Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 11/9/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, lunes 11 de setiembre de 2017
CONSIDERANDO:
Que el artículo 5º de la Ley 9892, Carrera Profesional Asistencial Sanitaria, manda inexorablemente a efectuar el concurso correspondiente, para todos los cargos que se encuentran bajo la tutela del citado texto legal;
Que de acuerdo a la programación efectuada por la División Concurso dependiente de este Ministerio de Salud y atento a la premisa que se indica precedentemente, resulta procedente efectuar la convocatoria a concurso de todos los cargos comprendidos dentro de la Ley 9892;
Que asimismo se le ha dado intervención al Departamento Personal de este Ministerio de Salud, a los fines de ratificar o rectificar los cargos y situaciones de revista que se determinan en la presente;
Por ello;
El Ministro Secretario de Estado de Salud R E S U E L V E :
Art. 1º.- Llamar a concurso de títulos, antecedentes y oposición, en primer término para los profesionales que se desempeñan en los establecimientos asistenciales, de acuerdo a lo normatizado por el artículo 53º, punto 1 de la Ley 9892, Carrera Profesional Asistencial Sanitaria, para la cobertura del cargo Director Nivel I Médico, perteneciente a la Planta Permanente del Centro de Salud Dr. Armando Sabao de La Piragua, Departamento Paraná, en el cual revista en forma interina el Dr. Lisandro Aníbal Roldán, DNI Nº 29.169.430.Art. 2º.- El acto de inscripción comenzará en fecha a establecer a través de la División Concurso dependiente de este Ministerio de Salud y por el término de quince 15 días hábiles, de lunes a viernes en el horario de 08 a 12 horas;
los interesados presentaran los recaudos exigidos por el artículo 4º, inciso b de la Ley 9892, a saber:
IFormulario de inscripción, suministrado por la División Concursos.IIAcreditar, domicilio real en el departamento de la Provincia, al cual pertenece el establecimiento asistencial donde se concursa el cargo o en un radio de 50 Km., con un mínimo de seis 6 meses anteriores al llamado a concurso, mediante fotocopia del documento de identidad legalizado 1 y 2 hoja y cambio de domicilio u otro instrumento idóneo de acuerdo al artículo 4º, inciso c de la Ley 9892.IIICurrículum vitae, donde se detallarán todos los títulos, antecedentes y cargos desempeñados, que presentará para este acto, se adjuntará una copia del mismo para cada establecimiento asistencial donde desee inscribirse y agregarle al final dos copias más, en el caso de un solo nosocomio, se presentará por triplicado.IVCarpeta de antecedentes, donde constarán todos los títulos y antecedentes que el profesional mencione en su currículum para su participación, todo antecedente presentado en fotocopia, debe estar legalizado, a tal efecto constará en cada copia la leyenda Es copia o Es copia fiel y la firma de la autoridad competente Escribano Público, Juez de Paz o director/a del Establecimiento donde presta servicios, para los trabajos científicos invocados, se tendrá que presentar una copia de cada ejemplar para su evaluación, como asimismo la certificación de su presentación, si los mismos se encuentran en idioma extranjero, deberá incorporar su traducción.VFoliando, todos los antecedentes que presente para tal inscripción, excepto los resúmenes Currículum vitae abreviado punto III y el formulario de inscripción, deben encontrarse foliadas todas las hojas, es decir numeradas cada una de ellas, comenzando por el número uno 1 ubicado en la parte superior derecha.Art. 3º.- Comunicar, publicar y archivar.Ariel L. de la Rosa
RESOLUCIÓN Nº 1525 MS
Paraná, 17 de mayo de 2016
Aprobando la nueva nómina de integrantes del Comité de Docencia e Investigación del Hospital San Antonio de la Ciudad de Gualeguay, el que quedará integrado de la siguiente manera:

