Boletín Oficial de la República Argentina del 04/12/2001 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
BUENOS AIRES, MARTES 4 DE DICIEMBRE DE 2001

AÑO CIX

$ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL

Nº 29.788
PRESIDENCIA DE LA NACION
SECRETARIA LEGAL
Y TECNICA
DR. VIRGILIO J. LOIÁCONO
SECRETARIO

DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
DR. RUBEN A. SOSA
DIRECTOR NACIONAL
Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal Tel. y Fax 4322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485

http www.jus.gov.ar/servi/boletin/
Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa y 3 Sección

e-mail: boletin@jus.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 105.174

LEYES
ACTIVIDAD TURISTICA
Ley 25.503
Determínase la situación ante el impuesto al valor agregado de los servicios del transporte organizado para el turismo, que resultaren complemento de la actividad mencionada.
Sancionada: Noviembre 7 de 2001.
Promulgada de Hecho: Noviembre 29 de 2001.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º La presente ley tiene por objeto determinar la situación ante el impuesto al valor agregado IVA de los servicios del transporte organizado para el turismo, que resultaren complemento de la actividad turística, y que se hubieren producido antes de la entrada en vigencia de la misma.
A los efectos del párrafo anterior se establece que los mencionados servicios serán aquellos que consistan en el desplazamiento individual o colectivo de turistas, que tengan por finalidad la realización de excursiones o paseos de recreación, esparcimiento o deportivos.
ARTICULO 2º Los servicios de transporte organizado para el turismo, mencionados en el
1

LEGISLACION
Y AVISOS OFICIALES

artículo anterior, y que hubieran sufrido actuaciones de fiscalización y que hayan determinado la obligación fiscal con relación al impuesto al valor agregado, relativas a períodos comprendidos con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley, se considerarán exentos del mencionado tributo.
ARTICULO 3º El beneficio fiscal establecido por la presente ley será de aplicación para las determinaciones impositivas que a la fecha se encuentren en curso de discusión administrativa, contencioso administrativa o judicial. Asimismo para los casos que se encuentren con sentencia firme, en tanto el responsable se allanare y renunciara a toda acción y derecho, incluso el de repetición, quedando en estos casos las costas en el orden causado.

DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

SUMARIO
ACTIVIDAD TURISTICA
Ley 25.503
Determínase la situación ante el impuesto al valor agregado de los servicios del transporte organizado para el turismo, que resultaren complemento de la actividad mencionada.
ADHESIONES OFICIALES
Resolución 437/2001-SG
Declárase de interés nacional la entrega de la Distinción Ugarit, organizada en la ciudad de Buenos Aires.

1

5

ARTICULO 4º Las obligaciones impositivas efectivamente canceladas con anterioridad a la presente ley, no darán lugar a reclamación alguna ni a petición de reintegro, por parte del contribuyente.

Resolución 913/2001-SAGPA
Auspícianse las VI Jornadas Técnicas de Viveristas Forestales de la Patagonia, organizadas en la ciudad de Esquel, provincia del Chubut.

5

ARTICULO 5º Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Resolución 986/2001-SAGPA
Auspícianse las XI Jornadas Fitosanitarias Argentinas, a desarrollarse en la ciudad de Río Cuarto, provincia de Córdoba.

5

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS SIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL
AÑO DOS MIL UNO.
REGISTRADA BAJO EL Nº 25.503
RAFAEL PASCUAL. MARIO A. LOSADA.
Guillermo Aramburu. Juan C. Oyarzún.

DECRETOS
CONVENIOS PARA MEJORAR
LA COMPETITIVIDAD Y
LA GENERACION DE EMPLEO
Decreto 1562/2001
Dase por aprobado el convenio celebrado entre el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales adheridos, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los representantes empresariales y sindicales del sector postal, en el marco de la Ley Nº 25.414.
Bs. As., 29/11/2001
VISTO el CONVENIO PARA MEJORAR LA COMPETITIVIDAD Y LA GENERACION DE EMPLEO, suscripto en el marco de la Ley Nº 25.414, entre el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales adheridos, el Gobierno de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS
AIRES y los representantes empresariales y sindicales del sector postal, y CONSIDERANDO:
Que por el referido convenio, celebrado con el objeto de mejorar la competitividad nacional e internacional del sistema productivo argentino, cada una de las partes asumió una serie de compromisos, a fin de crear las condiciones favorables a la inversión y al empleo y contribuir a la paz social.

Pág.

Pág.

