Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 15/06/2015

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 15 de Junio de 2015

Nº 5363

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 10,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LVI
EDICION DE 42 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 42

DECRETOS

DECRETO Nº 692
Viedma, 22 de Mayo de 2015.
Visto: el Expediente N 142.151-G-2.015, del Registro del Ministerio de Gobierno; y CONSIDERANDO:
Que por las citadas actuaciones se tramita la aprobación del Convenio de Prestación del Servicio Electoral celebrado entre el Ministerio de Gobierno de la Provincia de Río Negro y la Municipalidad de Darwin, en fecha 10 de febrero de 2.015, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto N 13/15 y de los Artículos 162 y 225 de la Ley O N
2.431;
Que el objeto del referido convenio es brindar aquellos elementos necesarios para la celebración de la elección en dicha Municipalidad, como así también, entregar un aporte no reintegrable en concepto de pago de autoridades de mesa, cuya rendición se efectuará por lo dispuesto en el Decreto N 134/10 y modificatoria;
Que lo antedicho, se realiza en razón de que por Decreto N 13/2015, el Gobernador de la Provincia ofreció la prestación del servicio electoral para el día 03 de mayo del 2.015, a aquellos municipios que convoquen sus comicios en dicho turno electoral;
Que por Resolución N 01/2015 de la Municipalidad de Darwin, dicho municipio convocó a elecciones municipales para el día 03 de mayo del 2.015;
Que en virtud del referido Convenio, el Ministerio de Gobierno se compromete a abonar a la Municipalidad de Darwin la suma de Pesos Doscientos Cincuenta $ 250,00, por cada autoridad de mesa que haya participado en el acto comicial del 03 de mayo del corriente;
Que la Ley O N 2.431 en su Artículo 169 establece que las Mesas estarán integradas por un 1 funcionario, que actuará con el título de presidente, y dos 2 suplentes que lo auxiliarán y reemplazarán, resultando ser tres 3 las personas designadas por mesa que deberán percibir compensación por su labor;
Que según se desprende de la Certificación, obrante a fojas 12, suscripta por la Directora de Asuntos Electorales e Innovación Tecnológica, la Municipalidad de Darwin ha establecido un total de cuatro 4 mesas receptoras de votos;
Que en consecuencia corresponde asignar la suma de Pesos Tres Mil $
3.000,00, en concepto de aporte al pago de autoridades de mesa a la Municipalidad de Darwin;
Que se da cumplimiento a los Artículos 30 y 31 de la Ley H N 3.186;
Que según constancia del Banco Patagonia, obrante a fojas 7, la suma total de Pesos Tres Mil $ 3.000,00, deberá ser depositada en la Cuenta Corriente en Pesos N
264-900001436-000, CBU
N 0340264300900001436005 que el Municipio de Darwin posee en dicha entidad bancaria;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno y Contaduría General;
Que por aplicación de la Resolución reglamentaria N 76 de fecha 14 de junio de 2.012 de la Fiscalía de Estado, Artículo 1, Inciso d, las presentes actuaciones se encuentran eximidas de las intervenciones de ese Órgano de Control previstas en los Artículos 12 Inciso e de la Ley A N 2.938, 7 y 12 de la Ley K N 88 modificada por Resolución N 119/13, Artículo 1, Inciso d;

Que la Ley K N 4.794, modificada por Ley K N 4.907, otorga al Ministerio de Gobierno facultades en materia electoral, por lo que corresponde se ratifique el citado Convenio;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181, Inciso 1, de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA
Artículo 1.- Ratificar el convenio de prestación de servicio electoral, celebrado entre el Ministerio de Gobierno, representado por el Señor Ministro de Gobierno, Dr. Luís Di Giácomo y la Municipalidad de Darwin, representada por el Señor Intendente, Víctor Hugo Mansilla DNI 20.196.220, que como anexo forma parte integrante del presente Decreto.
Art. 2.- Otorgar al Municipio de Darwin, CUIT N 30-67275328-3, la suma de Pesos Tres Mil $ 3.000,00, de acuerdo a las cuatro 4 mesas establecidas para los comicios del 03 de Mayo de 2.015, y a lo expuesto en los considerandos del presente Decreto.Art. 3.- El importe consignado en el Artículo anterior, será liquidado y depositado por la Tesorería General de la Provincia, en la Cuenta Corriente en Pesos que la Municipalidad de Darwin posee en el Banco Patagonia N
264-900001436-000, CBU N 0340264300900001436005, siendo responsable de su administración y posterior rendición el Señor Mansilla, Víctor Hugo D.N.I. N 20.196.220 y Pellizari, Liliana Raquel D.N.I N
13.952.478.Art. 4.- Para el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, proceder al Compromiso Presupuestario en la Jurisdicción 17, Programa 36, Actividad 01, Partida 517, Código de Financiamiento 10, Rentas Generales, en la suma de Pesos Tres Mil $ 3.000,00.Art. 5.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno.Art. 6.-Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK - L. Di Giácomo.
CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE GOBIERNO Y LA
MUNICIPALIDAD DE DARWIN
PARA LA COBERTURA DE GASTOS DEL SERVICIO ELECTORAL Y
PAGO DE AUTORIDADES DE MESA
En la ciudad de Viedma a los diez 10 días del mes de Febrero del año 2.015, entre el MINISTERIO DE GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DE RÍO NEGRO, representado en este acto por el Señor Ministro de Gobierno, Dr. Luís Di Giácomo, en adelante EL MINISTERIO, con domicilio legal en la calle Laprida N 212 de la ciudad de Viedma y la MUNICIPALIDAD DE DARWIN, representada en este acto por el Señor Intendente Municipal, Don Víctor Hugo Mansilla, en adelante LA MUNICIPALIDAD con domicilio legal en Avenida Roca s/n de la misma ciudad, convienen en celebrar el presente Convenio de Prestación del Servicio Electoral, en el marco de la realización de Elecciones Municipales para el día 03 de Mayo de 2.015 y de conformidad con lo dispuesto mediante Decreto N 13/2015, con el objeto de proveer a cargo del erario público provincial los elementos materiales necesarios para el desarrollo de dichos comicios, servicio de custodia y entrega de un aporte no reintegrable para el pago a autoridades de mesa, todo ello sujeto a las siguientes cláusulas:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 15/06/2015

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha15/06/2015

Nro. de páginas42

Nro. de ediciones1913

Primera edición03/01/2002

Ultima edición13/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Junio 2015>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
282930