BOLETIN OFICIAL
Presidente: David Sánchez, DNI Nº 35.709.833
Secretaria: Lorena E. Magallán, DNI Nº 23.050.036
Vocales: Sebastián Navarro, DNI Nº 25.558.572
María Ofelia Mioni, DNI Nº 14.599.970
Silvana Fiorotto, DNI Nº 30.095.030
Pablo Siccardi, DNI Nº 20.316.112
Mariano Jurko, DNI Nº 26.561.037
Mariano García, DNI Nº 25.807.286
RESOLUCIÓN Nº 1526 MS
Paraná, 17 de mayo de 2016
Dando de baja a partir del 01.03.16, a la Farmacéutica Jorgelina Garrido, MP Nº 10226, en la dirección técnica de la Droguería Uruguay SRL, sita en calle Sarmiento Nº 1341 de la Ciudad de Concepción del Uruguay, propiedad de la firma Droguería Uruguay SRL.Autorizando, a partir del 01.03.16, a la Farmacéutica María Laura Sangermano, MP Nº 10151, a asumir la dirección técnica de la Droguería Uruguay SRL, sita en calle Sarmiento Nº 1341 de la Ciudad de Concepción del Uruguay, propiedad de la firma Droguería Uruguay SRL
RESOLUCIÓN Nº 1527 MS
DISPONIENDO SUSTANCIACIÓN DE
SUMARIO
Paraná, 17 de mayo de 2016
VISTO:
La presente gestión por la cual, se denuncia incumplimiento del artículo 64º de la Ley 9817, en la Farmacia Mutual Galileo Puente de la Ciudad de Gualeguaychú; y CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 3041 MS, de fecha 4
de septiembre de 2015, se dio de baja a la Farmacéutica Nadia Jimena Gambini, MP Nº 10149, DNI Nº 30.444.604, en las funciones de directora técnica de la Farmacia Mutual Dr.
Galileo Puente, sita en calle Andrade Nº 670
de la Ciudad de Gualeguaychú, propiedad de la institución Supervicios Gualeguaychú Mutual de Servicios Sociales, a partir del 6 de enero de 2014, asumiendo en dicha regencia la Farmacéutica Silvina Marina Vallory, MP Nº 829, DNI Nº 21.583.142, a partir del 1 de febrero de 2014;
Que asimismo por el mismo texto legal se intimó a los propietarios de la Farmacia Mutual Dr. Galileo Puente, a fin de que en el plazo perentorio de 10 diez días de notificadas, informen de manera fehaciente el cumplimiento del artículo 64º de la Ley 3818, durante el período comprendido desde el 6 de enero de 2014, hasta el 1 de febrero de 2014, en que el mencionado establecimiento farmacéutico no contó con profesional a cargo del establecimiento, bajo apercibimiento de inicio de acciones legales correspondientes;
Que de fs. 35 a fs. 38, obra respuesta a dicha intimación, realizada por el Dr. Roberto Alfredo Barros, en representación de la parte propietaria de la farmacia de referencia, donde informa que la Farmacéutica Nadia Jimena Gambini, en forma intempestiva y sin fundamento, abandonó su cargo y que inmediatamente procedieron a buscar reemplazante a los fines de regularizar la situación y que durante el período desde el 21 al 31 de enero de 2014, continuaron prestando servicio por razones de índole humanitaria, exclusivamente a afiliados del PAMI;
Que al dictaminar la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio de Salud, manifiesta que se habrían contrariado los artículos 64º y 75º de la Ley 3818, modificadas por Ley 9817, por lo que correspondería la sustanciación de un sumario a los responsables del establecimiento por incumplimiento de las normas legales supra citadas;
Que por lo antes expuesto corresponde sustanciar un sumario al propietario de la Farmacia Mutual Dr. Galileo Puente, sita en calle Andrade Nº 670 de la Ciudad de Gualeguaychú, la institución Supervisión Gualeguaychú Mutual de Servicios Sociales, por incumplimiento a los artículos 64º y 75º de la Ley 3818,
