Boletín Oficial de la República Argentina del 09/03/2005 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 9 de marzo de 2005
APELLIDO Y NOMBRES

TIPO Y NUMERO DE
DOCUMENTO

VIGENCIA

FUNCION
Y RANGO

DEDICACION

Rafael Lorenzo BRIANO

D.N.I. N 25.647.395

01/01/2005 - 30/06/2005

C, III

$ 2.005.-

Carlos Daniel DE SAN JUAN

D.N.I. N 11.280.543

01/01/2005-30/06/2005

B, I

$ 2.440.-

César Sebastián LEVIS

D.N.I. N 22.100.541

01/01/2005 - 30/06/2005

B, III

$ 2.883.-

Shunko ROJAS

D.N.I. N 26.438.971

01/01/2005 - 30/06/2005

B, II

$ 2.707.-

Alejandro Ezequiel IUDICA

D.N.I. N25.788.312

01/01/2005-30/06/2005

C, II

$1.897.-

Alejandro Norman GARVIE

D.N.I. N 16.581.107

01/01/2005 - 30/06/2005

C, III

$ 2.005.-

Silvia Mirlene NAKANO KOGA

D.N.I. N 18.781.967

01/01/2005 - 30/06/2005

B, I

$ 2.440.-

Juan Pablo KRYSKOWSKI

D.N.I. N 23.351.853

01/01/2005 - 30/06/2005

C, III

$ 2.005.-

Honorio BASUALDO

D.N.I. N 6.744.270

01/01/2005 - 30/06/2005

B, I

$ 2.440.-

María Defina CAMUSSO

D.N.I. N 27.777.508

01/01/2005 - 30/06/2005

C, I

$1.604.-

Luciano Daniel TANO

D.N.I. N 26.277.952

01/01/2005 - 30/06/2005

C, I

$1.604.-

Mario Maximilano MONJE

D.N.I. N 28.176.767

01/01/2005 - 30/06/2005

D, IV

$1.445.-

Gustavo Alejandro RAJHER

D.N.I. N 22.717.729

01/01/2005 - 30/06/2005

C, III

$ 2.005.-

Vanesa CASAZZA

D.N.I. N 26.817.692

01/01/2005 - 30/06/2005

D, III

$1.220.-

Enrique Marcelo FANO

D.N.I. N 17.751.411

01/01/2005 - 30/06/2005

B, III

$ 2.883.-

Andrea Fabiana MIÑO

D.N.I. N 22.083.144

01/01/2005 - 30/06/2005

B, III

$ 2.883.-

e. 9/3 N 473.498 v. 9/3/2005

15

ARTICULO 1 Aplicar al productor asesor de seguros, Sr. CLAUDIO MARINO GONZALEZ
BAZAN, MATRICULA N 40.864, una inhabilitación por el término de quince 15 meses.
ARTICULO 2 Tómese nota en el Registro de Productores Asesores de Seguros a cargo de la Gerencia de Control, una vez firme.
ARTICULO 3 Se deja constancia de que la presente Resolución es recurrible en los términos del artículo 83 de la ley 20.091.
ARTICULO 4 Regístrese, notifíquese al domicilio comercial constituido ante este Organismo sito en 25 de Mayo 352, Lanús, Prov. de Buenos Aires y publíquese en el Boletín Oficial. Fdo.:
MIGUEL BAELO, Superintendente de Seguros.
NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en Avda. Julio A.
Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.
e. 9/3 N 473.506 v. 9/3/2005

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
Resolución N 30.415 del 3/3/2005
Expediente N 45.561 - MORA, GUILLERMO MAT. 42.400 S/PRESUNTA VIOLACION A
LAS LEYES 20.091, 22.400 Y NORMA REGLAMENTARIA DICTADA EN CONSECUENCIA.
SINTESIS:
VISTO Y CONSIDERANDO EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS RESUELVE:
ARTICULO 1 Aplicar al Productor Asesor de Seguros Sr. Guillermo MORA, Matrícula N 42.400, la cancelación de la inscripción de su matricula en el Registro de Productores Asesores a cargo de este Organismo ARTICULO 2 La Gerencia de Control tomará razón de la medida dispuesta en el artículo anterior, una vez firme.
ARTICULO 3 Se deja constancia que la presente Resolución es recurrible en los términos del artículo 83 de la Ley N 20.091.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

ARTICULO 4 Regístrese, notifíquese al Productor Asesor de Seguros sancionado, al domicilio sito en Moreto 1584, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y publíquese en el Boletín Oficial. Fdo. :
MIGUEL BAELO, Superintendente de Seguros.

