Boletín Oficial de la República Argentina del 22/01/2007 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL
DE LA REPUBLICA ARGENTINA

Año CXV
Número 31.078
Precio $ 0,70

Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA
REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Primera Sección
Legislación y Avisos Oficiales Sumario
Buenos Aires, lunes 22
de enero de 2007

Pág.

DECRETOS

DECRETOS

MINISTERIO DE ECONOMIA
Y PRODUCCION

CONDECORACIONES
9/2007
Apruébase un Acta mediante la cual se acuerda una condecoración al Ministro de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay.

3

10/2007
Apruébase un Acta mediante la cual se acuerdan condecoraciones a ciudadanos de la República Francesa.

3

11/2007
Apruébase un Acta mediante la cual se acuerda una condecoración al Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, Reino de España.

3

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
4/2007
Desestímase el reclamo impropio interpuesto por Banco CMF Sociedad Anónima, en los términos del Artículo 24, inciso a de la Ley Nº19.549, contra el Decreto Nº117/2004 y la Resolución Nº29/
2004 del Ministerio de Economía y Producción.

Decreto 4/2007
Desestímase el reclamo impropio interpuesto por Banco CMF Sociedad Anónima, en los términos del Artículo 24, inciso a de la Ley Nº 19.549, contra el Decreto Nº 117/2004 y la Resolución Nº 29/2004 del Ministerio de Economía y Producción.

Bs. As., 10/1/2007
VISTO el Expediente Nº S01:0108788/2004 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, y
1

12/2007
Desestímase por improcedente una impugnación planteada por la firma Alpargatas Calzados S.A., con el objeto de que se deje sin efecto el Decreto Nº248/2003.

3

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
2021/2006
Convalídase un desplazamiento a la ciudad de Washington, Estados Unidos de América, donde se realizó la Segunda Reunión del Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belem do Pará, en la sede de la Organización de los Estados Americanos.

4

OFICINA ANTICORRUPCION
2024/2006
Designación transitoria en la planta permanente del mencionado organismo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

5

2025/2006
Designación en la planta permanente del mencionado organismo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

6

PERSONAL MILITAR
2026/2006
Estado Mayor General de la Armada. Dase por autorizado un traslado de oficiales en misión transitoria con motivo de la realización del Curso de Comando y Estado Mayor en Institutos de Guerra Navales extranjeros.

6

18/2007
Estado Mayor General de la Armada. Promociones.

4

SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
2022/2006
Desígnase con carácter transitorio Coordinador Técnico Administrativo de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa, dependiente de la Subsecretaría de Política y Gestión Comercial.

5

2023/2006
Dase por designada con carácter transitorio Director Nacional de Programas y Proyectos, dependiente de la Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional.

5

DECISIONES ADMINISTRATIVAS

CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones citadas en el Visto tramita una presentación del BANCO CMF
SOCIEDAD ANONIMA, mediante la cual interpone reclamo impropio en los términos del Artículo 24, inciso a de la Ley Nº 19.549, contra el Decreto Nº 117 de fecha 23 de enero de 2004, la Resolución Nº 302 de fecha 29
de abril de 2004 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y la Comunicación A 4114 del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, toda vez que, según su expresión, por los citados actos de alcance general se establece una metodología de cálculo que no se condice con las directivas dispuestas por la Ley Nº 25.796.
Que cabe recordar al respecto que el Artículo 2º de la Ley Nº 25.796 establece: Facúltase al Poder Ejecutivo nacional, a través del Ministerio de Economía, a emitir Bonos del Gobierno Nacional en pesos a tasa variable 2013, por un monto de hasta dos mil ochocientos millones de pesos $ 2.800 millones, cuyas condiciones se establecen en el artículo 3º de la presente ley, a los fines de compensar a las entidades financieras, de manera total, única y definitiva los efectos generados por la vigencia de normas de orden general en virtud de las cuales es de aplicación, sobre algunos de sus activos, el Coeficiente de Variación de Salarios CVS, y sobre algunos de sus pasivos, el Coeficiente de Estabilización de Referencia CER.
Que el Artículo 4º de la Ley Nº 25.796 dispone que: El monto a compensar surgirá de
Continúa en página 2

Que con motivo de las presentaciones mencionadas en el considerando precedente, dicha cartera ministerial expresó en las respuestas respectivas que en ningún caso se convino con las asociaciones que nuclean a las entidades financieras la compensación de saldos deudores, dado que una compensación de este tipo no respetaría el criterio de equidad que está implícito y que es la razón de ser de cualquier mecanismo de compensación.
Que si se compensaran saldos deudores, se estaría desconociendo que la evolución del Coeficiente de Estabilización de Referencia CER más DOS POR CIENTO 2% anual ha sido inferior a la del Coeficiente de Variación Salarial CVS más su respectiva tasa
www.boletinoficial.gov.ar
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº538.103

Secretario
11

Que el BANCO CMF SOCIEDAD ANONIMA
señala que con motivo de deficiencias e imprecisiones en la normativa que ahora cuestiona, la ASOCIACION DE BANCOS PRIVADOS DE CAPITAL ARGENTINO ADEBA, a la que pertenece la entidad recurrente, conjuntamente con otras asociaciones que agrupan a entidades bancarias, efectuaron una serie de presentaciones ante el MINISTERIO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION y el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, solicitando las aclaraciones respectivas y la prórroga del plazo establecido en el punto 1, párrafo segundo de la Comunicación A
4114.

PRESIDENCIA DE
LA NACION
DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI

COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION
1149/2006
Modifícase la estructura organizativa.

la cartera de préstamos que quedan comprendidos en el Decreto Nº 762/02 y la ley 25.713, por vida promedio y entidad financiera, neto de previsiones según la normativa aplicable del Banco Central de la República Argentina, y de un factor de recobrabilidad que se establece en el cinco por ciento 5% de dicha cartera. El monto a compensar será el que resulte de considerar, respecto de la base mencionada por la entidad financiera, la diferencia entre la evolución del Coeficiente de Estabilización de Referencia CER más la tasa del dos por ciento 2% y el Coeficiente de Variación de Salarios CVS, si fuera aplicable al período correspondiente, más la tasa aplicable según la normativa vigente. El período de cálculo será mensual siendo la liquidación semestral, salvo la primera de ellas la que será desde el 3 de febrero de 2002 hasta la fecha que establezca la reglamentación. En caso que dicha diferencia sea positiva el Estado nacional deberá colocar el bono a las entidades financieras a un valor técnico igual a esa diferencia. En caso de que la diferencia sea negativa, las entidades financieras deberán restituir al Estado nacional los Bonos del Gobierno Nacional en pesos a tasa variable 2013 por el monto de dicha diferencia, a cuyo efecto la reglamentación establecerá las condiciones de instrumentación.

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

JORGE EDUARDO FEIJOÓ
Director Nacional
e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar
DOMICILIO LEGAL
Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 43224055 y líneas rotativas

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 22/01/2007 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha22/01/2007

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones9349

Primera edición02/01/1989

Ultima edición28/05/2024

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