9 modificadas por Ley 9817; el que será llevado a cabo por la Coordinación de Registro y Fiscalización de Profesionales de la Salud de este Ministerio de Salud;
Que ha tomado intervención el Colegio de Farmacéuticos de Entre Ríos;
Por ello;
El Ministro Secretario de Estado de Salud R E S U E L V E :
Art. 1º.- Disponer la sustanciación de un sumario a los responsables de la Farmacia Mutual Dr. Galileo Puente, sita en calle Andrade Nº 670 de la Ciudad de Gualeguaychú, propiedad de la institución Supervisión Gualeguaychú Mutual de Servicios Sociales, por incumplimiento a los artículos 64º y 75º de la Ley 3818, modificadas por Ley 9817; el que será llevado a cabo por la Coordinación de Registro y Fiscalización de Profesionales de la Salud de este Ministerio de Salud.Art. 2º.- Establecer que lo dispuesto por el artículo 1º del presente texto normativo, se llevará a cabo por la Coordinación de Registro y Fiscalización de Profesionales de la Salud de este Misterio de Salud.Art. 3º.- Comunicar, publicar y archivar.Ariel L. de la Rosa
RESOLUCIÓN Nº 1528 MS
Paraná, 17 de mayo de 2016
Autorizando la instalación de una farmacia denominada Strobel propiedad del Farmacéutico Francisco Néstor Vila, MP Nº 626, ubicada en Avenida San Martín s/nº de la Localidad de Strobel, y habilitando el establecimiento al servicio de la población.Autorizando a la Farmacéutica Eliana Marisel Bruich, MP Nº 830, a asumir la dirección técnica de la Farmacia Strobel, sita en Avenida San Martín s/nº de la Localidad de Strobel.Autorizando el horario de atención de la Farmacia Strobel, sita en Avenida San Martín s/nº de la Localidad de Strobel: de lunes a viernes de 8,00 hs. a 12,00 hs. y de 16,30 hs.
a 20,00 hs. en invierno y en verano de 16,30
hs. a 20,30 hs., sábados de 8,00 hs. a 12,30
hs., fuera de estos días y horarios deberá adecuarse a la legislación vigente.Dejando aclarado que una vez habilitada la farmacia deberán presentar copia de las facturas de compras de los medicamentos a fin de que el Departamento Integral del Medicamento, constate cumplimiento de petitorio, conforme artículo 73º de la Ley 9817 y Resolución Nº 711/14 MS.
RESOLUCIÓN Nº 1529 MS
RATIFICANDO DISPOSICIÓN
Paraná, 17 de mayo de 2016
VISTO:
La Disposición Nº 11/13 de la Secretaría de Gestión Sanitaria Jurisdiccional; y CONSIDERANDO:
Que mediante la mencionada disposición se creó una Posta Sanitaria en la Localidad de Alarcón, Estación Enrique Carbó del Departamento Gualeguaychú;
Que hasta tanto se considere la viabilidad presupuestaria que permita atender la funcionalidad de un centro de salud en la citada localidad, resulta factible la creación de una posta sanitaria que brinde la atención básica en salud a la comunidad de Alarcón;
Que su funcionamiento será operativamente sostenido por el Centro de Salud Coronel Amézaga de Estación Enrique Carbó del Departamento Gualeguaychú;
Que ha dictaminado al respecto la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio;
Por ello;
El Ministro Secretario de Estado de Salud R E S U E L V E :
Art. 1º.- Ratificar la Disposición Nº 11/13 de la Secretaría de Gestión Sanitaria de este Ministerio de Salud, por la cual se creó una Posta Sanitaria en la Localidad de Alarcón, Estación Enrique Carbó del Departamento Gualeguay-

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 11/9/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha11/09/2017

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones4774

Primera edición01/12/2003

Ultima edición24/06/2024

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