Boletín Oficial de la República Argentina del 27/05/2004 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Buenos Aires, jueves 27
de mayo de 2004

BOLETIN OFICIAL

Año CXII
Número 30.409

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Primera Sección
Precio $ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA
REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Legislación y Avisos Oficiales
Por ello,
Sumario
DECRETOS
Pág.

ACTIVIDAD MINERA
Resolución 37/2004-SM
Aclaración sobre la Resolución Nº243/96 de la ex Secretaría de Minería e Industria del ex Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos y su modificatoria en relación con la identificación de vehículos importados con las franquicias del Artículo 21 de la Ley Nº24.196 de Inversiones Mineras, la que no es aplicable a los vehículos afectados a actividades de organismos públicos del sector.
ADHESIONES OFICIALES
Resolución 390/2004-SSS
Decláranse de interés las LIV Jornadas de la Asociación de Cirugía de Entre Ríos y las II Jornadas Multidisciplinares de Instrumentación Quirúrgica, Kinesiología, Enfermería y Obstetricia Quirúrgica, que se desarrollarán en Concepción del Uruguay, provincia de Entre Ríos.
ADMINISTRACION SANITARIA DE DESECHOS LIQUIDOS Y AGUAS SERVIDAS EN PUERTOS, AEROPUERTOS, TERMINALES Y PUNTOS DE FRONTERA
Resolución 407/2004-MS
Incorpórase el documento Criterios para la Administración Sanitaria de Desechos Líquidos y Aguas Servidas en Puertos, Aeropuertos, Terminales y Puntos de Frontera, en el MERCOSUR, aprobado por la Resolución GMC Nº34 del 10 de octubre de 2001, que se incorpora a la normativa jurídica nacional vigente.

EXPORTACIONES
Decreto 645/2004

4

Bs. As., 26/5/2004

4

VISTO el Expediente Nº S01:0109371/2004 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, la Ley Nº 25.561 y el Decreto Nº 310 de fecha 13 de febrero de 2002, modificado por el Decreto Nº 809 de fecha 13
de mayo de 2002, y CONSIDERANDO:

10

ARANCELES
Resolución 552/2004-SAGPA
Establécese un régimen de bonificaciones sobre los aranceles que percibe el Instituto Nacional de Vitivinicultura, dispuestos mediante la Resolución Nº514/2003.

4

EXPORTACIONES
Decreto 645/2004
Fíjase un derecho a la exportación para consumo de mercaderías comprendidas en determinadas posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur.

1

GESTION SANITARIA DE RESIDUOS SOLIDOS EN PUERTOS, AEROPUERTOS, TERMINALES
INTERNACIONALES DE CARGA Y PASAJEROS Y PUNTOS DE FRONTERA
Resolución 408/2004-MS
Incorpórase el documento Criterios para la Gestión Sanitaria de Residuos Sólidos en Puertos, Aeropuertos, Terminales Internacionales de Carga y Pasajeros y Puntos de Frontera en el MERCOSUR, aprobado por la Resolución GMC Nº30/2002, que se incluye en la normativa jurídica nacional vigente.

Fíjase un derecho a la exportación para consumo de mercaderías comprendidas en determinadas posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur.

Que por el Artículo 6º de la Ley Nº 25.561 se creó un derecho de exportación aplicable a ciertos hidrocarburos por el término de CINCO 5 años, facultándose al PODER EJECUTIVO NACIONAL para establecer la alícuota correspondiente.

11

Que teniendo en cuenta dichos antecedentes normativos, resulta conveniente fijar derechos de exportación al gas natural licuado, al gas natural en estado gaseoso, al butano en estado gaseoso y a otros gases con el objeto de dar un tratamiento tributario simétrico al conjunto de los productos del sector de hidrocarburos.
Que resulta conveniente autorizar al MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION a modificar las alícuotas sobre los hidrocarburos y sus derivados, teniendo en cuenta el nivel de actividad, empleo y precios internos.

9

MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS
Decreto 644/2004
Designaciones en la planta transitoria de la Secretaría de Seguridad Interior.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

2

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Decreto 636/2004
Danse por prorrogadas designaciones de la Secretaría de Trabajo, Subsecretaría de Relaciones Laborales.

Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 6º de la Ley Nº 25.561.

2

Continúa en página 2

Artículo 1º Fíjase un derecho de exportación del VEINTE POR CIENTO 20% a la exportación para consumo de las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias 2711.11.00, 2711.21.00, 2711.29.10 y 2711.29.90 de la Nomenclatura Común del MERCOSUR N.C.M..
Art. 2º Autorízase al MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION a modificar la alícuota de los derechos de exportación determinados en el Artículo 1º del presente decreto y en el Artículo 2º del Decreto Nº 310 de fecha 13 de febrero de 2002, teniendo en cuenta su incidencia en los niveles de actividad, empleo y precios internos.
Art. 3º El presente Decreto comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández.
Roberto Lavagna.

OBRAS SOCIALES
Decreto 643/2004

Que por medio de los Decretos Nros. 310 de fecha 13 de febrero de 2002 y 809 de fecha 13 de mayo de 2002 y sus normas complementarias se determinaron las alícuotas correspondientes a los derechos de exportación de determinados hidrocarburos.

INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE
Resolución 116/2004-INCUCAI
Dispónese que los procesos de búsqueda de donante no emparentado para pacientes de nuestro país con indicación de trasplante de CPH que deban realizarse en registros del exterior, serán efectuados exclusivamente por el Registro Nacional de Donantes de Células Progenitoras Hematopoyéticas.

OBRAS SOCIALES
Decreto 643/2004
Establécese que la aplicación de las sanciones pecuniarias dispuestas por actos administrativos emitidos por el Superintendente de Servicios de Salud, de conformidad con lo previsto por el artículo 28 inc. b de la Ley Nº23.660 y el artículo 43 inc. b de la Ley Nº23.661, se hará efectiva mediante el débito automático de la cuenta de la Obra Social sancionada. Intervención de la Administración Federal de Ingresos Públicos.

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Establécese que la aplicación de las sanciones pecuniarias dispuestas por actos administrativos emitidos por el Superintendente de Servicios de Salud, de conformidad con lo previsto por el artículo 28 inc. b de la Ley Nº 23.660 y el artículo 43 inc. b de la Ley Nº 23.661, se hará efectiva mediante el débito automático de la cuenta de la Obra Social sancionada. Intervención de la Administración Federal de Ingresos Públicos.
Bs. As., 21/5/2004
VISTO el Expediente Nº 56.446/2003-S.S.SALUD, las Leyes Nros. 23.660 y 23.661, el Decreto Reglamentario Nº 576 de fecha 1º de abril de 1993 y el Decreto Nº 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996 y;
CONSIDERANDO:

PRESIDENCIA DE
LA NACION

www.boletinoficial.gov.ar
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº298.140

DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI
Secretario
1

Que el artículo 25 de la Ley Nº 23.660 de Obras Sociales crea la Dirección Nacional de Obras Sociales DINOS como autoridad de aplicación de la citada ley. Que, por su parte, el artículo 44 de la Ley Nº 23.661 faculta a la Administración Nacional del Seguro de Salud ANSSAL, como autoridad de aplicación
DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

JORGE EDUARDO FEIJOÓ
Director Nacional
e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar
DOMICILIO LEGAL
Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 43224055 y líneas rotativas

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 27/05/2004 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha27/05/2004

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones9348

Primera edición02/01/1989

Ultima edición27/05/2024

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