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
ADUANA DE ORAN

NOTA: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en Avda. Julio A. Roca 721 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
e. 9/3 N 473.505 v. 9/3/2005

Aduana de Orán, 2/3/2005
Por ignorarse el domicilio se cita a las personas que más abajo se detallan, para que dentro de los Diez 10 días hábiles perentorios, comparezcan en los Sumarios Contenciosos respectivos a los efectos de presenciar la verificación, valoración y clasificación arancelaria de las mercaderías involucradas Art. 1094 inc. B. Ley 22.415, en la sede de la División Aduana de Orán, sita en Av. López y Planes Nro. 801 esq. Moreno, Orán Salta, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia de tenerla por conforme. Fdo.: RAMIRO M. ALFARO, Administrador Aduana de Orán.
SUMARIO NRO.
358/04

BOLETIN OFICIAL Nº 30.608

INTERESADOS
SUAREZ MARIA ANGELICA

INFRACCION IMPUTADA
ART. 986 Y 987 C.A.
e. 9/3 N 473.408 v. 9/3/2005

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
Resolución N 30.416 del 3/3/2005
Expediente N 45.619 - PRODUCTOR ASESOR DE SEGUROS SR. MARTA SUSANA CARDONE DE MARSALA S/ PRESUNTA VIOLACION A LA LEY 22.400.
SINTESIS:

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
VISTO
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

y CONSIDERANDO EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS RESUELVE:

ARTICULO 1 Disponer la cancelación de la inscripción en el Registro de Productores Asesores de Seguros de la productora asesora de seguros Sra. Martha S. Cardona Catala de Marsala matr.
50.646.

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
ADUANA DE POCITOS

ARTICULO 2 Tómese nota en el Registro de Productores Asesores de Seguros a cargo de la Gerencia de Autorizaciones y Registros, una vez firme.

Prof. Salvador Mazza, 25/2/2005
Asunto: Mercaderías p/Afectación Ley 25.603
La Aduana de Pocitos, conforme lo instruye la Ley 25.603, comunica a los interesados o personas que acrediten su derecho sobre las mercaderías rubro muebles de madera pertenecientes a las actuaciones que a continuación se detallan, que de no mediar objeción legal dentro del plazo de 30
días corridos a partir de la publicación del presente, se procederá en forma inmediata de acuerdo a las previsiones de la ley 25.603, poniendo las mismas a Disposición de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación. A dichos efectos los interesados deberán presentarse a esta Dependencia, sita en Avda. 9 de Julio Nº 150 de Prof. Salvador Mazza, Salta. Fdo.: ADOLFO CESAR MARTINEZ, Administrador de Aduana de Pocitos.

ARTICULO 3 Se deja constancia de que la presente resolución es recurrible en los términos del art. 83 de la Ley 20.091.
ARTICULO 4 Regístrese, notifíquese a la productora asesora de seguros sancionada, y publíquese en el Boletín Oficial. Fdo.: MIGUEL BAELO, Superintendente de Seguros.
NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en Avda. Julio A.
Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.
e. 9/3 N 473.507 v. 9/3/2005

DN 45-03-1173, DN 45-02-952, EA 45-98-52169, DN 45-03-1015, DN 45-02-960, SA45-98-1403, SA 45-97-3668, SA45-04-162, DN 45-02-4817, DN 45-02-3028, DN 45-03-154, EA 45-97-8909, EA
45-97-10697, EA 45-97-8613, EA45-97-330, DN 45-04-1025, DN45-01-4085, EA45-97-4909, SA4598-2193, EA 45-97-5601, SA 45-99-957, EA 45-97-9308, EA 45-95-604.
ACLARACION

e. 9/3 N 473.410 v. 9/3/2005

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
Resolución N 290/2005

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
Resolución N 30.414 del 3/3/2005

En la edición del 15 de febrero de 2005, en la que se publicó como Aviso Oficial la citada norma, se consignó erróneamente la fórmula de cálculo incluida en el artículo 2 de la misma, la que se transcribe a continuación en forma correcta:

Expediente N 45.229 - Productor Asesor de Seguros, Sr. CLAUDIO MARINO GONZALEZ
BAZAN, Matrícula 40.864 s/presunta lesión leyes 20.091, 22.400 y normativa reglamentaria dictada en consecuencia.

i 1+in C=D

SINTESIS:
VISTO y CONSIDERANDO EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS RESUELVE:

1+in-1
e. 9/3 N 471.853 v. 9/3/2005

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 09/03/2005 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha09/03/2005

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones9377

Primera edición02/01/1989

Ultima edición25/06/2024

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