Boletín Oficial de la República Argentina del 07/08/2002 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.957 1 Sección FOB provisional que se detallan en el Anexo I, que en DOS 2 planillas forma parte integrante de la presente Resolución.
Art. 2º Procédase al cierre de la investigación que se llevara a cabo mediante el expediente citado en VISTO, para la firma productora-exportadora brasileña ELECTROLUX DA AMAZONIA LTDA.
y además los productos por ella producidos, que se comercializan bajo las marcas ELECTROLUX, YORK, WHITE WESTINGHOUSE, TOP HOUSE y FRIGIDEIRE.
Art. 3º Cuando se despache a plaza la mercadería descripta en el artículo 1º de la presente Resolución a precios inferiores al valor mínimo de exportación FOB provisional indicado en el referido artículo, el importador deberá constituir una garantía equivalente a la diferencia existente entre ese valor y los precios de exportación FOB declarados.

Miércoles 7 de agosto de 2002
Tipo Split, Condensadores
Frigorías/h Inferior o igual a 2.500

FOB Mínimo de Exportación U$S/Unidad 312,97

Superior a 2.500 pero inferior o igual a 5.000

442,65

Superior a 5.000 pero inferior o igual a 10.000

624,98

Art. 4º Notifíquese a la Dirección General de Aduanas, dependiente de la ADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA, que las operaciones de importación que se despachen a plaza del producto descripto en el Artículo 1º de la presente Resolución, se encuentran sujetas al régimen de control de origen no preferencial en los términos de lo dispuesto por el inciso b del Artículo 2º de la Resolución del exMINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 763 de fecha 7 de junio de 1996.

FE DE ERRATAS

Art. 5º El requerimiento a que se hace referencia en el Artículo anterior se ajustará a las condiciones y modalidades dispuestas por las Resoluciones ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 763 de fecha 7 de junio de 1996 y Nº 381 de fecha 1 de noviembre de 1996.

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Art. 6º La presente Resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial y tendrá vigencia por el término de CUATRO 4 meses, según lo dispuesto en el artículo 7.4 del Acuerdo Relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 incorporado a nuestro ordenamiento jurídico mediante Ley Nº 24.425.

En la edición del 4 de julio de 2002, en la que se publicó la mencionada Resolución, se deslizaron en el Anexo de la misma, en el Numeral 3.2.15 los siguientes errores de imprenta:

Art. 7º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Roberto Lavagna.

DONDE DICE: a Estar emplazados dentro del cerco perimetral comunicados con los corrales de encierre a través de una calle.

ANEXO I DE LA RESOLUCION Nº 50

DEBE DECIR: a Estar emplazados dentro del cerco perimetral y comunicados con los corrales de encierre a través de una calle.

REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL
Tipo Compacto Frigorías/h Inferior o igual a 2.500
Superior a 2.500 pero inferior o igual a 5.000
Superior a 5.000 pero inferior o igual a 10.000
Tipo Split Frigorías/h Inferior o igual a 2.500
Superior a 2.500 pero inferior o igual a 5.000
Superior a 5.000 pero inferior o igual a 10.000

FOB Mínimo de Exportación U$S/Unidad 568,19
839,36
1.175,43

Frigorías/h Inferior o igual a 2.500
Superior a 2.500 pero inferior o igual a 5.000
Superior a 5.000 pero inferior o igual a 10.000

DONDE DICE: a su vez, estará separado del cerco perimetral por uno menos de TRES 3
metros.
DEBE DECIR: a su vez, estará separado del cerco perimetral por no menos de TRES 3
metros.

FE DE ERRATAS
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD
Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Tipo Split, Evaporadores FOB Mínimo de Exportación U$S/Unidad -,335,74
470,17

En la edición del 4 de julio de 2002, en la que se publicó la mencionada Resolución, se deslizaron en los numerales citados en el Anexo los siguientes errores de imprenta:
DONDE DICE:

Inferior o igual a 2.500
Superior a 2.500 pero inferior o igual a 5.000
Superior a 5.000 pero inferior o igual a 10.000

