Boletín Oficial de la República Argentina del 03/03/2017 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Buenos Aires, viernes 3
de marzo de 2017

Año CXXV
Número 33.577
Precio $ 20,00
Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947. La edición electrónica del Boletín Oficial produce idénticos efectos jurídicos que su edición impresa Decreto Nº 207/2016.

Sumario
Decretos Decretos

LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD DELESTADO
LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD DELESTADO
Decreto 138/2017. Convalídase lo actuado por el Ministerio de Desarrollo Social en su carácter de representante del Estado Nacional 1

Decreto 138/2017
Convalídase lo actuado por el Ministerio de Desarrollo Social en su carácter de representante del Estado Nacional.
Ciudad de Buenos Aires, 02/03/2017

Resoluciones Secretaría deComercio IMPORTACIONES
Resolución 152-E/2017. Modificación. Resolución N5/2015 2
MINISTERIO DEENERGÍA YMINERÍA
Resolución 45-E/2017. Audiencia Pública. Sedes 2

Resoluciones Generales ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS
Resolución General 4004-E. Procedimiento. Régimen especial de emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales. Resolución General N2.485. Norma complementaria 3
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS
Resolución General 4006-E. Seguridad Social. Ley N27.260, Artículo 58. Plan de Facilidades de Pago alternativo por contribuciones patronales y reducción de alícuota 4
Administración Federal deIngresos Públicos EXPORTACIONES
Resolución General 4001-E. Valores referenciales de carácter preventivo. Resolución General N2716. Norma complementaria 5
Administración Federal deIngresos Públicos IMPUESTOS
Resolución General 4005-E. Impuesto al Valor Agregado. Ley según texto ordenado en 1997 y sus modificaciones. Comercialización de leche fluida sin procesar de ganado bovino. Régimen de retención. R.G. N1.428, sus modificatorias y complementarias. Norma complementaria 6
Administración Federal deIngresos Públicos IMPUESTOS
Resolución General 4003-E. Impuesto a las Ganancias. Régimen de retención. Resolución General N2.437, sus modificatorias y complementarias. Su sustitución. Texto actualizado 6

VISTO el Expediente EX-2016-03839245-APN-MELN del registro de LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO, los Decretos N274 del 11 de marzo de 1998, Nº600 del 4 de junio de 1999 y su modificatorio, Nº1155 del 1 de diciembre de 2003 y el Decreto N743 del 2 de junio de 2016, y el Acta de Asamblea General Extraordinaria del 30 de noviembre de 2016 de LOTERÍA
NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO,y CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N743/16, se convalidó lo actuado por el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL en la Asamblea General Extraordinaria celebrada el 12 de abril de 2016, convocada por el Directorio de LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO.
Que de acuerdo con lo instruido por el artículo 2 del Decreto citado en el Considerando precedente, los representantes de LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO y del INSTITUTO DE JUEGOS DE APUESTAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en el ámbito de la Comisión de Enlace creada al efecto, procedieron a acordar un Cronograma de Trabajo pormenorizado con el objeto de perfeccionar la asunción de competencias en materia de juegos de azar, destreza y apuestas mutuas por parte de la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES.
Que dicho Cronograma de Trabajo forma parte del ACUERDO DE ASUNCIÓN DE COMPETENCIAS EN MATERIA DE JUEGOS DE AZAR, DESTREZA Y APUESTAS MUTUAS suscripto el 24
de noviembre de 2016 entre LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO y el INSTITUTO DE
JUEGOS DE APUESTAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, el cual fuera aprobado por el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL mediante la celebración de la Asamblea General Extraordinaria N66 del 30 de noviembre de 2016.
Que el ACUERDO aludido en el Considerando precedente establece la metodología mediante la cual la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES asume la competencia en materia de explotación y administración de juegos de azar que se desarrollan en su territorio.
Que LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO continuará ejerciendo su competencia en relación a la regulación, autorización, organización, explotación, recaudación, administración y control de juegos de apuestas y actividades conexas que se desarrollan en su jurisdicción descriptos en el ANEXO III, del aludido ACUERDO, hasta tanto el INSTITUTO DE JUEGOS DE
APUESTAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y/o la entidad que la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES disponga que lo reemplace, asuma efectivamente la competencia en la materia todo lo cual será instrumentado e informado una vez que el Comité Ejecutivo se encuentre creado, de conformidad con lo estipulado en la Cláusula Novena del ACUERDO mencionado.
Que asimismo, LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO continuará explotando aquellos juegos de azar que por imperio de la normativa vigente, le compete gestionar y administrar, debiendo a tal efecto acordar con las jurisdicciones interesadas su comercialización, incluyendo la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

Disposiciones Administración Nacional deMedicamentos, Alimentos yTecnología Médica PRODUCTOS MÉDICOS
Disposición 2042/2017. Prohíbese uso y comercialización 12
Continúa en página 2

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
SecretarÍa Legal y TÉcnica: Dr. PABLO CLUSELLAS - Secretario DirecciÓn Nacional del Registro Oficial: LIC. RICARDO SARINELlI - Director Nacional
Que el ACUERDO de marras establece los mecanismos de distribución de los fondos mantenidos en el patrimonio de LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO, por aplicación de lo dispuesto en el citado Decreto N 743/16, así como aquellos fondos que se generen con posterioridad, hasta tanto se efectivice la asunción de competencias por parte de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
Que a partir del 1 de diciembre de 2015 los referidos fondos, correspondientes al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, quedaron en el patrimonio de LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD

e-mail: dnro@boletinoficial.gob.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº5.218.874
Domicilio legal: Suipacha 767-C1008AAO - Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 5218-8400 y líneas rotativas

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 03/03/2017 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha03/03/2017

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones9371

Primera edición02/01/1989

Ultima edición19/06/2024

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