ADUANAS
Resolución General 1172-AFIP
Ingreso al territorio argentino de billetes papel moneda, divisas, oro de buena entrega, monedas de oro y/u otros valores mobiliarios que fueren en condición de Equipaje, Pacotilla o bajo el Régimen de la Resolución Nº 631/91
ex ANA u otro régimen.
CONVENIOS PARA MEJORAR LA
COMPETITIVIDAD Y LA GENERACION
DE EMPLEO
Decreto 1562/2001
Dase por aprobado el convenio celebrado entre el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales adheridos, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los representantes empresariales y sindicales del sector postal, en el marco de la Ley Nº 25.414.
DEUDA PUBLICA
Resolución Conjunta 159/2001-SF
y 394/2001-SH
Modifícase la Resolución Conjunta N 37/
2001-SF y 11/2001-SH, en relación con la denominación mínima en valor nominal para los Bonos del Gobierno Nacional a Tasa Flotante en Dólares Estadounidenses Serie I.
EXPORTACIONES
Resolución General 1173-AFIP
Exportación de billetes, monedas extranjeras y metales preciosos amonedados.
FACTURACION Y REGISTRACION
Resolución General 1171-AFIP
Procedimiento. Emisión de comprobantes.
Controladores Fiscales. Resolución General Nº 4104 DGI, texto sustituido por la Resolución General Nº 259, sus modificatorias y complementarias. Situaciones de excepción al uso de controladores fiscales. Formulario de declaración jurada Nº 445/J. Norma complementaria.
INSTITUTO NACIONAL
DE ESTADISTICA Y CENSOS
Decreto 1556/2001
Exceptúase al citado Instituto de lo dispuesto por el Artículo 21 de la Ley N 25.401, al solo efecto de posibilitar la cobertura transitoria del cargo de Director de Estadísticas del Comercio Exterior.
LEALTAD COMERCIAL
Disposición 750/2001-DNCI
Reconócese a ECA IYC Entidad Colaboradora de la Administración como organismo de certificación para la aplicación del régimen establecido por la Resolución ex-S.I.C. y M.
N 92/98.

9

1

5

9

10

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y
MEDIO AMBIENTE
Decreto 1574/2001
Desígnase Secretario de Políticas Sociales.

2

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Decreto 1575/2001
Desígnase Secretario de Desarrollo Sustentable y Política Ambiental.

2

PROYECTO PIERRE AUGER
Decreto 1555/2001
Autorízase el ingreso temporario de equipamiento científico a instalarse en el Observatorio del Hemisferio Sur del mencionado Proyecto.

3

RADIODIFUSION
Decreto 1557/2001
Autorízase a la Municipalidad de Las Perdices, a instalar y operar un servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en el ámbito de la localidad de Las Perdices, provincia de Córdoba.

3

SERVICIO TELEFONICO
Resolución 491/2001-SC
Asígnase numeración geográfica para el Servicio Básico Telefónico.

8

TELECOMUNICACIONES
Resolución 485/2001-SC
Otórgase licencia única de servicios de telecomunicaciones, en los términos del Anexo I del Decreto N 764/2000.

6

Resolución 486/2001-SC
Aclaración sobre licencias para la prestación de servicios de telecomunicaciones otorgadas mediante la Resolución N 15.683/99.

6

Resolución 487/2001-SC
Autorízase la transferencia de la frecuencia de la Banda A-A del Anexo I de la Resolución N 263/99, en las áreas de prestación correspondientes al Area Múltiple Buenos Aires y ciudades de La Plata y Pilar, provincia de Buenos Aires.

6

Resolución 489/2001-SC
Regístranse a nombre de Citilan Argentina S.A. los servicios de telefonía local y reventa de servicios de telecomunicaciones.

6

Resolución 490/2001-SC
Asígnase numeración no geográfica para los servicios de Audiotexto Gran Público y Audiotexto-Colectas de Bien Público.

7

Resolución 492/2001-SC
Otórgase licencia única de servicios de telecomunicaciones, en los términos del Anexo I del Decreto N 764/2000.

7

Resolución 493/2001-SC
Aclaración sobre una licencia otorgada para la prestación del Servicio de Radio Taxi mediante la Resolución de la ex Comisión Nacional de Telecomunicaciones N 4284/93.

7

Resolución 495/2001-SC
Autorízase a Telecom Internet S.A. a transferir su registro para la prestación del Servicio de Acceso a Internet a favor de Telecom Argentina Stet-France Telecom S.A.

8

2

REMATES OFICIALES
15

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11

Nuevos
13

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15

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 04/12/2001 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha04/12/2001

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones9357

Primera edición02/01/1989

Ultima edición05/06/2024

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