Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 15/6/2017

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

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B.O.P. DE CADIZ NUM. 112
JUNTA DE ANDALUCIA

Consejeria de Empleo, Empresa y Comercio Cadiz ANUNCIO DE INFORMACIÓN PUBLICA PARA AUTORIZACIÓN
ADMINISTRATIVA DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA
De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; y con la vigente Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, se somete a INFORMACIÓN PÚBLICA el expediente incoado en esta Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía en Cádiz, con objeto de AUTORIZAR la instalación eléctrica siguiente:
Peticionario: REDEVCO RETAIL ESPAÑA, S.L.
Domicilio: PLAZA MARQUES DE SALAMANCA, 3 - 28006 MADRID
Emplazamiento de la instalación: CTRA. NACIONAL 340- KM. 3,6 - LOCALES
COMERCIALES
Términos municipales afectados: CHICLANA DE LA FRONTERA
Finalidad de la instalación: ATENDER SUMINISTRO
CARACTERÍSTICAS FUNDAMENTALES:
CT Descripción Emplazamiento
Relación Composición Potencia V
CT
1 Suministro Carretera INTERIOR
20.000/420 2L + P con TR1:
a nuevos Nacional 340 PREFABRICADO
aislamiento y 630
locales km 3,6
AISLADO
corte en SF6
comerciales
Línea Descripción 1

Origen
Tipo
Final
Tipo
Tensión Longitud Conductores Apoyos kV km cierre en Nueva Nuevo Subterránea 20
0,026 RH5Z1-OL
anillo arqueta CD
18/30 KV
en linea 3x1x240
subterránea , mm2 Al denominada Chiclana de subestación S. Fernando
REFERENCIA: AT-13560/17
Lo que se hace público para que pueda ser examinada la documentación presentada en esta Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de Cádiz, sita en Plaza Asdrúbal 6. Edificio Junta de Andalucía. 11008 Cádiz, y formularse, al mismo tiempo y por duplicado, las reclamaciones que se estimen oportunas en el plazo de VEINTE DÍAS, a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio.
25/05/2017. LA DELEGADA TERRITORIAL. Fdo.: MARÍA GEMA
PÉREZ LOZANO
Nº 44.153

ADMINISTRACION LOCAL
Ayuntamiento de Barbate ANUNCIO
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 5 de abril de 2017, adoptó entre otros, el siguiente acuerdo:
PRIMERO: Aprobar el Mínimo Vital Básico para el Abastecimiento de Agua y Vertido para Familias con riesgos de exclusión social. Esta aprobación supone una modificación, no sustancial, en el Pliego de Condiciones que rige el contrato de gestión de servicios entre este Ayuntamiento y la entidad FCC AQUALIA, dado las razones de interés público de la medida y la existencia de necesidades nuevas y causas imprevisibles, tal y como dispone el artículo 282 del TRLCSP.
SEGUNDO: Incluir en el Reglamento de Vertido, en su artículo 42.2, las medidas necesarias para garantizar el mínimo vital básico para el suministro de agua y vertido, quedando redactado como sigue:
42.2.- No obstante, no podrá realizarse ninguna suspensión del vertido a los usuarios en riesgo de exclusión social por circunstancias económicas, por impago de los importes derivados del contrato, sin haber recabado un informe previo de los Servicios Sociales del Ayuntamiento, a fin de garantizar el mínimo vital básico a estos usuarios, todo ello siguiente el Protocolo de Interrupción de Suministro y/o Vertido de Asuntos Sociales.
TERCERO: Aprobar el siguiente Protocolo de Interrupción de Suministro y/o Vertido de Asuntos Sociales:
PROTOCOLO DE INTERRUPCIÓN DE SUMINISTRO Y/O VERTIDO DE
ASUNTOS SOCIALES.
En lo relativo al procedimiento a seguir a la hora, tanto de remitir información del impagado como de las acciones a seguir una vez se reciba la información en la Entidad Gestora del Servicio de los expedientes a incluir en este protocolo de actuación se detallan a continuación:
1 La Empresa Concesionaria notificará a los usuarios que, para evitar el corte de suministro por impago de la factura bimensual, deberá obtener la concesión del Mínimo Vital Básico, previa solicitud cursada en Asuntos Sociales, presentando en las oficinas de la empresa concesionaria copia del registro de entrada de dicha solicitud.
2 Con antelación a la fecha prevista de la suspensión del suministro, Asuntos Sociales notificara a la Empresa Concesionaria acerca de la concesión o no del Mínimo Vital Básico, antes de proceder al corte del suministro, o para la interrupción de dicha
15 de junio de 2017

