándose en todo caso las puntuaciones máxima y mínima cuando entre éstas exista una diferencia igual o superior a 3 puntos.

La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios de a oposición y se harán públicas en el Tablón de Anuncios de la Corporación. En caso de empate se resolverá a favor del aspirante que haya obtenido mayor puntuación en el ejercicio práctico, y si persistiera, el Tribunal determinará la forma de dirimir el empate incluyendo, de ser necesaria la realización de otro ejercicio relacionado con las funciones y temario indicados.

6.- DESARROLLO DE LOS EJERCICIOS.

6.1. Los/as aspirantes serán convocados para los ejercicios en llamamiento único y a través de la Resolución por la que se apruebe la lista provisional de admitidos y excluidos a que se refiere la norma 4 Admisión de Aspirantes de estas Bases y se publicará Tablón de Anuncios de la Corporación, señalando en dicho Anuncio lugar, día y hora de celebración de la prueba, quedando citados para ello los aspirantes.

6.2. Una vez iniciado el proceso selectivo, los anuncios se harán públicos en el Tablón de Anuncios de la Corporación y en los mismos se indicará día, hora y lugar de celebración de la prueba siguiente dándose con ello por convocados los aspirantes que hayan superado la prueba anterior.

En cualquier momento, el Tribunal de Calificación podrá requerir a los aspirantes la acreditación de su personalidad, así como los requisitos exigidos para tomar parte en las pruebas selectivas.

7.- PROPUESTA DE NOMBRAMIENTO. PRESENTACIÓN DE
DOCUMENTOS. NOMBRAMIENTO COMO FUNCIONARIO INTERINO.

7.1. Concluido el proceso selectivo, el/la Presidente/a del Tribunal de Calificación hará público el resultado mediante inserción en el Tablón de Anuncios de la Corporación de la lista de aprobados por orden de puntuación, y elevará al AlcaldesaPresidenta la propuesta de nombramiento.

La resolución del Tribunal de Calificación vincula a la Administración Municipal, sin perjuicio de que ésta pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los arts. 106 y ss. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

7.2. Los/as aspirantes que superen el proceso selectivo y sean propuestos por el Tribunal de Calificación, aportarán a través del Registro General del Ayuntamiento, dentro del plazo de 5 días naturales desde que se haga pública la relación de aprobados a que alude el apartado 1 anterior, los documentos siguientes, acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos:

A Declaración jurada de no hallarse incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad e incapacidad establecidas en las disposiciones vigentes.

13 de agosto de 2019

B Declaración jurada de no haber sido separado del servicio de ninguna administración pública, ni inhabilitado para el ejercicio de la función pública.

C Certificado Médico acreditativo de que poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

D Copia compulsada del documento nacional de identidad y del título exigido en la convocatoria.

7.3. La Resolución por la que se acuerde el nombramiento como funcionarios interinos de las personas seleccionadas se publicará en el Tablón de Anuncios de la Corporación.

8.- TRIBUNAL DE CALIFICACIÓN.

8.1. Estará integrado por: Presidente/a: Un/a Empleado/a público, designado/a por la Alcaldía Presidencia. Vocales: Cuatro empleados/as públicos, designados/as por la Alcaldía Presidencia. Secretario/a: Un/a empleado/a público/a, con voz y sin voto. Los/las vocales habrán de estar en posesión de titulación igual o superior a la exigida a los/las candidatos/as para participar en el procedimiento.

8.2. Para la válida constitución del Tribunal de Calificación en cada una de sus sesiones, bastará la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente.

8.3. El Tribunal queda facultada para resolver las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las bases, para decidir respecto de lo no contemplado en las mismas en orden a la mejor realización y desarrollo del proceso, así como para incorporar especialistas en aquellas pruebas cuyo contenido lo requiera.

9.- LISTA DE RESERVA.

