Boletín Oficial de la República Argentina del 02/10/2002 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.996 1 Sección MINISTERIO DE LA PRODUCCION
Decreto 1945/2002
Apruébase una contratación en la Secretaría de Industria, Comercio y Minería del citado Departamento de Estado, bajo el régimen del Decreto N 1184/2001.
Bs. As., 1/10/2002
VISTO el Expediente N S01:0187729/2002 del Registro del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, el artículo 47 de la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto N 11.672
t.o. 1999, la Ley N 24.629, la Ley N 25.565, la Decisión Administrativa N 19 de fecha 27
de marzo de 2002, el Decreto N 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA N 17 de fecha 16 de enero de 2002, la Resolución del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA E INFRAESTRUCTURA N 4 de fecha 28 de febrero de 2002, el Decreto N 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y su Decreto Reglamentario N 601 de fecha 11 de abril de 2002, y CONSIDERANDO:
Que mediante el dictado del Decreto N 491/02
y su Decreto Reglamentario N 601/02, se ha establecido que todas las designaciones de personal permanente y no permanente, incluyendo en este último al transitorio y contratado, serán efectuadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que el artículo 6 del Decreto N 601/02, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular del Secretario Legal y Técnico de la PRESIDENCIA DE LA NACION N 4
de fecha 15 de marzo de 2002 reglamentario de su similar N 491/02.
Que la creciente complejidad de las funciones propias de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, hace aconsejable fortalecer y complementar la labor que desarrolla dicha Secretaría, resultando necesario aprobar la contratación individual del Ingeniero Metalúrgico D. Donato Jorge CALANDRELLI L.E. N 4.420.143, efectuada en el marco del Decreto N 1184/01.
Que la persona cuya contratación se propone reúne los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas que se indican.
Que se dio cumplimiento a la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION N 4 de fecha 15
de marzo de 2002.
Que el gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 54 MINISTERIO DE LA PRODUCCION, aprobados por la Ley N 25.565 y la Decisión Administrativa N 19/02, para el ejercicio 2002.
Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA
DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION
PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y
ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete según lo dispuesto por el artículo 2 de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA N 17/02.
Que la Coordinación de Contratos y Pasantías dependiente de la Dirección General de Recursos Humanos de la SUBSECRETARIA
DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION
PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y
ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete según lo dispuesto por el artículo 3 de la Resolución del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA E INFRAESTRUCTURA N 4/02.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA
ha tomado la intervención que le compete en virtud de lo dispuesto por la Resolución de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION N 7 de fecha 4 de febrero de 2002.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 99
inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el artículo 1 del Decreto N 491/02.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Apruébase la contratación del Ingeniero Metalúrgico D. Donato Jorge CALANDRELLI L.E. N 4.420.143 que se detalla en la planilla que como Anexo forma parte integrante del presente decreto, conforme a las condiciones, plazos, monto mensual y total que se consignan, en el mismo, bajo el régimen del Decreto N 1184/01, en el marco de las contrataciones individuales de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE LA PRODUCCION.

Miércoles 2 de octubre de 2002

NES CIENTIFICAS Y TECNICAS CONICET, organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA
E INNOVACION PRODUCTIVA del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, el Decreto-Ley N 20.464/73 que establece el Estatuto de las Carreras del Investigador Científico y Tecnológico y del Personal de Apoyo de la Investigación y Desarrollo, el PRESUPUESTO GENERAL DE LA
ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 2002 aprobado por la Ley N 25.565 y distribuido por Decisión Administrativa N 19
de fecha 27 de marzo de 2002, y CONSIDERANDO:
Que la formación de recursos humanos constituye uno de los objetivos prioritarios del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS CONICET.

Art. 2 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio, de acuerdo a lo indicado en el Anexo adjunto al presente decreto.

Que se han producido vacantes derivadas de las normas que rigen para la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL y la administración en la Carrera del Investigador Científico y Tecnológico en la Categoría Investigador Superior.

Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Roberto Lavagna.

Que para el ejercicio 2002 se prevé la generación de vacantes.

NOTA: Este Decreto se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 Capital Federal.

DECRETOS
SINTETIZADOS

Que el Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2002 aprobado por la Ley N 25.565 y distribuido por la Decisión Administrativa N 19 de fecha 27 de marzo de 2002, contempla el financiamiento de la totalidad de los cargos vacantes del Programa 16 del citado Organismo, permitiendo la incorporación gradual del personal científico-tecnológico.
Que para efectivizar el ingreso gradual de DIEZ 10 investigadores superiores resulta imprescindible el descongelamiento de los cargos vacantes.

4

Que el artículo 18 de la Ley N 25.565 faculta al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS a acordar excepciones al incremento de cargos en la Carrera del Investigador Científico y Tecnológico.
Que la presente medida no altera el total del crédito asignado al CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS CONICIET para el ejercicio 2002.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes. del artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL
y del artículo 19 de la Ley N 25.565.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1 Autorízase al CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y
TECNICAS CONICET, organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, al descongelamiento de DIEZ 10 cargos vacantes en la categoría Investigador Superior de la Carrera del Investigador Científico y Tecnológico del Programa 16 - Formación de Recursos Humanos y Promoción Científica y Tecnológica, cuya financiación está contemplada en la Ley N 25.565 que aprueba el PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL
para el ejercicio 2002 y en la Decisión Administrativa N 19 de fecha 27 de marzo de 2002 distributiva del mismo.
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Alfredo N. Atanasof. Graciela M. Giannettasio. Roberto Lavagna.

MINISTERIO DE ECONOMIA
Decreto 1940/2002
Bs. As., 1/10/2002
Recházase el recurso de reconsideración previsto en el artículo 100 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N 1759/72 t.o.
1991 interpuesto por la agente Zulema ECHEVERRIA del Ministerio de Economía, contra el Decreto N 176 de fecha 15 de febrero de 2001.
Hácese saber que la resolución del presente recurso clausura la vía administrativa quedando expedita la acción judicial, la que podrá ser interpuesta dentro de los Noventa 90 días hábiles judiciales.

MINISTERIO DE LA PRODUCCION
Decreto 1941/2002
Bs. As., 1/10/2002
Recházase el recurso jerárquico interpuesto en subsidio por la firma ZONA FRANCA CONCEPCION DEL URUGUAY SOCIEDAD ANONIMA contra la Resolución del ex-Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos N 908 de fecha 22 de julio de 1999, mediante la cual se dispuso revocar la Resolución del citado ex-Ministerio N 356 del 26 de marzo de 1997 que había dispuesto la adjudicación de la concesión para la Explotación de la Zona Franca Concepción del Uruguay, Provincia de Entre Ríos, a la firma recurrente.

BOLETIN

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA

n ó i c a l s i g Le
s iale c i f sO 1
o s i v y A ño 200
A

Presidencia de la Nación Secretaría Legal y Técnica Dirección Nacional del Registro Oficial Industria Argentina
Colección de los ejemplares del BOLETIN OFICIAL
Sección 1 S
ección
DECISIONES
ADMINISTRATIVAS

LEGISLA
AVISOS
LEGISL
ACION Y A
VISOS OFICIALES
CONSEJO NACIONAL
DE INVESTIGACIONES
CIENTIFICAS Y TECNICAS

Editados durante el año 2001

Decisión Administrativa 39/2002
Autorízase al citado organismo descentralizado al descongelamiento de cargos vacantes en la categoría Investigador Superior de la Carrera del Investigador Científico y Tecnológico del Programa 16 - Formación de Recursos Humanos y Promoción Científica y Tecnológica.
Bs. As., 1/10/2002
VISTO el expediente N 1763/02, del registro del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIO-

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Libertad 469
Corrientes 1441

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 02/10/2002 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha02/10/2002

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones9369

Primera edición02/01/1989

Ultima edición17/06/2024

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