Boletín Oficial de la República Argentina del 08/09/1998 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 28.975 1 Sección dad JUAN PABLO II ha designado Obispo de la Diócesis de Villa María a Su Excelencia Reverendísima Monseñor Roberto RODRIGUEZ, y CONSIDERANDO:
Que conforme al Artículo 3º del Acuerdo entre la SANTA SEDE y la REPUBLICA ARGENTINA, aprobado por Ley 17.032, el nombramiento de Obispos es competencia de la SANTA SEDE.
Que se han cumplido previamente los trámites previstos por la norma indicada, y el designado reúne los requisitos allí establecidos.
Que a los fines civiles y administrativos, es necesario el reconocimiento de la designación efectuada.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Reconócese a Su Excelencia Reverendísima Monseñor Roberto RODRIGUEZ
D.N.I. N 6.681.300 como Obispo de la Diócesis de Villa María.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MENEM. Guido Di Tella.

CULTO
Decreto 1030/98
Reconócese Arzobispo Coadjutor de la Arquidiócesis de La Plata.

CONSIDERANDO:
Que por dichas actuaciones se tramitó la Licitación Pública Nº 4/97, realizada por la Cartera de Estado antes mencionada con el objeto de contratar la adquisición de vacuna contra HAEMOPHILUS INFLUENZAE
Tipo B con sus correspondientes jeringas, solicitada por la DIRECCION DE EPIDEMIOLOGIA de la DIRECCION NACIONAL DE
MEDICINA SANITARIA, dependiente de la SUBSECRETARIA DE ATENCION COMUNITARIA de la SECRETARIA DE PROGRAMAS
DE SALUD del MINISTERIO DE SALUD Y
ACCION SOCIAL.
Que razones técnico operativas, sumadas a las urgencias propias que caracterizan las funciones de dicha Dirección, aconsejaron parcializar la adjudicación de este mismo rubro conforme a las Resoluciones del MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL
Nros. 430/97, 861/97 y 384/98.
Que cada uno de dichos actos administrativos fue tramitado en un todo de acuerdo con las disposiciones del Capítulo VI de la Ley de Contabilidad, reglamentado mediante Decreto Nº 5720/72.
Que, por su parte, la reglamentación del artículo 57 de dicha norma legal prescribe que la competencia para aprobar a que se refieren los artículos 57 al 60 de la ley estará determinada por la suma mayor que resulte del conjunto de lo adjudicado por firma.
Que las Resoluciones del MINISTERIO DE
SALUD Y ACCION SOCIAL precitadas, analizadas en conjunto, exceden los montos que el Decreto Nº 2662/92 autoriza a aprobar a los Ministros y Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Bs. As., 2/9/98

Que, por lo tanto, procede que tales resoluciones sean ratificadas en esta instancia.

VISTO la comunicación de la Nunciatura Apostólica por la que se informa que Su Santidad JUAN PABLO II ha designado Arzobispo Coadjutor de la Arquidiócesis de La Plata a Su Excelencia Reverendísima Monseñor Héctor Rubén AGUER, y
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL ha tomado la intervención de su competencia.

CONSIDERANDO:
Que conforme al Artículo 3º del Acuerdo entre la SANTA SEDE y la REPUBLICA ARGENTINA, aprobado por Ley 17.032, el nombramiento de Arzobispos es competencia de la SANTA SEDE.
Que se han cumplido previamente los trámites previstos por la norma indicada, y el designado reúne los requisitos allí establecidos.
Que a los fines civiles y administrativos, es necesario el reconocimiento de la designación efectuada.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Reconócese a Su Excelencia Reverendísima Monseñor Héctor Rubén AGUER
L.E. Nº 4.415.937 como Arzobispo Coadjutor de la Arquidiócesis de La Plata.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MENEM. Guido Di Tella.

DECISIONES
ADMINISTRATIVAS
MINISTERIO DE SALUD Y
ACCION SOCIAL

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL;
el artículo 19, inciso a de la Ley 19.549, el Decreto Nº 2662 del 29 de diciembre de 1992
y el artículo 8º del Decreto Nº 909/95.

Que por la Decisión Administrativa Nº 6/98 se aprobó la distribución de cargos y dotación de Planta Permanente del Escalafón 226, Personal del Cuerpo de Guardaparques Nacionales del citado Organismo.
Que el Reglamento del Cuerpo de Guardaparques Nacionales aprobado por Decreto Nº 1455/87 prevé la incorporación periódica al Cuerpo de Guardaparques Nacionales de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, de aquellos cursantes que, habiendo egresado del Curso de Aspirantes a Guardaparques que dicta ese Organismo, sean considerados aptos para la función.
Que la ADMINISTRACION DE PARQUES
NACIONALES ha dado por finalizado el XXI Curso de Capacitación en Areas Naturales Protegidas Guardaparque Bernabé Méndez, haciéndose necesario proceder a modificar la distribución de los cargos aprobada por la Decisión Administrativa Nº 6/98 para permitir el ingreso al Agrupamiento Guardaparques del Cuerpo de Guardaparques Nacionales, de los VEINTE 20 nuevos Guardaparques egresados del referido Curso.
Que, por todo ello, la ADMINISTRACION DE
PARQUES NACIONALES propone la adecuación de la distribución de cargos de dicho Escalafón a las circunstancias expuestas.
Que, en consecuencia, la adopción de la presente medida no implica incremento presupuestario alguno.
Que se ha dado intervención a la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Que la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO ha tomado la intervención que le compete.