Se establecerá una lista de reserva, exclusivamente para la cobertura de sustituciones y vacantes de las plazas ofertadas, así como para el supuesto que se incremente el número de plazas ofertadas en los términos previstos en la Comunicación nº. 1 del Jefe del Gabinete de Planificación y Relaciones Institucionales de la Secretaría General de Políticas Sociales y Conciliación de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación que señala, entre otras consideraciones, lo siguiente:

Dado que la contratación de personal inicialmente prevista para el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2018 y 31 de agosto de 2019 no podrá ajustarse a las fechas señaladas, se informa que, con el objetivo de optimizar los recursos recibidos, la entidad beneficiaria, previo estudio y análisis de sus necesidades, puede instar la modificación de la relación de contrataciones señaladas en su solicitud y en el Plan Local de Intervención recogidas en el anexo I a la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación. Esta modificación podrá consistir en:

- El incremento del número de personas contratadas.
En cualquier caso, no puede afectar a la ampliación de plazos de ejecución art.20.4 de la Orden de 3 de mayo de 2018.

En el supuesto caso de que dicha solicitud modificara la distribución de créditos señalados en el desglose presupuestario del Resuelve 1º de la Resolución de concesión de fecha 21 de diciembre de 2018 se procederá por parte del órgano competente a modificarla de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 20 de la Orden de 3 de mayo de 2018.

Por todo ello, por este Ayuntamiento se solicitara a la Secretaría General de Servicios Sociales la modificación de la relación de contrataciones señaladas en su solicitud y en el Plan Local de Intervención correspondiente a la 1 anualidad 1 de septiembre de 2018 al 31 de agosto de 2019, por importe de 129.101,60 € a efectos de incrementar las tres anualidades siguientes en los siguientes términos:

- Anualidades 2019-2021: 1 de septiembre de 2019 al 31 de agosto de 2022. Se incrementaría en la cantidad de 116.191,44 € a razón de 38.730,48 cada anualidad, destinado a sufragar el coste de 1 trabajador/a social adicional a jornada completa por un periodo de 36 meses.

A esta cantidad habría que sumar el importe de 12.910,16 destinado a sufragar el coste de 1 trabajador/a social adicional a jornada completa por un periodo de 4 meses a jornada completa.

Total. 129.101,60 €

Recepcionada por este Ayuntamiento la resolución de modificación de la Secretaría General de Servicios Sociales en los términos señalados, por la Delegación Municipal de Servicios Sociales se formulara propuesta de nombramiento a favor de las personas siguientes a la/s persona/s seleccionada/s, por riguroso orden de puntuación final obtenida.

Formarán parte todas las personas siguientes a la/s persona/s seleccionada/s, por riguroso orden de puntuación final obtenida, y que hayan aprobado, por lo menos, el primer ejercicio del proceso de selección, salvo que expresamente indique su voluntad de no formar parte de la misma. La lista tendrá vigencia el tiempo de duración de las interinidades que se regulan en el presente proceso selectivo. Aquellas personas que habiendo sido llamadas rehúsen su incorporación a la plaza de que se trate, pasará a ocupar el último lugar en la lista de reserva. El cese voluntario del candidato nombrado supondrá a su vez, su exclusión automática de la lista.

A efectos de esta base, el Tribunal de Selección formará lista ordenada que remitirá al Servicio de Recursos Humanos y a la DGI.

10.- NORMA FINAL.

10.1.- Los plazos previstos en esta convocatoria se computarán en días naturales si no se indica otra cosa, podrán ser ampliados por el/la Presidente/a del Tribunal de Calificación por el tiempo indispensable.

10.2.- Las publicaciones que se deriven del proceso selectivo, se efectuaran en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de San Fernando.

10.3.- A efectos de las previsiones contenidas en Disposición adicional cuadragésima tercera de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado, así como de lo previsto en la Orden de 3 de mayo de 2018 modificada por la Orden de 3 de julio de 2018 de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía y la Resolución de 21/12/2018, de la Secretaría de General de Servicios Sociales por la que se resuelve el procedimiento de concesión de subvención, se identifica como área gestora responsable al Área de Inclusión y Políticas Sociales municipal prevista y establecida en los Decretos Organizativos del Ayuntamiento de San Fernando para ésta legislatura.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 13/8/2019

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha13/08/2019

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6009

Primera edición02/01/2001

Ultima edición03/05/2024

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