Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 08/06/2015

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 08 de Junio de 2015

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BOLETIN OFICIAL N 5361

Art. 2º - Rectificar el Decreto N 1872/2005 mediante el cual se le otorga la promoción automática al agente Camaña, José María DNI N
16.090.335 y otorgar las promociones automáticas desde las fechas y categorías que se indican en la Planilla Anexa I que forma parte integrante del presente Decreto.Art. 2º - Promuévase automáticamente al agente Camaña, José María DNI N 16.090.335 desde las fechas y categorías que se indican en la Planilla Anexa II que forma parte integrante del presente Decreto.Art. 3º - Comprometer el gasto que demanda la presente erogación a los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 32, Programa 01, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01, a cargo del Ministerio del Desarrollo Social.
Art. 4º - Por el Departamento de Sueldo liquídense las diferencias salariales a partir del 16 de agosto de 2013.Art. 5º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Desarrollo Social.
Art. 6º - Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.
WERETILNECK.- F. H. Galli.

Por ello,

El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Incorporar, a partir del 1 de julio de 2014 a la Planta Permanente de la Administración Pública Provincial al Ing. Morón, Jorge Alejandro DNI N 17.402.506, quien cumplía funciones en Vial Rionegrina Sociedad del Estado Via.RS.E., firmando con conformidad su traspaso a la Dirección de Vialidad Rionegrina DVR, con la clase, categoría y antigedad que se detalla en la planilla anexa única, que forma parte integrante del presente Decreto de acuerdo a lo normado por la Ley K N 4743 y el Decreto Provincial N 1593/12 .Art. 2º - Incorporar, a partir del 1 de septiembre de 2014 a la Planta Permanente de la Administración Pública Provincial a los agentes Palma, Oscar DNI N 14.562.462 y Pascual, María Laura DNI N 26.757.499, quienes cumplían funciones en Vial Rionegrina Sociedad del Estado, Via.RS.E., firmando con conformidad su traspaso a la Dirección de Vialidad Rionegrina, DVR, con la clase, categoría y antigedad que se detalla en la Planilla Anexa única que forma parte integrante del presente Decreto de acuerdo a lo normado por la Ley K N 4743 y el Decreto Provincial N
1593/12 .Art. 3º - El presente Decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Obras Servicios Públicos y de Agricultura, Ganadería y Pesca, a cargo del despacho del Ministerio de Economía.
Art. 4º - Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.
WERETILNECK.- C. Valeri.- M. D. Martín.

PLANILLA ANEXA II AL DECRETO Nº 643

PLANILLA ANEXA I AL DECRETO Nº 650

PLANILLA ANEXA I AL DECRETO Nº 643

oOo oOo DECRETO Nº 650
Viedma, 20 de mayo de 2015.
Visto, el Expte. N 095.000-P-2013, del registro de la Dirección de Vialidad Rionegrina, las Leyes Provinciales L N 846 y K N 4743 y el Decreto Provincial N 1593/12, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita la incorporación a la Planta Permanente de la Administración Pública Provincial de los agentes de la Empresa Vial Rionegrina S.E., Morón Jorge Alejandro; Pascual, María Laura y Palma, Oscar;
Que el citado Decreto establece la transferencia del personal de Vial Rionegrina Sociedad del Estado Via.RS.E. a la Dirección de Vialidad Rionegrina, DVR respetando clases, categorías y antigedad que posean los agentes mencionados en los términos del Convenio Colectivo de Trabajo N
572/09 aplicable al personal vial;
Que el personal que integre la Dirección de Vialidad Rionegrina, se regirá en sus relaciones laborales por el Convenio Colectivo de Trabajo N 572/09
y en los términos del apartado B del Art. 3 del mismo, como así también por la Ley Nacional N 20.320, conforme a la adhesión provincial efectuada mediante Ley Provincial L N 846;
Que los agentes que se detallan en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto han dado la aceptación expresa y por escrito de su traspaso;
Que por Resoluciones N 1430/14, 2021 y 2022 de la Secretaría de Trabajo, se homologaron los acuerdos alcanzados y suscriptos con las respectivas Actas Acuerdo entre Vial Rionegrina Sociedad del Estado, la Dirección de Vialidad Rionegrina y el Sindicato de Trabajadores Viales de la Provincia de Río Negro respecto a las transferencias y encasillamiento del personal que se menciona con anterioridad y es objeto del presente acto administrativo;
Que el presente Decreto se dicta en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley K N 4743 y el Decreto Provincial N 1593/12;
Que a fojas 455 ha tomado debida intervención la Subsecretaría de Presupuesto en los términos del Art. 33 de la Ley N 5021;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Dirección de Asesoría Legal de la Dirección de Vialidad Rionegrina, Secretaría de la Función Pública y la Fiscalía de Estado mediante Vista N
00528-15;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181, Inc. 1 de la Constitución Provincial.

DECRETO Nº 658
Viedma, 20 de mayo de 2015.
Visto, el Expte. N 88.934-ERH-2015, del registro del Ministerio de Economía, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramitan las promociones automáticas del personal de la planta permanente del Ministerio de Economía que revistan en el Escalafón de la Ley L N 1844, en los programas, categorías, agrupamientos y fechas que en cada caso corresponde, detallados en las Planillas Anexas I a III que forman parte integrante del presente Decreto;
Que conforme a la certificación extendida por el Área de Recursos Humanos del Ministerio de Economía obrante a fojas 02 se promueve a los agentes que al día 31 de diciembre de 2014 reúnen los requisitos de permanencia en las categorías de revista establecida en los Arts. 12, Agrupamiento Administrativo, 15 Agrupamiento Profesional y 23 Agrupamiento Servicio de Apoyo del Anexo II de la Ley L N 1844, para ascender a la categoría inmediata superior;
Que en cumplimiento a las normas señaladas y conforme los alcances que las mismas determinan, corresponde promover a los agentes consignados en las Planillas Anexas I a III que forman parte integrante del presente Decreto, al reunir los requisitos exigidos;
Que a fojas 14 ha tomado intervención la Subsecretaría de Presupuesto del Ministerio de Economía, en los términos del Art. 33 de la Ley N 5021;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, la Asesoría Legal y Técnica del Ministerio de Economía, la Secretaría de la Función Pública y Fiscalía de Estado mediante Vista N 02275-15;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181, Inc. 3 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Promover automáticamente, de conformidad a lo establecido en los Arts. 12 Agrupamiento Administrativo, 15 Agrupamiento Profesional y 23 Agrupamiento Servicio de Apoyo del Anexo II de la Ley L N 1844, a los agentes de la planta permanente del Ministerio de Economía, en los programas, agrupamientos, categorías y fechas que en cada caso corresponde, detallados en las Planillas Anexas I a III que forman parte integrante del presente Decreto.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 08/06/2015

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha08/06/2015

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones1910

Primera edición03/01/2002

Ultima edición25/04/2024

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