Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 29/1/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

la firma Correo Argentino SA, por un total de pesos trescientos cincuenta y siete mil quinientos con 01/100 $ 357.500,01 según factura B N 2979 -00027494, de conformidad a lo expresado en los considerandos del presente.
Art. 2.- Impútase el gasto a D.A 954, Carácter 1, Jurisdicción 10, Subjurisdicción 01, Entidad 0000, Programa 16, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01, Obra 00, Finalidad 1, Función 31, Fuente de Financiamiento 11, Subfuente de Financiamiento 0001, Inciso 3, P. Principal 1, P. Parcial 5, Subparcial 0000, Departamento 84, Ubicación Geográfica 07, del presupuesto vigente.
Art. 3.- Autorízase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a emitir la orden de pago correspondiente a fin de que la Tesorería General de la Provincia haga efectivo el importe mencionado en el Art. 1 del presente decreto, a la firma co rreo argentino SA, conforme la factura obrante en autos.
Art. 4.- El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Secretario General de la Gobernación a cargo del Ministerio de Cultura y Comunicación, conforme autorización conferida por Decreto N 2592/16 GOB.
Art. 5.- Comuníquese, publíquese y archívese, con copia del presente pasen las actuaciones a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación, a sus efectos.
GUSTAVO E. BORDET
Edgardo D. Kueider
MINISTERIO DE GOBIERNO Y
JUSTICIA
DECRETO Nº 1229 MGJ
MODIFICANDO PRESUPUESTO
Paraná, 26 de mayo de 2017
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales se interesa la transferencia definitiva de la agente María Marta Olivera, DNI Nº 23.880.115, Legajo Nº 165.179, categoría 8, Administrativo Ejecución, personal de planta permanente del Registro Único de la Verdad a la Secretaría de Justicia, dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia; y CONSIDERANDO:
Que motiva la misma el hecho de que la mencionada agente se encuentra actualmente prestando servicios en la Secretaría de Justicia como adscripta por Resolución Nº 45/15
S.J.; y Que obran autorizaciones del señor Secretario de Justicia y del señor Ministro de Gobierno y Justicia a la transferencia interesada; y Que la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia adjunta las planillas analíticas del gasto y anexo III, que reflejan la transferencia compensatoria del cargo y de créditos presupuestarios correspondientes a la gestión; y Que obra intervención de la Dirección General de Personal del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, considerando que no existen inconvenientes para la prosecución del trámite; y Que obra dictamen de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, sin formular objeciones jurídicas; y Que obra intervención de la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, expresando que las modificaciones de cargos y créditos propuestos encuadran en los términos de los artículos 14º y 15º de la Ley Nº 10.465;

Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Modifíquese el Presupuesto General de la Administración Provincial, ejercicio 2017, de la Jurisdicción 20- Ministerio de Gobierno y Justicia, Unidades Ejecutoras: Registro Único de la Verdad y Secretaría de Justicia, mediante transferencia compensatoria de cargos y créditos, por el monto de pesos ciento un mil cuatrocientos cincuenta y cuatro $
101.454, de conformidad a las planillas analíticas del gasto y anexo III, que forman parte integrante del presente decreto.
Art. 2º Transfiérase a partir de la fecha del presente decreto, con su cargo de la planta permanente de Personal del Registro Único de la Verdad a la Secretaría de Justicia, dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia, a la agente María Marta Olivera, DNI Nº 23.880.115, legajo Nº 165.179, categoría 8Administrativo Ejecución, de conformidad a lo expresado en los considerandos.
Art. 3º Impútase el gasto a: Dirección de Administración 966 - Carácter 1 - Jurisdicción 20 - Subjurisdicción 02 - Entidad 0000 - Programa 01 - Subprograma 00 - Proyecto 00 Actividad 01 - Obra 00 - Finalidad 1 - Función 20 - Fuente de Financiamiento 11 - Subfuente de Financiamiento 0001 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Partida Parcial 1/3/4/6 - Partida Subparcial 1001/1100/1105/1158/1181/
1031/1051 - Departamento 84 - Ubicación Geográfica 07 del presupuesto vigente.
Art. 4º la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia coordinará los movimientos de altas y bajas para la liquidación de los haberes respectivos.
Art. 5º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 6º Comuníquese, publíquese. Con copia del presente remítanse a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Mauro G. Urribarri
DECRETO Nº 1230 MGJ
Paraná, 26 de mayo de 2017
Aceptando la donación, de una fracción de terreno parte de otra de mayor extensión, efectuada por la señora Saña Isabel Marcilli, DNI
Nº 12.337.854, CUIT 27-12337854-2, nacida el 3 de abril de 1957, soltera, domiciliada en Escuela Provincial Nº 21 Colonia Santa María; la que se encuentra ubicada en el Departamento Federación, Distrito Tatuti, Centro Rural de Población Santa María y Las Margaritas, Colonia Santa María, Lotes 38 y 39 que de acuerdo al Plano de Mensura Nº 41.437; se individualiza como lote A y consta de una superficie total de 9 áreas, 10 centiáreas, con los siguientes límites y linderos:
Noreste: ruta provincial Nº 1 mediante recta alambrada 1-2 al sureste 32º 53 de 30,00 metros;
Sureste: fracción B de José María Rossi, mediante recta amojonada 2-7 al Suroeste 58º 30 de 30,70 metros;
Suroeste: fracción B de José María Rossi, mediante recta amojonada 7-6 al Noroeste 31º 30 de 30,00 metros.
Noroeste: lote 38 B de Delia Hortensia Rossi y otra mediante recta alambrada 6-1 al Noreste 58º 30 de 30,00 metros.
Su dominio consta inscripto ante el Registro de la Propiedad Inmueble de Chajarí bajo matrícula 4.454 sección Propiedad Federación Rural.

