Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 24/1/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, miércoles 24 de enero de 2018
ren: a Tramo A: Título universitario o terciario no universitario, reconocido oficialmente. b Tramo B: Certificado de Auxiliar de Enfermería reconocido oficialmente;
Que en su Capítulo VI, titulado: Régimen de prestaciones de servicio y remuneraciones, prevé diferencias remunerativas según la situación del agente resulte subsumible en el tramo A o en el tramo B vid. Arts. 31 a 42, amén de establecer y enunciar taxativamente en su Artículo 30 cuáles son los adicionales correspondientes a la Carrera Enfermería, no incluyéndose entre ellos el peticionado por los recurrentes, Articulo 30: Los adicionales correspondientes a la Carrera de Enfermería serán los siguientes: Adicionales: a Bonificación por antigedad. b Bonificación por riesgo. c Bonificacion por horario atípico. d Bonificación por función jerárquica. e Adicional remunerativo no bonificable;
Que como se afirma en el dictamen anexo a fs. 67, elaborado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, la misma ley ya retribuye el título universitario que detentan los agentes de enfermería tramo A, por lo que se tornaría inviable bonificar nuevamente dicho título universitario en el marco del Decreto N
2480/07 MEHF;
Que por otra parte, corresponde destacar que la improcedencia de la pretensión viabilizada por los recurrentes surge evidente al considerar que el Decreto N 2480 MEHF de fecha 28 de mayo de 2007 y en cuyos alcances o beneficio solicitan ser incluidos prevé: Artículo 2: Establécese, de conformidad a los considerandos del presente, a partir del 1 de junio de 2007, una bonificación especial remunerativa no bonificable en concepto de Complemento de Bonificación por Título Universitario de Validez Nacional" equivalente al cincuenta por ciento 50% de la asignación de la Categoría 2 del Escalafón General, el que se liquidará por Código separado y conjuntamente con el Código 050 -Adicional por Títuloo al Código 012 adicional por responsabilidad profesional, según el caso, para el Escalafón General y para los escalafones regulados por las Leyes Nos. 5654 y 5797";
Que el Decreto N 2480/07 MEHF no incluye en sus alcances a los agentes pertenecientes al Escalafón Enfermería, y, si bien este acto fue posteriormente modificado por el Decreto N 4350/07 MEHF, dictado en fecha 7 de Agosto de 2007, las modificaciones introducidas al segundo párrafo del Artículo 2 del Decreto N 2480/07 MEHF Art.
1º del Decreto N 4350/07 MEHF así como en su décimo considerando Art. 2 del Decreto N 4350/07 MEHF, no varían el hecho de que la bonificación especial remunerativa no bonificable en concepto de Complemento Bonificación por Título Universitario de Validez Nacional por instituido no comprende en sus alcances a los agentes pert e n e c i e n t e s a l E s c a l a f ó n E nf erm ería , ta l como se señala en la motivación de la Resolución N 687/13 MS impugnada por los recurrentes;
Que además debe considerarse que el Decreto N 2480/07 MEHF y su modificatorio Decreto N 4350/07 MEHF sólo resulta aplicable para los agentes pertenecientes al Escalafón General y a los escalafones regulados por las Leyes 5654 y 5797, no así para agentes pertenecientes a la Carrera Enfermería por tener un régimen específico regulado por la Ley 9564;
Que los argumentos desarrollados, coincidentes con los explicitados en el dictamen de fs. 67 y, por ello, ratificados en su integridad en esta oportunidad, son aquéllos que se sintetizan en el texto del Artículo 1 de la Resolu-

BOLETIN OFICIAL
ción N687/13 MS: Denegar la pretensión
la misma Ley ya retribuye el título universitario que detentan los agentes de enfermería tramo A" por lo que se tornaría inviable bonificar nuevamente dicho título universitario en el Marco del Decreto N 2480/07 MEHF, y además debe considerarse que el Decreto Nº 2480/07 MEHF y su modificatorio Decreto N 4350/07 MEHF sólo resulta aplicable para los agentes pertenecientes al Escalafón General y a los escalafones regulados por las Leyes 5654 y 5797, no así para agentes pertenecientes a la Carrera Enfermería por tener un régimen específico regulado por la Ley 9564";
Que en definitiva, por las razones expresadas en los párrafos que anteceden, corresponde el rechazo del recurso de apelación jerárquica contra la Resolución N 687/13
MS y su ampliatoria Resolución N 3194/13
MS, por las que fue desestimada su pretensión de reconocimiento, liquidación y pago a su favor del adicional por título instituido en el Artículo 2 del Decreto N 2480/07 MEHF, varios agentes pertenecientes a la Carrera de Enfermería dependiente del Ministerio de Salud, en razón de su extemporaneidad en el caso de los agentes detallados en en 2 y 3 considerando y atento a la improcedencia de la cuestión sustancial sometida a examen, en el caso de los agentes recurrentes detallados en el 6 considerando;