FOB Mínimo de Exportación U$S/Unidad 340,91
503,62
705,26

MINISTERIO DE ECONOMIA
Resolución 260/2002-ME
Bs. As., 1/8/2002
Recházase el reclamo administrativo interpuesto por la Doctora Mariela Laura Germinario en representación de los siguientes ex empleados de la ex Empresa Nacional de Telecomunicaciones ENTel, que pasaron a desempeñarse como dependientes de Telefónica de Argentina Sociedad Anónima: Isabel Vilma Alvarez, Pedro Francisco Beatrice, Roberto Bento, Héctor Bruno Cardea, José Donato DAmbrosio, Pedro Francisco Díaz, María Teresa Asensio, Héctor Fabián Balmaceda, Dino Mario Bassi, Guillermo Mamani, Héctor José Paolucci, Guillermo Luis Tusar, José Luis Zubiri, Carlos Manuel Ramírez, Susana Isabel Fioranelli, Orlando Franzosi, José Angel Hernández, Marta Elvira Martín, Alba Gioconda Miori, Blanca Nilda Moreno, Lucía Teresa Moreno, Saúl Edilio Moreno y Ana María Paolucci, contra el Artículo 4 del Decreto N 395 del 5 de marzo de 1992.
Hágase saber que la resolución del presente reclamo clausura la vía administrativa quedando expedita la acción judicial, la que podrá ser interpuesta dentro de los noventa días hábiles judiciales.

Resolución Nº 537/2002-SENASA

Tipo Split, Condensadores Frigorías/h
RESOLUCIONES
SINTETIZADAS

Resolución Nº 536/2002-SENASA

En b, FOB Mínimo de Exportación U$S/Unidad 211,76
355,77
652,16

9

Sellado sanitario de carnes 26.2.13
Las carnes declaradas aptas para el consumo humano, de carnes provenientes de animales de las especies bovina, porcina, ovina, caprina y equina, que se faenen en establecimientos controlados

REPUBLICA POPULAR CHINA

DISPOSICIONES
SINTETIZADAS

SECRETARIA DE PROGRAMAS
DE SALUD SERVICIO
NACIONAL DE REHABILITACION
Y PROMOCION DE LA PERSONA
CON DISCAPACIDAD - MSYAS

DEBE DECIR:
Tipo Compacto Frigorías/h Inferior o igual a 2.500
Superior a 2.500 pero inferior o igual a 5.000
Superior a 5.000 pero inferior o igual a 10.000

Disposición 646/2002-SNRPPD
FOB Mínimo de Exportación U$S/Unidad 275,16
455,11
652,16

DONDE DICE:

Tipo Split Frigorías/h Inferior o igual a 2.500
Superior a 2.500 pero inferior o igual a 5.000
Superior a 5.000 pero inferior o igual a 10.000

Sellado sanitario de carnes 26.2.13
Las carnes declaradas aptas para el consumo humano, provenientes de animales de las especies bovina, porcina, ovina, caprina y equina, que se faenen en establecimientos controlados
FOB Mínimo de Exportación U$S/Unidad 512,62
737,75
1.041,63

Sello para bovino, ovino, porcino y caprino 26.2.14
El sello para bovinos tendrá forma de media elipse, dividida por bovino, porcino y caprino su diámetro mayor. Las medidas de los diámetros de la elipse de origen serán: diámetro mayor, OCHO 8 centímetros, y DEBE DECIR:

Tipo Split, Evaporadores Frigorías/h Inferior o igual a 2.500
Superior a 2.500 pero inferior o igual a 5.000
Superiora 5.000 pero inferior o igual a 10.000

FOB Mínimo de Exportación U$S/Unidad 208,65
295,10
416,65

Sello para bovino, ovino, porcino y caprino 26.2.14
El sello para bovinos tendrá forma de media elipse, dividida por su diámetro mayor.
Las medidas de los diámetros de la elipse de origen serán: diámetro mayor, OCHO 8 centímetros, y
Bs. As., 20/6/2002
Categorízase al Centro de Recuperación, Adaptación y Recreación S.R.L. C.R.E.A.R. sito en la calle Juramento 4751 1431 Ciudad Autónoma de Buenos Aires bajo la categoría provisoria B
en su prestación de Formación Laboral.
Recategorízase al Centro de Recuperación, Adaptación y Recreación S.R.L. C.R.E.A.R., sito en la calle Juramento 4751 1431 Ciudad Autónoma de Buenos Aires bajo la categoría provisoria A en su prestación de Educación General Básica.
Encuádrase las atenciones categorizadas y recategorizadas para el citado establecimiento bajo las modalidades prestacionales de Educación Inicial con modalidad de concurrencia Jornada Simple y Doble; de Formación Laboral con modalidad de concurrencia Jornada Simple y Doble.
Autorízase para el Centro de Recuperación, Adaptación y Recreación S.R.L. C.R.E.A.R., los cupos que a continuación se señalan: Educación Inicial 12 concurrentes, Formación Laboral 12 concurrentes y Educación General Básica 43
concurrentes.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 07/08/2002 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha07/08/2002

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones9346

Primera edición02/01/1989

Ultima edición25/05/2024

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