Boletín Oficial de la República Argentina del 27/11/1997 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
BUENOS AIRES, JUEVES 27 DE NOVIEMBRE DE 1997

AÑO CV

$ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL

Nº 28.783
MINISTERIO DE JUSTICIA
DR. RAUL E. GRANILLO OCAMPO
MINISTRO

SECRETARIA DE ASUNTOS
TECNICOS Y LEGISLATIVOS
DR. GUSTAVO A. NAVEIRA
SECRETARIO

DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
DR. RUBEN A. SOSA
DIRECTOR NACIONAL
Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal Tel. y Fax 322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485

http www.jus.gov.ar/servi/boletin/
Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa Sumario 3 Sección Contrataciones del Estado

e-mail: boletin@jus.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 712.478

DECRETOS

1

NACION en el ámbito jurisdiccional de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS.
Que la Ley Nº 24.629 establece en el Capítulo II las normas relativas al mejoramiento del funcionamiento y la calidad de los servicios prestados por las distintas jurisdicciones de la Administración Pública Nacional, así como su financiamiento.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL creó mediante los artículos 1º y 8º del Decreto Nº 558/96 la UNIDAD DE REFORMA Y
MODERNIZACION DEL ESTADO en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS estableciendo que los organismos descentralizados de la Administración Pública Nacional deberán dar previa intervención a la mencionada unidad en todos los programas que contemplen componentes de fortalecimiento institucional, cualesquiera fuese su fuente de financiamiento.
Que el Decreto Nº 928/96 estableció para un conjunto de organismos descentralizados de la Administración Pública Nacional, la obligación de diseñar un plan estratégico dirigido a orientar su respectivo funcionamiento, formulando un plan de transformación, el cual debería ser elevado para su aprobación a la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS.
Que el Decreto Nº 1587/96 en su artículo 1º incluye a la SUPERINTENDENCIA DE
SEGUROS DE LA NACION en los términos del Decreto Nº 928/96.
Que ha tomado la intervención que le compete la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, expidiéndose favorablemente.
Que el presente acto se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99
inciso 1 de la Constitución Nacional.
Por ello,
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS
DE LA NACION
Decreto 1251/97
Apruébase el Plan Estratégico y la estructura orgánico-funcional de la citada entidad autárquica.
Bs. As., 19/11/97
VISTO las Leyes Nros. 20.091 y 24.629, los Decretos Nros. 558 del 24 de mayo de 1996, 660 del 24 de junio de 1996, 928 del 8 de agosto de 1996 y 1587 del 19 de diciembre de 1996 y, CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 20.091 define a la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA
NACION como una entidad autárquica con autonomía funcional y financiera, en jurisdicción del entonces MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS, que ejerce el control de todos los entes aseguradores.
Que el Decreto Nº 660/96 en su artículo 46
- Anexo III dispone la actuación de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA

DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por
LEGISLACION
Y AVISOS OFICIALES

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Apruébase el Plan Estratégico de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE
LA NACION entidad autárquica en jurisdicción de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS que como Anexo I forma parte integrante del presente Decreto.
Art. 2º Apruébase la estructura orgánico funcional de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION entidad autárquica en jurisdicción de la SECRETARIA DE POLITICA
ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS que, como Anexo II forma parte integrante del presente Decreto, y que entrará en vigencia una vez aprobada la propuesta de gestión a que se hace mención en el artículo siguiente.
Art. 3º En un plazo de SESENTA 60 días hábiles a partir de la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial, la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION entidad autárquica en jurisdicción de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS presentará ante la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS un esquema de metas presupuestarias e indicadores de ges-

auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

tión y un proyecto de sistema de gestión de recursos humanos por competencias y objetivos que refleje los contenidos del Plan Estratégico que por este acto se aprueba.

ANEXO I

1. OBJETIVOS DE LA
Art. 4º Facúltase al JEFE DE GABINETE
DE MINISTROS a realizar las adecuaciones normativas y presupuestarias para poner en plena ejecución el Plan Estratégico mencionado en el artículo 1º del presente Decreto.
Art. 5º Hasta tanto entre en vigencia la estructura orgánico-funcional aprobada por el artículo 2º, el Organismo mantendrá la estructura y distribución de cargos con funciones ejecutivas y específicas aprobadas por el Decreto Nº 1587/96, la Resolución Conjunta de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA
NACION, SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA y la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 136 del 29 de junio de 1994 y la Resolución de la SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA Nº 307
del 21 de julio de 1994.
Art. 6º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MENEM. Jorge A. Rodríguez.
Roque B. Fernández.

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS
DE LA NACION
Realizar las actividades de control, inspección y relevamiento del mercado, supervisión, recaudación de tasas, aplicación de multas y recopilación de información, previstas para el organismo en las disposiciones legales.
Colaborar en la definición de políticas para el mercado asegurador en el marco del Consejo Consultivo del Seguro de acuerdo a lo dispuesto en las normas vigentes.
Resolver en los aspectos relevantes de las empresas aseguradoras y de aquellas que operen en autoseguro conforme a las prescripciones de la Ley sobre Riesgos del Trabajo y su reglamentación.
Diseñar y velar por la ejecución de programas que mejoren la calidad del servicio, el costo y la celeridad en los procesos destinados a los asegurados.

SUMARIO
Pág.
ADHESIONES OFICIALES
Resolución 1351/97-SG
Declárase de interés nacional a la exposición Expofrutícola 97 a desarrollarse en la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro.
Resolución 1355/97-SG
Declárase de interés nacional el Gran Premio de la República Argentina de Fórmula 1 que se realizará en la Ciudad de Buenos Aires.

29

IMPORTACIONES
Resolución 396/97-DGA
Apruébanse Normas relativas al Programa de Inspección de Preembarque de Importaciones para Consumo.

31

RIESGOS DEL TRABAJO
Resolución 91/97-SSS
Adóptanse medidas en relación a la prestación dineraria de pago mensual por incapacidad laboral temporaria y permanente parcial.

29

SUPERINTENDENCIA DE
SEGUROS DE LA NACION
Decreto 1251/97
Apruébase el Plan Estratégico y la estructura orgánico-funcional de la citada entidad autárquica.

1

30

30

DEPOSITOS FISCALES
Resolución 347/97-DGA
Prorrógase la suspensión del trámite y la presentación de solicitudes de habilitación. Excepción.

29

FACTURACION Y REGISTRACION
Resolución General 53/97-AFIP
Procedimiento. Emisión de comprobantes. Controladores Fiscales.

Resolución General Nº 4104 DGI, sus modificatorias y complementarias. Nómina de equipos homologados y empresas proveedoras autorizadas.
30

ADUANAS
Resolución 384/97-DGA
Impleméntase en sede aduanera las normas tendientes al ingreso y egreso al país de órganos, materiales anatómicos y/o tejidos de cadáveres humanos o de seres humanos.

EXPORTACIONES
Resolución 363/97-DGA
Establécese que sólo serán de verificación obligatoria las exportaciones en cuyas Factura Permiso de Exportación Simplificada,el exportador no declare la Posición Arancelaria N.C.M.

Pág.

CONCURSOS OFICIALES
Nuevos
30

37

AVISOS OFICIALES
Nuevos
43

Anteriores
63

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 27/11/1997 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha27/11/1997

Nro. de páginas64

Nro. de ediciones9330

Primera edición02/01/1989

Ultima edición09/05/2024

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