Boletín Oficial de la República Argentina del 18/05/2004 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Buenos Aires, martes 18
de mayo de 2004

BOLETIN OFICIAL

Año CXII
Número 30.403

DE LA REPUBLICA ARGENTINA

Precio $ 0,70

Primera Sección
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA
REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Legislación y Avisos Oficiales
Sumario
LEYES

Pág.

ASIGNACIONES FAMILIARES
Resolución 499/2004-ANSES
Modifícase la Resolución N 665/2003, mediante la cual se estableció una excepción al mecanismo de pago de reintegros de asignaciones familiares dispuesto por la Resolución N 281/2001.

7

Acuerdan lo siguiente:

PROTOCOLOS

ARTICULO 1
AMBITO DE APLICACION

Ley 25.889

Resolución 501/2004-ANSES
Incorpórase a un empleador al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.
Resolución 502/2004-ANSES
Procedimiento para iniciar los trámites correspondientes a la Prestación Básica Universal, la Prestación Compensatoria, la Prestación Adicional por Permanencia, la Prestación por Edad Avanzada y los Reconocimientos de Servicios de los afiliados de las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones, por medio de las Unidades de Atención Integral UDAI que se habiliten al efecto.
COMERCIO EXTERIOR
Disposición 16/2004-SSPGC
Nómina de las medidas impuestas, cuyo vencimiento se encuentra incluido en el Artículo 1 de la Resolución N 65/2004 de la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa.
CONMEMORACIONES
Decreto 614/2004
Instrúyese al Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, a implementar en el ámbito de su competencia, actos conmemorativos y actividades y programas educativos destinados a celebrar el 12 de julio de cada año, el Día Nacional de la Medicina Social.

7

7
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

3

7

DEFENSA DEL CONSUMIDOR
Resolución 54/2004-SCT
Simplificación del régimen de información de los establecimientos de distribución minorista.

4

PEAJES
Resolución 254/2004-MPFIPS
Apruébanse los Cuadros de Tarifas y Compensaciones para el Transporte de Cargas por Automotor y el Transporte Automotor de Pasajeros por Carretera de carácter interjurisdiccional y sus respectivas Bases de Cálculos, para diversos Corredores Viales.

3

AL
CONVENIO DE MIGRACION
ENTRE

9

LA REPUBLICA ARGENTINA
Y

SALARIOS
Resolución 8/2004-CNTA
Dispónese el cese a partir del 1 de abril de 2004, del pago de la asignación no remunerativa de carácter alimentario para todos los trabajadores de la Actividad Avícola determinados en la Resolución N 13/2003.

8

Continúa en página 2

REGISTRADA BAJO EL Nº 25.889

PROTOCOLO ADICIONAL

1

Resolución 10/2004-CNTA
Fíjanse las remuneraciones para el personal ocupado en las tareas de Cosecha de Papas, las que tendrán vigencia a partir del 1 de abril de 2004, en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional N 2, para las provincias de Buenos Aires y La Pampa.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE ABRIL DEL
AÑO DOS MIL CUATRO.

EDUARDO O. CAMAÑO. DANIEL O. SCIOLI.
Eduardo D. Rollano. Juan J. Canals.

PROTOCOLOS
Ley 25.889
Apruébase el Protocolo Adicional al Convenio de Migración suscripto con la República del Perú, el 16 de diciembre de 2002.

Resolución 9/2004-CNTA
Fíjanse las remuneraciones para el personal ocupado en las tareas de Carpida de Algodón, en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional N 4, provincia de Santa Fe.

ARTICULO 1ºº Apruébase el PROTOCOLO
ADICIONAL AL CONVENIO DE MIGRACION
ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA REPUBLICA DEL PERU, suscripto en Buenos Aires, el 16 de diciembre de 2002, que consta de ONCE
11 artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.
ARTICULO 2ºº Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

CULTO
Resolución 851/2004-SC
Reconócese como persona jurídica y entidad de bien público a las Hermanas de San José de Cluny, con sede legal en la ciudad de La Plata.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO
Decisión Administrativa 200/2004
Apruébase una contratación de personal para la realización de las actividades previstas en el marco de los proyectos del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD ejecutados en el ámbito del citado Departamento de Estado.

Apruébase el Protocolo Adicional al Convenio de Migración suscripto con la República del Perú, el 16 de diciembre de 2002.
Sancionada: Abril 21 de 2004.
Promulgada de Hecho: Mayo 17 de 2004.

19

LA REPUBLICA DEL PERU

8

El Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República del Perú en adelante Las Partes,
Substitúyese el Artículo 2 del Convenio por el siguiente:
El presente Convenio modificado por el Protocolo Adicional se aplica a:
a Nacionales de una Parte, que deseen establecerse en el territorio de la otra, a fin de desarrollar actividades formales en relación de dependencia y que presenten, dentro del plazo de vigencia del Convenio, ante la sede consular respectiva, su solicitud de ingreso al país y documentación que se determina en el Artículo 4 inciso a del Convenio modificado por el Protocolo Adicional.
b Nacionales de una Parte, que encontrándose en situación migratoria irregular en el territorio de la otra y que pretendiendo regularizar la misma a fin de desarrollar actividades formales en relación de dependencia o autónomas presenten dentro de los 365 días a contar desde la vigencia del Protocolo Adicional, ante los correspondientes servicios de migración, su solicitud de regularización y documentación que se determina en el Artículo 4 inciso a del Convenio modificado por el Protocolo Adicional.
c Nacionales de una Parte que sean cónyuge, padres o hijos solteros menores de 21 años o discapacitados de connacionales que se hubieren acogido al Convenio, que deseen ingresar o regularizarse en virtud de este último y que presenten, dentro del plazo de vigencia del Convenio, ante la sede consular respectiva o servicio de migración según corresponda, la documentación que se determina en el Artículo 4 inciso b del Convenio modificado por el Protocolo Adicional.
d Nacionales de una Parte que deseen ingresar o regularizarse en virtud del presente Convenio y sean cónyuge, padres o hijos solteros menores de 21 años o discapacitados de connacionales que se encuentren residiendo en el país de recepción como temporario o permanente en virtud del régimen común establecido en la respectiva legislación interna y que presenten, dentro del plazo de vigencia del Convenio, ante la sede consular respectiva o servicio de migración, según corresponda, la documentación que se determina en el Artículo 4 inciso b del Convenio modificado por el Protocolo Adicional.

PRESIDENCIA DE
LA NACION

www.boletinoficial.gov.ar
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº298.140

DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI
Secretario
9

Tomando en consideración lo dispuesto en el Convenio de Migración entre la República Argentina y la República del Perú del 12 de agosto de 1998, en adelante el Convenio,
DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

JORGE EDUARDO FEIJOÓ
Director Nacional
e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar
DOMICILIO LEGAL
Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 43224055 y líneas rotativas

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 18/05/2004 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha18/05/2004

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones9358

Primera edición02/01/1989

Ultima edición06/06/2024

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