Paraná, lunes 29 de enero de 2018
Disponiendo que la donación del inmueble descripto precedentemente sea destinado a la construcción de un Centro de Salud para las Juntas de Gobierno de las Colonias Santa María, Las Margaritas, Santa Juana y La Fraternidad, en el Departamento Federación.
Facultando a la Escribanía Mayor de Gobierno a realizar los trámites conducentes para la efectiva transferencia de dominio del inmueble, cuya donación se acepta en el presente.
DECRETO Nº 1237 MGJ
RECHAZANDO RECURSO
Paraná, 26 de mayo de 2017
VISTO:
El recurso de revocatoria con apelación en subsidio interpuesto por el señor Sebastián Adalberto Arrejoria, M.I. Nº 29.765.865, contra la Resolución D.P. Nº 491/14; y CONSIDERANDO:
Que mediante el acto administrativo impugnado se resolvió rechazar un recurso de revocatoria con apelación en subsidio contra la Resolución D.P. Nº 250/14, la cual dispuso la baja de la Institución Policial del agente Arrejoria en virtud de las consideraciones allí vertidas y en torno a las irregularidades observadas en el cumplimiento del servicio policial; y Que si bien no está prevista en la Ley 7.060
la interposición subsidiaria del recurso de apelación jerárquica, en este caso atento a que se desprende del escrito recursivo la intención de su tratamiento por parte de una autoridad superior a la que dictó el acto y se interpuso dentro de los plazos legales, un 1
día antes de la notificación cursada al letrado patrocinante, en aplicación del principio pro accione es dable admitir formalmente el recurso e ingresar al tratamiento de la cuestión de fondo; y Que mediante el recurso en análisis, el señor Arrejoria formula sus agravios manifestando que, en su caso, la baja dispuesta es arbitraria y sin justificación, en tanto aduce que su conducta, desde que fuera asignado como agente el día 18 de diciembre de 2013 hasta la baja dispuesta con fecha 31 de enero de 2014, no ha sido reprochada ni sancionada como, así tampoco se le ha instruido sumario administrativo permitiéndosele valer su derecho a ser oído; y Que, aclarado lo cual, cabe señalar en primer lugar que el denominado estado policial es un vínculo de derecho a la carrera policial y el Estado Provincial, en el que el derecho a la carrera policial se desarrolla en un ámbito donde: a prima la obediencia por sobre la libertad de opinión: b la libertad ambulatoria puede llegar a ser incluso suprimida por la aplicación de sanciones; e existe intenso orden jerárquico estructurado en forma de pirámide, en cuya cúspide se encuentra la autoridad en ejercicio del mando jefe de Policía; y Que, asimismo, el Estado Policial y la pertenencia a las Fuerzas de Seguridad presuponen el sometimiento voluntario a un régimen jurídico compuesto por normas de forma y de fondo que estructuran la Institución Policial, donde sus agentes se hallan en una situación especial dentro de la Administración Pública; y Que dicho estado implica la sujeción a un régimen jurídico especial de ingreso, por el cual se le confiere a los órganos específicos la capacidad de apreciar en cada caso la concreta aptitud para integrar el cuerpo policial, con suficiente autonomía, que deriva, en definitiva, del principio de separación de los poderes; y Que sobre este punto, corresponde mencionar que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha venido sosteniendo el criterio según el cual el sometimiento voluntario a un régimen

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 29/1/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha29/01/2018

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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