orden de corte.
3 Para acogerse a la ayuda correspondiente al mínimo vital básico, los beneficiarios tendrán que acreditarse como titulares del suministro, o arrendatarios debidamente autorizados, aportar el certificado de empadronamiento y fotocopia de libro de familia, el documento que acredite los ingresos de la unidad familiar, certificado del SAE y la inscripción como demandante de empleo de todos los miembros mayores de edad de la unidad familiar, informe de la vida laboral, pagos de alquileres, préstamos o cualquier otra circunstancia que avale la situación de emergencia. Los beneficiarios de este mínimo vital deberán acreditar que no disponen de medios económicos suficientes para cubrir las necesidades básicas de subsistencia, incluidas las relativas al consumo de agua.
4 La ayuda será revisable bimensualmente, coincidiendo con los períodos de facturación, no obstante el usuario debe informar si, dentro del plazo de la concesión, cambian las circunstancias económicas de la unidad familiar, al objeto de revisar la ayuda concedida.
Si los servicios sociales manifiestan que no han sido informados de dichos cambios se reclamarán las cantidades abonadas desde la fecha detectada.
5 Valorada la situación socioeconómica, si procede a través de un Informe Propuesta emitido por el-la Trabajador-a Social, se tramitará la ayuda de emergencia por vía de urgencia por la cuantía acordada, exigiendo el compromiso del interesado/a de personarse en la empresa gestora para el posible fraccionamiento de la deuda pendiente.
6 Acordada la ayuda, la empresa concesionaria participará en el 50% de la deuda, deduciendo los importes correspondientes a esta cantidad sobre la factura correspondiente o sobre los posibles fraccionamientos de la deuda pendiente.
7 El demandante debe acudir al departamento municipal de Tesorería del Excmo.
Ayuntamiento para retirar la cuantía concedida, hacer efectivo el pago y su posterior justificación en Tesorería y Asuntos Sociales.
Condicionantes:
En caso incumplimiento de los aplazamientos, se procederá a reactivar el procedimiento de suspensión de suministro y/o vertido en los términos que se indican en el RSDA.
La persona que firme el aplazamiento de pago deberá ser titular del suministro, o arrendatarios debidamente autorizados.
CUARTO: Aprobar la creación de un fondo social, para afrontar el pago de las facturas correspondientes a los usuarios acogidos al mínimo vital básico.
Estará constituido al 50% por la partida presupuestaria 231.48000 actualmente de 55.000€, que proviene de fondos de la Junta de Andalucía, creada para hacer frente al pago de facturas de familias en riesgo de exclusión, y al 50% por la empresa concesionaria del servicio.
De los últimos datos suministrados por la Empresa Concesionaria, se ha cortado el suministro a un total de 135 abonados, por razones de impago de los recibos, por un importe total estimado de 24.300€
Se prevé en el escenario más desfavorable, que está cifra pueda aumentar y que se acogerán al pago de la deuda por parte del fondo social unas 200 familias, que el gasto medio bimensual de los importes atendidos será de media 25,15€, por lo que el importe total que será necesario crear para el fondo social ascenderá a 30.180 €
QUINTO: Dar traslado del presente acuerdo a la Intervención de Fondos, Departamento de Servicios Sociales y a FCC AQUALIA empresa concesionaria del Servicio Integral del Agua.
SEXTO: Para general conocimiento de la ciudadanía, publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anuncios Municipal.
09/05/2017. EL ALCALDE., Fdo: Miguel F. Molina Chamorro. Nº 38.693


Ayuntamiento de Bornos ANUNCIO
Habiendo sido publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz número 74 de fecha 21 de abril de 2017, relación de interesados, concepto e importe de créditos a prescribir según informe de la Tesorería Municipal 23 de marzo de 2017, dándose el trámite de AUDIENCIA a los interesados por un plazo de quince días hábiles para lo que considerasen procedente en la defensa de sus intereses, publicándose dicho anuncio en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento, y habiendo transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado alegación alguna al respecto.
Esta Alcaldía, haciendo uso de las facultades que le confiere la vigente legislación de Régimen Local HA RESUELTO:
PRIMERO: La PRESCRIPCIÓN COLECTIVA DE CREDITOS 313, por importe de TRESCIENTOS CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS TREINTA €, CON ONCE CÉNTIMOS 341.330,11 €, correspondiente a ACREEDORES POR
OBLIGACIONES RECONOCIDAS DE PRESUPUESTOS CERRADOS 19992013, que obran en el Área Económica según anexos I y II del Informe de la Tesorería Municipal, dándose de baja dichas obligaciones en la contabilidad municipal, a fecha de la presente.
SEGUNDO: La publicación de este acuerdo definitivo en el Boletín Oficial de la Provincia para informar de dicho acuerdo a los afectados que, contra la presente resolución, definitiva en vía administrativa, cabe interponer potestativamente Recurso de Reposición ante este mismo organismo, en el improrrogable plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, según dispone el art. 123 Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Cádiz, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la publicación en el BOP, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente.
En Bornos, a 27 de marzo de 2017. EL ALCALDE. Fdo.: Hugo Palomares Beltrán.
Nº 43.551


Ayuntamiento de El Puerto de Santa Maria ANUNCIO
Habiéndose aprobado inicialmente por el Pleno de este Ayuntamiento,

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 15/6/2017

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha15/06/2017

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6017

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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