Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 01/06/2015

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 1 de Junio de 2015

Nº 5359

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 10,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LVI
EDICION DE 44 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 44

DECRETOS

DECRETO Nº 539
Viedma, 11 de mayo de 2015.
Visto, el Expte. N 041.054-SG-2015, del registro del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, y;
CONSIDERANDO:
Que la Provincia de Río Negro sufrió un proceso de sequía iniciado en el año 2005 que afectó la producción ganadera bovina, ovina y caprina;
Que, en marco de la Ley Provincial N 1857, el Decreto N 197/14
prorrogó por doce 12 meses la condición de Emergencia y/o Desastre Agropecuario que había sido establecido por Decreto N 648/07, Ley Provincial E N 4313, Decreto N 92/09, Ley Provincial N 4509, Decreto Ley N 01/11, Decreto N 439/12 y Decreto N 429/13 en los Departamentos Adolfo Alsina, Conesa, Pichi Mahuida, Avellaneda, General Roca, El Cuy, Valcheta, San Antonio, 9 de Julio, 25 de Mayo, Ñorquinco y Pilcaniyeu;
Que en virtud de la prórroga dispuesta por Decreto N 197/14 la vigencia del Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario Provincial comprendió desde el 22 de abril de 2014 hasta el 21 de abril de 2015;
Que las consecuencias de la sequía aún afectan al sector y la producción pecuaria actual en algunas zonas no es suficiente para que la actividad ganadera se constituya en una actividad rentable;
Que el fenómeno climático ha sido un proceso continuo iniciado en el año 2005, y agravado por el transcurso del tiempo, viéndose los productores afectados por una fuerte descapitalización y encontrándose con un stock de hacienda diezmado, colocándolos en una situación que afecta su normal producción;
Que el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de Río Negro elaboró un informe que fundamentó el Estado de Emergencia Agropecuaria por Sequía del sector ganadero rionegrino en la continuidad de los efectos de los fenómenos climáticos que afectó a gran parte del territorio provincial, provocando pérdidas para la producción y el capital en los sectores bovinos, ovinos y caprinos;
Que conforme el informe elaborado por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, aún no se ha dado la completa recuperación del stock ganadero, recomendándose en consecuencia la prórroga de la condición de Emergencia y/o Desastre Agropecuario por Sequía de los establecimientos de secano de los correspondientes departamentos, acompañando así a la recuperación económica financiera, de los productores afectados;
Que la situación se agravó a consecuencia de las erupciones del Volcán Calbuco, acontecidas los días 22 y 23 de abril de 2015, y la emisión de cenizas que cubrió gran parte del territorio provincial;
Que la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria en reunión del día 24 de abril de 2015, consideró necesario declarar y/o prorrogar el Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario a los productores afectados de los Departamentos de General Roca, El Cuy, Valcheta, San Antonio, 9 de Julio, 25 de Mayo, Ñorquinco, Pilcaniyeu y Bariloche;
Que conforme al Art. 5, Incs. a y b de la Ley E N 1857, son funciones de la Comisión Provincial de Emergencia y/o Desastre Agropecuario proponer al Poder Ejecutivo Provincial, la declaración de emergencia de las zonas afectadas por factores de origen climático, telúrico, biológico o físico, que no fuere previsible o siéndolo fueren inevitables por su intensidad, afecten la producción o la capacidad de producción de una región, dificultando gravemente la evolución de las actividades agrarias;

Que es necesario brindar apoyo y asistencia desde el Gobierno de la Provincia de Río Negro, para contrarrestar los efectos graves de esta situación;
Que se encuentran configuradas las condiciones de necesidad y la urgencia del dictado del presente instrumento normativo, toda vez que resulta la vía constitucional idónea tendiente a efectivizar en forma inmediata la prórroga de la vigencia;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de Río Negro y Fiscalía de Estado mediante Vista N 02043-15;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181, Inc. 1 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Declarar, desde el 22 de abril de 2015 al 21 de abril de 2016, el Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario Provincial por la erupción del Volcán Calbuco en los Departamentos de General Roca, El Cuy, Valcheta, San Antonio, 9 de Julio, 25 de Mayo, Ñorquinco, Pilcaniyeu y Bariloche.
Art. 2º - Prorrogar, desde el 22 de abril de 2015 al 21 de abril de 2016, el Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario Provincial por Sequía en los Departamentos de General Roca, El Cuy, Valcheta, San Antonio, 9 de Julio, 25 de Mayo, Ñorquinco y Pilcaniyeu.Art. 3º - Eximir, total o parcialmente en función del nivel de afectación, a los productores de las actividades ovina, bovina y caprina incluidos en la prórroga establecida en el Art. 2 del pago del impuesto inmobiliario de inmuebles rurales y subrurales, del impuesto a los automotores y del impuesto de sellos para los actos, contratos u operaciones, cuyos vencimientos operen desde el 22 de abril de 2015 al 21 de abril de 2016, de los bienes y operaciones destinadas a la actividad agropecuaria que se encuentren comprendidas en los Departamentos de General Roca, El Cuy, Valcheta, San Antonio, 9 de Julio, 25 de Mayo, Ñorquinco y Pilcaniyeu.Art. 4º - Facultar a la Agencia de Recaudación Tributaría a evaluar la capacidad contributiva de los productores afectados para contemplar las exenciones totales o parciales de los impuestos mencionados en el Art. 3.
Art. 5º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca de Río Negro.Art. 6º - Registrar comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK.- M. D. Martín.
oOo DECRETO Nº 540
Viedma, 11 de mayo de 2015.
Visto, el Expte. N 041.084-SA-2015 del registro del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, y;
CONSIDERANDO:
Que la tramitación de la declaración de Estado de Desastre y/o Emergencia Agropecuaria se solicita en función del fenómeno climático de sequía en etapa veraniega y el desarrollo desmedido de la plaga Nysiussimulans Stal conocida como chinche diminuta que ha provocado importantes daños en numerosas explotaciones rurales vinculadas a la actividad apícola en la totalidad del territorio de la Provincia de Río Negro;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 01/06/2015

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha01/06/2015

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones1913

Primera edición03/01/2002

Ultima edición13/05/2024

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