Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/7/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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Nº 26.687- 125/19

PARANA, miércoles 10 de julio de 2019

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Secretaría General de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA
DECRETO Nº 426 MGJ

APROBANDO CONVENIO MARCO
Paraná, 21 de marzo de 2019

VISTO:
La necesidad de optimizar y unificar los procedimientos establecidos para el control de licencias por enfermedad del personal docente y no docente dependiente del Consejo General de Educación, mediante un protocolo acorde a las particularidades propias del Sistema Educativo; y CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 5.923/00 MGJE y sus modificatorias, reglamenta el Régimen Unificado de Licencias e Inasistencias para el personal docente de la Provincia y el Decreto Nº 5.350/09 MGJEOSP, regula los procedimientos del Régimen de Inasistencias por razones de salud de los agentes de la Administración Pública Provincial, organismos autárquicos y descentralizados;
Estas normas conviven en la actualidad generando diferentes mecanismos para la realización de auditorías médicas, resultando éstos ineficientes al analizar el objeto de su implementación, dado que no solo se pretende promover la atención médica, sino además preservar la integridad física y psíquica de cada uno de los trabajadores, a fin de mejorar su calidad de vida y reducir las patologías de invalidez;
Asimismo, cabe destacar que la información remitida al empleador es acotada y no profundiza en los motivos que dan origen a la licencia requerida, condicionando la elaboración de estadísticas que permitan programar acciones de prevención y/o efectuar las gestiones correspondientes ante la Aseguradora de Riesgo de Trabajo ART en aquellos casos que lo demanden;
En este sentido, el Ministerio de Gobierno y Justicia y el Consejo General de Educación han celebrado un convenio marco de colaboración, cuyo objeto central es un cambio de modalidad de los mecanismos de auditoria médica para los casos de licencia por enfermedad de corto y largo tratamiento del personal docente y no docente dependiente del Consejo General de Educación; estableciendo un ámbito de trabajo conjunto entre la Comisión Médica y el CGE, mediante la distribución en todo el territorio provincial, de personal capacitado en pos de evitar demoras en las citaciones para revisión, reduciendo así los plazos actuales los que muchas veces superan ampliamente el periodo de licencia solicitada, generando conflictos en aquellas situaciones que luego no son ratificadas. En la cláusula
E D ICION: 24 Págs. - $ 20,00

Cr. D. Gustavo Eduardo Bordet Cr. D. Adán Humberto Bahl Dra. Da. Rosario Margarita Romero Cr. D. Hugo Alberto Ballay Lic. Da. María Laura Stratta Lic. Da. Sonia Mabel Velázquez Ing. D. Luis Alberto Benedetto D. Edgardo Darío Kueider
segunda del convenio anteriormente mencionado, surge que el Consejo General de Educación proveerá los agentes de la salud para realizar las tareas de auditorias médicas, y que las contraprestaciones que surjan de dichos contratos serán ejecutadas con fondos propios del mencionado organismo, tal como se explica a fojas 25/6 del expediente de referencia;
Dicho esto, es que desde el Gobierno Provincial se pretende optimizar el uso de los recursos del Estado, mediante la implementación de un trabajo integral que incorpore herramientas tecnológicas, personal capacitado e integración de la información necesaria que permita favorecer un ámbito laboral seguro, mediante el tratamiento y seguimiento de las patologías que afectan a los trabajadores, garantizando además que aquellos en condiciones de salud aptas para el desarrollo de sus labores, se reincorporen al mismo, luego de haber sido evaluados por un cuerpo médico. Perfeccionar esta intervención posibilitará maximizar la inversión de recursos que se destinan al sistema educativo entrerriano, mediante la reducción de costos que se generan debido a los reemplazos de personal necesarios para cubrir las licencias de los agentes ausentes;
Desde el Estado se realizará la contratación de treinta 30 agentes de la Salud, que desarrollarán su trabajo en el territorio provincial y cuya dependencia funcional será conjunta entre la Comisión Médica, dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia y el Consejo General de Educación;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Apruébese el convenio marco de colaboración para el control de licencias usufructuadas por el personal docente y no docente del CGE, conforme al régimen vigente, celebrado en fecha 3 de diciembre de 2018, entre el Ministerio de Gobierno y Justicia y el Consejo General de Educación, el que como Anexo I integra el presente.
Art. 2º Autorícese la distribución territorial de los agentes de la Salud que estarán abocados al control de licencias para los casos de inasistencia por razones de salud del personal docente y no docente dependiente del Consejo General de Educación, que como Anexo II forma parte del presente decreto.
Art. 3º Apruébese el Manual de Procedimientos para la Gestión de Licencias Médicas del Personal Docente y No Docente del Consejo General de Educación, que como Anexo III forma parte de la presente.
Art. 4º Modifíquese el inciso C del artículo 6º, del Anexo I del Decreto Nº 5.923/00 MGJE, que quedará redactado de la siguiente manera:

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/7/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha10/07/2019

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones4732

Primera edición01/12/2003

Ultima edición19/04/2024

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