Boletín Oficial de la República Argentina del 15/05/2015 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Buenos Aires, viernes 15
de mayo de 2015

Año CXXIII
Número 33.130
Precio $ 5,00

Sumario Pág.

DECRETOS

DECRETOS

EDUCACIÓN SUPERIOR
Decreto 812/2015
Instituto Universitario Patagónico de las Artes. Reconocimiento 1

EDUCACIÓN SUPERIOR

CONTRATOS
Decreto 784/2015
Apruébase Modelo de Contrato de Préstamo 2

Instituto Universitario Patagónico de las Artes. Reconocimiento.

GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA
Decreto 791/2015
Promociones 2
LUGARES HISTÓRICOS NACIONALES
Decreto 797/2015
Declárase bien de interés histórico nacional al Colegio E. P. N 2 Pablo A. Pizzurno. 4
MEDICAMENTOS
Decreto 795/2015
Ley N 27.113. Reglamentación 4
MINISTERIO DE CULTURA
Decreto 811/2015
Dase por designada la Directora Nacional de Patrimonio y Museos 4
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Decreto 806/2015
Dase por prorrogada la designación de la Directora de Asuntos Jurídicos 5
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Decreto 789/2015
Designación en el Archivo Nacional de la Memoria 5
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Decreto 790/2015
Designación en el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo 5
MINISTERIO DE SALUD
Decreto 808/2015
Dase por prorrogada designación de la Directora de Asuntos Legales 6
MINISTERIO DE SALUD
Decreto 809/2015
Acéptase renuncia al cargo de Secretario de Políticas, Regulación e Institutos 6
MINISTERIO DE SALUD
Decreto 810/2015
Desígnase el Secretario de Políticas, Regulación e Institutos 6
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Decreto 803/2015
Danse por prorrogadas designaciones en la Dirección Nacional de Migraciones 6

DECISIONES ADMINISTRATIVAS
MINISTERIO DE CULTURA
Decisión Administrativa 200/2015
Autorízase contratación 8

Decreto 812/2015

Bs. As., 12/5/2015
VISTO el Expediente N2.100/04 en TREINTA Y
OCHO 38 cuerpos del Registro del MINISTERIO DE EDUCACIÓN y la Ley N24.521
de Educación Superior, y CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado tramita la solicitud de reconocimiento del INSTITUTO UNIVERSITARIO PATAGÓNICO DE LAS
ARTES en los términos del artículo 69 de la Ley N24.521 de Educación Superior.
Que dicho Instituto fue creado por la Ley de la Provincia de RÍO NEGRO N3.283, modificada por su similar N4.979.
Que efectuada la presentación, el MINISTERIO DE EDUCACIÓN remitió las actuaciones a la COMISIÓN NACIONAL DE
EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA para que produzca el informe previsto en el artículo 69, inciso a de la Ley N24.521.
Que la mencionada Comisión, siguiendo las pautas establecidas en el artículo 63 de la Ley N24.521, se expidió favorablemente por Resolución N1.101 de fecha 16 de diciembre de 2014 y elevó al MINISTERIO
DE EDUCACIÓN el informe previsto en el artículo 69 de la Ley N24.521 de Educación Superior con relación a la solicitud de reconocimiento del INSTITUTO UNIVERSITARIO PATAGÓNICO DE LAS ARTES.
Que entre los fundamentos de la Resolución N1.101 de fecha 16 de diciembre de 2014 de la COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA se destaca, en lo fundamental, que las
PRESIDENCIA
DE LA NACION
SecretarIa Legal y TEcnica
Dr. Carlos Alberto Zannini Secretario DirecciOn Nacional del Registro Oficial
DR. Jorge Eduardo FeijoÓ
Continúa en página 2

Director Nacional
regulaciones legales sancionadas por la Provincia de RÍO NEGRO aseguran la autonomía y la autarquía universitaria requeridas por la Ley N24.521; que el estatuto del INSTITUTO UNIVERSITARIO PATAGÓNICO
DE LAS ARTES se ajusta a las disposiciones de la Ley N24.521 de Educación Superior, presentando objetivos y estructura de gestión correspondientes a docencia de pregrado, grado y posgrado, de investigación, de extensión, de vinculación y de evaluación institucional; que el proceso de transformación institucional encarado por el INSTITUTO UNIVERSITARIO PATAGÓNICO DE LAS ARTES, que ha supuesto el desarrollo y la formalización de políticas de investigación y extensión y el rediseño y actualización de los planes de estudio entre otros, resulta viable y acorde con la legislación vigente; que los planes de estudio presentados para los niveles de pregrado y de grado se ajustan a los requerimientos formales de la normativa vigente, y prevén áreas de formación común para la totalidad de las carreras de la Institución y otras comunes para las carreras de cada Departamento, así como contenidos específicos orientados a la formación en investigación licenciaturas, en docencia profesorados y para el ejercicio profesional tecnicaturas y, que el INSTITUTO UNIVERSITARIO PATAGÓNICO DE LAS ARTES cuenta en general con los recursos de infraestructura, humanos y financieros necesarios para dar cumplimiento a las previsiones de desarrollo presentadas.
Que sin perjuicio de ello, la COMISIÓN
NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA recomendó que se preste especial atención a la política de formación de recursos humanos a fin de procurar mayor porcentaje de docentes con formación de posgrado que aseguren el cumplimiento de las metas académicas propuestas.
Que por lo expuesto, y de acuerdo con la recomendación de la COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN
UNIVERSITARIA, corresponde otorgar al INSTITUTO UNIVERSITARIO PATAGÓNICO
DE LAS ARTES el reconocimiento previsto en el artículo 69, inciso a de Ley N24.521
de Educación Superior.
Que corresponderá al MINISTERIO DE
EDUCACIÓN la verificación del cumplimiento y solución de dichas observaciones y señalamientos por los medios y procedimientos que considere pertinentes.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 15/05/2015 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha15/05/2015

Nro. de páginas120

Nro. de ediciones9332

Primera edición02/01/1989

Ultima edición11/05/2024

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