Que la Fiscalía de Estado, ha tomado la intervención que le compete;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1.- Recházase el recurso de apelación jerárquica interpuesto por los agentes Mauro Sebastián Fernández, DNI N 27.836.797, Viviana Lorena Ríos, DNI N 25.907.018, Graciela Leonard, DNI N 14.299.291, Amelia Verónica De Sa Dos Santos, DNI N 26.842.313, Nélida Marcelina Heinitz, DNI N 17.786.109, Marta Zulema Celis, DNI N 12.064.179, Lucía Carmen Godoy, DNI 21.839.444, Paula Adriana Cano, DNI N 20.553.601, Cristina Isabel Giménez, DNI N 17.962.814, Adriana Silvia Flematti, DNI N 16.166.180, Nancy Raquel Butus, DNI N 25.236.943, Martín H. Cucaro Larrachado, DNI N 18.820.713, María de los Ángeles Ramírez, DNI N 18.418.037, David Germán Ceferino Seimandi, DNI N
23.465.191, Margarita Isabel Ramírez, DNI N
13.229.560, Stella Maris Chimento, DNI N
21.839.327, Dominga Gregoria Pereira, DNI N
1 3 . 6 9 1 . 0 0 9 , A n a C a t a li n a D ie t z , D N I N
12.064.491. Alicia Evangelina Zumino, DNI N
20.100.553, Judith Elizabeth Salomone, DNI
N 25.236.938, Ramona Rosa Bello, DNI N
12.772.376, María Elena Medina, DNI N
28.676.862, Silvana Marisol Zeballos, DNI
N 26.809.829, María Magdalena Deu, DNI
N 17.616.040, María Graciela Rosset, DNI
N 13.883.850, Susana Patricia Falconier, DNI N 13.668.228, Silvia Soledad Altamirano, DNI N 26.837.977, Elena Carolina Mancini, DNI N 25.546.814, en razón de su ext e m p o r a n e i d a d , c o n t r a l a R e s o lu c ió n N
687/13 MS y su ampliatorio Resolución N
3194/13 MS, por las que fue desestimada su pretensión de reconocimiento, liquidación y pago a su favor del adicional por título instituido en el Artículo 2 del Decreto N
2480/07 MEHF, conforme a lo expuesto en el presente decreto.Art. 2.- Recházase el recurso de apelación jerárquica interpuesto por los agentes Griselda Beatriz Blanco, DNI N17.487.804, Analía Malvina Paniagua, DNI N 21.839.379, Cintia Soledad Rivero, DNI N 31.995.187, María Soledad Guadalupe Pérez, DNI N27.836.608, Mirta del Carmen Ferreyra, DNI N 11.807.913, Estefanía Soledad Schenfeld, DNI N
32. 72 2. 294 , Silv ia Ed it Salom ón , D NI N
20.505.600, Andrea Roxana Acosta, DNI N
23.880.524, atento a la improcedencia de la
3 cuestión sustancial, contra la Resolución N
687/13 M.S. y su ampliatorio Resolución N
3194/13 MS, por las que fue desestimada su pretensión de reconocimiento, liquidación y pago a su favor del adicional por título instituido en el Artículo 2 del Decreto N 2480/07
MEHF, de acuerdo a las consideraciones expuestas precedentemente.
Art. 3.- El presente decreto será refrendado por el Sr. Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social a/c del Ministerio de Salud, conforme autoridad conferida por Decreto N
4525/14 GOB.
Art. 4.- Comuníquese, notifíquese a los recurrentes al domicilio legal de calle San Lorenzo N 199 de Paraná, de lo dispuesto en presente decreto, por intermedio del Departamento Mesa de Entradas del Ministerio de Salud, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Carlos G. Ramos
DECRETO Nº 4483 MS
Paraná, 3 de diciembre de 2015
Reconociendo las funciones desempeñadas como Jefa de Recursos Humanos del Hospital Materno Infantil San Roque de Paraná a la agente Ester Araceli Gómez, DNI N
13.770.778, Categoría 6- Carrera Administrativa Supervisión - Escalafón General, por el período comprendido del 01/10/13 hasta la fecha del presente Decreto, en virtud a lo expresado en el presente texto legal.
Encuadrando la presente gestión dentro de lo establecido por los Decretos N 5384/03
GOB, N 7376/08, N 4458/90 MGJOSP - Anexo I -Punto G y lo dispuesto por el Decreto N
2426/04 GOB.
Asignando las funciones en forma transitoria como Jefa de Recursos Humanos del Hospital Materno Infantil San Roque de Paraná a la agente Ester Araceli Gómez, DNI N
13.770.778, Categoría 6- Carrera Administrativa Supervisión - Escalafón General, a partir de la fecha del presente y mientras se desempeñe en las mismas, en virtud a lo expresado en el presente texto legal.
Otorgando el pago del adicional por responsabilidad funcional a la agente Ester Araceli Gómez, DNI N 13.770.778, Categoría 6- Carrera Administrativa Supervisión - Escalafón General, del Hospital Materno Infantil San Roque de Paraná, atento a lo dispuesto precedentemente.
Facultando a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud, a liquidar y efectivizar el pago del adicional interesado a la agente Ester Araceli Gómez, DNI N
13.770.778, conforme a lo dispuesto en el presente texto normativo.
DECRETO Nº 4484 MS
Paraná, 3 de diciembre de 2015
Designando interinamente a partir de la fecha del presente Decreto y hasta tanto se llame a concurso, a la Obstétrica Yanina Milagros Herzog; Legajo Nº 145.666, en el cargo vacante Profesional Adjunto - Carrera Profesional Asistencial Sanitaria - Escalafón Sanidad del Hospital San Roque de Rosario del Tala, reteniendo el cargo Profesional Asistente - Carrera Profesional Asistencial Sanitaria - Escalafón Sanidad del mencionado establecimiento asistencial, el cual detenta en forma efectiva, cumpliendo además funciones de guardia.
Encuadrando el presente trámite en el Artículo 37 de la Ley 9892 - Carrera Profesional Asistencial Sanitaria.
Autorizando a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud a liquidar y efectivizar la suma que corresponda a la Obstétrica Yanina Milagros Herzog, Legajo N
145.666, en concepto de lo dispuesto en el presente texto legal.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 24/1/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha24/01/2018

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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