3

CONSIDERANDO:
Que la norma mencionada en primer término creó el FONDO ESPECIAL DEL TABACO para el fomento de la producción del tabaco.
Que la Decisión Administrativa Nº 361 de fecha 8 de julio de 1998 ha reducido los créditos presupuestarios y recursos correspondientes al referido Fondo.
Que como consecuencia de ello, y en caso de verificarse un incremento en la recaudación, se estima conveniente arbitrar los medios para restituir o incrementar los créditos y recursos reducidos por la Decisión Administrativa Nº 361 del 8 de julio de 1998.
Que para el supuesto referido en el considerando anterior, la Ley Nº 24.938, en su artículo 12, tercer párrafo, faculta al Jefe de Gabinete de Ministros a disponer ampliaciones, debidamente fundamentadas, en los créditos presupuestarios financiados con incrementos en los recursos con afectación específica.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 100
inciso 1 de la Constitución Nacional.
Por ello, EL JEFE DE GABINETE
DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Instrúyese a la SECRETARIA
DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, en caso de verificar un incremento en la proyección de recaudación del FONDO ESPECIAL DEL TABACO
al 31 de octubre de 1998, a elaborar la medida pertinente, en el marco de lo establecido por el artículo 12, 3º Párrafo de la Ley Nº 24.938, a fin de incrementar los recursos y créditos presupuestarios del referido fondo, destinados al cumplimiento de la Ley Nº 19.800.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Jorge A. Rodríguez. Roque B.
Fernández.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo previsto en el artículo 100, inciso 1, de la Constitución Nacional.

INSTITUTO NACIONAL DE
SERVICIOS SOCIALES PARA
JUBILADOS Y PENSIONADOS

Por ello,
Decisión Administrativa 457/98

Por ello, EL JEFE DE GABINETE
DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Ratifícanse las Resoluciones del MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL, cuyas copias debidamente autenticadas forman parte integrante de la presente, Nº 430 del 25
de junio de 1997, Nº 861 del 3 de noviembre de 1997 y Nº 384 del 29 de mayo de 1998.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Jorge A. Rodríguez. Alberto Mazza.
NOTA: Las Resoluciones que forman parte integrante de la presente no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Capital Federal.

EL JEFE DE GABINETE
DE MINISTROS
DECIDE:

Suspéndense retenciones que la Administración Nacional de la Seguridad Social, practica por aplicación del Decreto Nº 197/97.

Artículo 1º Modifícase la Decisión Administrativa Nº 6/98 en cuanto a la distribución de cargos y dotación de Planta Permanente del Escalafón 226, Personal de Guardaparques de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, Organismo descentralizado de la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la PRESIDENCIA DE
LA NACION, de acuerdo al detalle obrante en los Anexos I y II de la presente.

Bs. As., 4/9/98

Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Jorge A. Rodríguez. Roque B.
Fernández.
NOTA: Los Anexos no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Capital Federal.

ADMINISTRACION DE
PARQUES NACIONALES
Decisión Administrativa 447/98
Modifícase la Decisión Administrativa Nº 6/
98 en cuanto a la distribución de cargos y dotación de Planta Permanente de un Escalafón del Personal de Guardaparques.
Bs. As., 1/9/98

Decisión Administrativa 445/98
Ratifícanse las Resoluciones Nros. 430/97, 861/97 y 384/98 del citado Departamento de Estado, en relación a la adquisición de vacuna contra Haemophilus Influenzae Tipo B.

PARQUES NACIONALES, Organismo descentralizado de la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Martes 8 de setiembre de 1998

VISTO la Ley Nº 24.938 del Presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio 1998, los Decretos Nros. 1375/96 y 1455/
87, y la Decisión Administrativa Nº 6 del 6
de enero de 1998, y
Bs. As., 1/9/98

CONSIDERANDO:

VISTO el expediente Nº 2002-13.164/96-9 del registro del MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL, y
Que por el Decreto Nº 1375/96 se aprobó el primer nivel operativo de la Estructura Organizativa de la ADMINISTRACION DE

MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
Decisión Administrativa 448/98
Fondo Especial del Tabaco. Arbítranse los medios para restituir o incrementar los créditos y recursos reducidos por la Decisión Administrativa Nº 361/98.
Bs. As., 1/9/98
VISTO la Ley Nacional de Actividades Tabacaleras Nº 19.800, la Ley Nº 24.938 de Presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio 1998, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 6 de fecha 6 de enero de 1998 y la Decisión Administrativa Nº 361
del 8 de julio de 1998, y
VISTO el Decreto Nº 197 del 7 de marzo de 1997, modificado por Decreto Nº 717/97, y CONSIDERANDO:
Que en sendas actuaciones el INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA
JUBILADOS Y PENSIONADOS manifiesta que la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA
SEGURIDAD SOCIAL, en virtud de lo dispuesto por el artículo 15 del Decreto Nº 197/
97, retuvo de la recaudación que le corresponde a ese Instituto y transfirió durante el mes de enero del corriente año a la exADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD, actual SUPERINTENDENCIA
DE SERVICIOS DE SALUD, la suma de TREINTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS
NOVENTA Y NUEVE MIL CIENTO ONCE
PESOS CON VEINTIDOS CENTAVOS $
31.899.111,22
Que las retenciones y cancelaciones por cuenta del Instituto que se practican por parte de la ADMINISTRACION NACIONAL DE
LA SEGURIDAD SOCIAL, encuentran fundamento en el préstamo de DOSCIENTOS VEINTE MILLONES DE PESOS $ 220.000.000
otorgado por el artículo 8º del referido decreto, sustituido por Decreto Nº 717/97.
Que, conforme surge de las actuaciones respectivas, dicho préstamo no fue integrado en su totalidad por parte de la ex-ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO DE
SALUD, actual SUPERINTENDENCIA DE
SERVICIOS DE SALUD.
Que en consecuencia, resulta necesario suspender las citadas retenciones.
Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 08/09/1998 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha08/09/1998

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones9346

Primera edición02/01/1989

Ultima edición25/05/2024

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