Boletín Oficial de la República Argentina del 08/03/2005 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Buenos Aires, martes 8
de marzo de 2005

BOLETIN OFICIAL

Año CXIII
Número 30.607

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Primera Sección
Precio $ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA
REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Legislación y Avisos Oficiales
TRESCIENTOS CINCUENTA MILLONES
U$S 350.000.000.

DECRETOS

Sumario Pág.

CONVENIOS

DECRETOS

Decreto 182/2005

CONVENIOS
182/2005
Apruébase el modelo de Convenio de Garantía, a suscribirse con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, cuyo objeto es el afianzamiento de las obligaciones financieras a ser asumidas por la Provincia de Buenos Aires, emergentes del Convenio 7268-AR destinado a la implementación del Proyecto de Desarrollo de la Inversión Sustentable en Infraestructura.

1

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
168/2005
Hácese lugar al recurso jerárquico en subsidio interpuesto por un agente del citado Instituto dependiente del Ministerio de Desarrollo Social.

3

INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
177/2005
Danse por prorrogadas designaciones en la Planta no Permanente de Personal Transitorio del citado Instituto dependiente de la Subsecretaría de la Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

3

3

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
173/2005
Desestímase el recurso jerárquico en subsidio incoado por el Sindicato de Trabajadores de Lockheed Aircraft Argentina S.A. contra la Resolución Nº70/2003 del citado Ministerio.

3

MINISTERIO DEL INTERIOR
52/2005
Prorróganse designaciones en la Planta No Permanente de Personal Transitorio.

4

DECISIONES ADMINISTRATIVAS
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
28/2005
Apruébase un contrato celebrado por el citado Instituto dependiente del Ministerio de Desarrollo Social.

6

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
814/2004
Dase por aprobado un contrato de locación de servicios celebrado por la citada Jurisdicción.

10

818/2004
Dase por aprobada una contratación de locación de servicios celebrada por la citada Jurisdicción.

9

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
817/2004
Dase por aprobada una contratación celebrada por la citada Jurisdicción.

9

29/2005
Transfiérese a una agente de la Planta Permanente de la Dirección de Compras y Contrataciones de la Dirección General de Administración, dependiente de la Subsecretaría de Administración y Continúa en página 2

Bs. As., 3/3/2005
VISTO el Expediente N S01:0009997/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, y
MINISTERIO DE DEFENSA
170/2005
Hácese lugar al recurso jerárquico en subsidio deducido por una agente de la citada Jurisdicción.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
21/2005
Transfiérese a un agente de la Dirección de Gestión y Control Judicial de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la citada Jurisdicción, a la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Subsecretaría de Asuntos Legales de la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia de la Nación.

Apruébase el modelo de Convenio de Garantía, a suscribirse con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, cuyo objeto es el afianzamiento de las obligaciones financieras a ser asumidas por la Provincia de Buenos Aires, emergentes del Convenio 7268-AR destinado a la implementación del Proyecto de Desarrollo de la Inversión Sustentable en Infraestructura.

6

CONSIDERANDO:
Que el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO BIRF ha resuelto otorgar un financiamiento en forma directa a la Provincia de BUENOS AIRES, por un monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MILLONES
U$S 200.000.000 en el marco del CONVENIO DE PRESTAMO 7268-AR.
Que mediante el CONVENIO DE PRESTAMO 7268-AR, el BANCO INTERNACIONAL
DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO BIRF
se compromete a asistir financieramente a la Provincia de BUENOS AIRES a fin de posibilitar la ejecución del PROYECTO DE DESARROLLO DE LA INVERSION SUSTENTABLE
EN INFRAESTRUCTURA en dicha provincia.
Que el mencionado Proyecto tiene el propósito de apoyar la ejecución de un amplio programa de infraestructura, con el objetivo de mejorar la provisión de servicios, en particular a la población de menores recursos, contando para ello con el financiamiento del citado organismo multilateral por hasta la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MILLONES U$S 200.000.000.
Que dicho Proyecto se implementaría en DOS
2 préstamos consecutivos, de acuerdo a la mecánica de un préstamo adaptable con un horizonte de trabajo de SEIS 6 años 20042010 y un monto de financiamiento parcial de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES

Que el primero de los mencionados préstamos abarcaría el período 2004-2008.
Que de conformidad con el Convenio Constitutivo del BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO BIRF y su política de operaciones, a efectos de suscribir el CONVENIO DE PRESTAMO 7268-AR
con la Provincia de BUENOS AIRES resulta indispensable que la NACION ARGENTINA
afiance las obligaciones financieras asumidas por la provincia, emergentes de la operación crediticia.
Que en tal inteligencia, el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO BIRF ha propuesto al Gobierno Nacional la suscripción de un CONVENIO DE GARANTIA con la finalidad de que la NACION
ARGENTINA afiance las obligaciones financieras que la Provincia de BUENOS AIRES
contraiga como consecuencia de la suscripción del CONVENIO DE PRESTAMO 7268AR.
Que las obligaciones garantizadas por la NACION ARGENTINA no incluyen el compromiso de contribuir con recursos adicionales para la ejecución del Proyecto.
Que habida cuenta que el PROYECTO DE
DESARROLLO DE LA INVERSION SUSTENTABLE EN INFRAESTRUCTURA se ejecutará en préstamos consecutivos, la garantía de la NACION ARGENTINA correspondiente a las obligaciones financieras emergentes del Proyecto deberá estar condicionada a la aprobación, por parte del PODER LEGISLATIVO
de la Provincia de BUENOS AIRES, del financiamiento imputable al primer préstamo, equivalente a DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MILLONES U$S
200.000.000.
Que atento a la necesidad de asegurar el pago de los compromisos emergentes del CONTRATO DE PRESTAMO y de preservar el crédito público de la NACION ARGENTINA, el Gobierno Nacional ha propuesto a la Provincia de BUENOS AIRES la suscripción de un CONTRATO DE CONTRAGARANTIA, por medio del cual la provincia se obligue a la atención de los compromisos de pago asumidos con CINCO 5 días hábiles de anticipación a la fecha de vencimiento indicada en el CONVENIO DE PRESTAMO 7268-AR.
Que para el caso de no producirse la cancelación respectiva, la Provincia de BUENOS
AIRES autoriza al MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION a efectuar el débito automático de los fondos de la Cuenta de
PRESIDENCIA DE
LA NACION

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SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 08/03/2005 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha08/03/2005

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones9356

Primera edición02/01/1989

Ultima edición04/06/2024

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