Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 24/7/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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Nº 26.697- 135/19

PARANA, miércoles 24 de julio de 2019

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Secretaría General de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
GOBERNACION
DECRETO Nº 401 GOB

RECONOCIENDO PAGO DE ADICIONAL
Paraná, 13 de marzo de 2019

VISTO:
El Decreto Nº 4290 MGJ, de fecha 20 de diciembre de 2017; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se asignaron con carácter transitorio, las funciones de Jefa de la División Certificaciones dependiente del Departamento de Certificaciones y Antigedades, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Secretaría de Modernización del Estado, Ciencia y Tecnología, y se le otorgó el adicional por responsabilidad funcional, a la señora Noemí Elina Emeri a partir de la fecha de dicho texto legal;
Que la agente Emeri solicita se le reconozca el derecho a la percepción retroactiva del adicional por responsabilidad funcional por el período cerrado comprendido entre el 20.10.15 y el 20.12.17, en virtud del ejercicio de la citada función jerarquizado con anterioridad a que le fuera asignada por autoridad competente mediante la emisión del Decreto Nº 4.290/17 MGJ;
Que a fojas 37 de autos, el Jefe del Departamento de Certificaciones y Antigedades de la repartición, certificó que la referida agente ejerce la función inherente a la división bajo su dependencia desde el 15.10.15, fecha en la cual le fue asignada dicha jefatura por resolución interna;
Que en igual sentido se expidió la Dirección Técnica Administrativa de la Dirección de Recursos Humanos;
Que si bien se gestionó el reconocimiento y pago del adicional por responsabilidad funcional en virtud de la asignación de la Jefatura División Certificaciones de la repartición a favor de la mencionada, se dictó un acto administrativo definitivo por este Poder Ejecutivo, que desconociendo la competencia del órgano inferior y en ejercicio de facultades exclusivas, designó en la Jefatura a dicha agente a partir del 20 de diciembre de 2017, por lo que este acto no puede entenderse denegatorio de una pretensión que la agente no articuló en forma previa;
Que se advierte procedente la interposición de un reclamo de reconocimiento del derecho a la percepción del adicional, tal como lo ha articulado la parte interesada en autos, lo cual lo ha realizado dentro del plazo de caducidad previsto en el artículo 57 de la Ley Nº
E D ICION: 22 Págs. - $ 20,00

Cr. D. Gustavo Eduardo Bordet Cr. D. Adán Humberto Bahl Dra. Da. Rosario Margarita Romero Cr. D. Hugo Alberto Ballay Lic. Da. María Laura Stratta Lic. Da. Sonia Mabel Velázquez Ing. D. Luis Alberto Benedetto D. Edgardo Darío Kueider
7.060 para interponer el recurso de revocatoria que hubiera correspondido si el acto administrativo fuese considerado como denegatorio de su pretensión;
Que el titular del Poder Ejecutivo tiene exclusividad la de competencia en la asignación de funciones jerarquizadas dentro de la Administración Central conforme el artículo 1 del Decreto Nº 5.384/03 GOB., entendiendo que la figura de la ratificación no resulta procedente a efectos de sanear el vicio del acto dictado por el inferior, porque no está permitida la delegación de esa facultad;
Que si bien se entiende que el jefe inmediato superior o titular del órgano dentro del cual prestan servicios los agentes, se halla por su inmediatez y cercanía con la función a encomendar en mejores condiciones para proponer la designación de los agentes que prestan servicios bajo su órbita, mediante evaluación del desempeño y la idoneidad de los mismos para llevar a cabo una función jerarquizada, como así también mediante un juicio valorativo imbuido de los criterios de oportunidad, mérito y conveniencia, ello no implica que tenga competencia para designarlo;
Que el punto g del Anexo I del Decreto Nº 4.458/90 MGJEOSP, dispone un suplemento remunerativo y bonificable por responsabilidad funcional, cuyos porcentajes y base de cálculo han sido actualizados mediante Decreto Nº 2.426/04 GOB, que se otorgará al personal de planta permanente del escalafón general, de acuerdo a las funciones asignadas según las reglamentaciones vigentes;
Que las condiciones que debe cumplir el agente para hacerse acreedor a dicho adicional son las siguientes: que pertenece a la planta permanente de cargos del escalafón general; que las funciones que invoque en sustento de su pretensión le hayan sido asignadas formalmente mediante la emisión del acto administrativo correspondiente y por autoridad competente a tal efecto entendiéndose por tal a la autoridad de nombramiento; que las funciones están contempladas en las reglamentaciones o estructuras orgánicas vigentes y que las funciones formalmente asignadas hayan sido efectivamente prestadas;
Que resulta procedente reconocer el pago del adicional por responsabilidad funcional a favor de la señora Emeri a partir de la fecha que certificare su ejercicio efectivo el director general de Recursos Humanos, teniendo presente que los informes elaborados por los órganos de la administración incorporados a los expedientes administrativos en tanto documentos públicos hacen plena fe de lo allí consignado;
Que la Asesoría Legal de la Secretaría General de la Gobernación se ha expedido mediante Dictamen Nº 84/18;

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 24/7/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha24/07/2019

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones4732

Primera edición01/12/2003

Ultima edición19/04/2024

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