Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/04/2015

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 23 de Abril de 2015

Nº 5348

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 10,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LVI
EDICION DE 42 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 42

DECRETOS

DECRETO Nº 254
Viedma, 27 de Marzo de 2015.
Visto: El Expediente N 89149-SSH-15 del Registro del Ministerio de Economía, la Ley Provincial Q N 4818. la Ley Provincial N 5027, el Decreto Provincial N 9/2015, el Decreto Provincial N 57/2015 y;
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 3 de la Ley 5027 se modifica el Artículo 6 de la Ley Q N 4818 que versa sobre el destino y distribución de los fondos provenientes de la renegociación de Concesiones de Explotación de Areas Hidrocarburíferas Rionegrinas;
Que en el cuarto párrafo del mencionado artículo 6, se establece que se distribuirá por única vez entre la totalidad de los Municipios y Comisiones de Fomento una suma equivalente al 7% del total del Bono Fijo, de acuerdo a los índices de coparticipación y otro 7% se distribuirá entre los municipios productores de petróleo, de acuerdo al índice de distribución de regalía de la Ley N 1946;
Que el apartado séptimo del citado Artículo, establece que los fondos que los Municipios perciban como resultado de la renegociación de concesiones Hidrocarburíferas, serán destinados en forma exclusiva a financiar en el ámbito municipal proyectos productivos, equipamientos y/u obras de infraestructura, con expresa prohibición de aplicar los mismos a gastos corrientes;
Que con fecha 27 de Febrero del 2015 se reunió la Comisión Evaluadora de Proyectos Ley N 5027 modificatoria de la Ley Q Nº 4818 conformando los Proyectos presentados por el Municipio de General Fernández Oro por el importe total de $ 3.422.390,92;
Que con fecha 6 de Marzo de 2015, el Gobernador de la Provincia Alberto Weretilneck y el Intendente de la localidad de General Fernández Oro, Sr. Juan Oscar Reggioni, suscribieron el Convenio por el cual la Provincia se compromete a transferir a la Municipalidad de General Fernández Oro la suma de $ 3.422.390,92 para la ejecución de los proyectos de inversión aprobados que forman parte del Anexo 1 del Convenio mencionado;
Que por la distribución del 7% del Bono Fijo, de acuerdo a los índices de coparticipación le corresponde a la Municipalidad de General Fernández Oro la suma de Pesos novecientos sesenta y un mil trescientos ochenta con 25/100 $ 961.380,25 y, por ser productor de petróleo el otro 7 % según el índice de distribución de regalías de acuerdo a la Ley N 1946, correspondiéndole la suma de Pesos dos millones cuatrocientos sesenta y un mil diez con 67,100 $ 2.461.010,67, lo que suma un total de Pesos tres millones cuatrocientos veintidos mil trescientos noventa con 92/100 $
3.422.390,92;
Que han tomado debida intervención Asesoría Legal y Técnica del Ministerio de Economía, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art.
181 Inc. 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Apruébense los proyectos de inversión conformados por la Comisión Evaluadora el día 27 de Febrero de 2015 y ratifíquese el Acuerdo suscripto entre el Municipio de General Fernández Oro y la Provincia de Río Negro, que como Anexo forma parte del presente..

Art. 2.- Apruébese el gasto y páguese por Tesorería General de la Provincia a la Municipalidad de General Fernández Oro C.U.I.T. N 3067264089-6 la suma de Pesos tres millones cuatrocientos veintidos mil trescientos noventa con 92/100 $ 3.422.390,92.
Art. 3.- Comprometer y Ordenar la suma de Pesos novecientos sesenta y un mil trescientos ochenta con 25/100 S 961.380,25, con cargo a la Entidad 38, Programa 80, Actividad 01 , Partida 581, Recurso 12433, en concepto de la distribución del 7% del Bono Fijo, de acuerdo a los índices de coparticipación.
Art. 4. Comprometer y Ordenar la suma de Pesos dos millones cuatrocientos sesenta y un mil diez con 67/100 $ 2.461.010,67, con cargo a la Entidad 38, Programa 80, Actividad 02, Partida 581, Recurso 12434 en concepto del 7% según el índice de distribución de regalía de la Ley N 1946
por ser municipio productor de petróleo.
Art. 5.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Economía.
Art. 6.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dese al Boletín Oficial y archívese.WERETILNECK - A. Palmieri.

CONVENIO
Art. 6º I.ey Q N 4818 modificada por Ley N 5027
y Anexo I Decreto N 09/2015
En la ciudad de Viedma. a los 6 días del mes de marzo del año 2015, se reúnen por una parte la Provincia de Río Negro, representada en este acto por el Señor Gobernador, Dn. Alberto Edgardo Weretilneck, en adelante LA
PROVINCIA; por la otra el Municipio Gral. Fernandez Oro, en adelante EL
MUNICIPIO, representado por la Sr. Reggioni, Juan Oscar Intendente Municipal, quienes suscriben el presente CONVENIO de conformidad a los antecedentes y pautas que seguidamente se expresan:
Que con fecha 20 de diciembre de 2012. la Legislatura de la Provincia de Río Negro sancionó la Ley Q N 4818, publicada en el Boletín Oficial N
5108. la que estableció las bases y condiciones para la renegociación de concesiones hidrocarburíferas de la Provincia.
Que la misma, facultó al Poder Ejecutivo para que a través de la Secretaría de Estado de Energía renegocie las concesiones hidrocarburíferas correspondientes a las empresas inscriptas en el Registro Provincial de Renegociaciones de Areas Hidrocarburíferas. Que en dicho marco, se suscribieron acuerdos con las empresas Petrolera Entre Lomas S .A., Tecpetrol S.A., Petrobras Argentina S.A., YPF S.A., Ysur Energía Argentina S.R.L. e Ysur Petrolera Argentina S.A.
Que el Art. 6 de la norma, modificado por Ley N 5027, estableció en el apartado séptimo que los fondos que los municipios perciban como resultado de los contratos que se suscriban en el marco de los procesos de renegociación de concesiones hidrocarburíferas, serán destinados en forma exclusiva a financiar en el ámbito municipal proyectos productivos. equipamientos y/u obras de infraestructura, con expresa prohibición de aplicar los mismos a gastos corrientes.
Que la Municipalidad de Gral. Fernandez Oro procedió a presentar proyecto de inversión ante la Dirección de Municipios del Ministerio de Gobierno, expidiéndose la Comisión Especial Ley Q N 4818 de manera favorable al mismo.
Que se encuentra debidamente certificado que la Municipalidad de Gral.
Fernandez Oro no registra rendiciones pendientes con el Estado Provincial.
Que se ha dado cumplimiento a la publicación del proyecto de inversión conforme lo establecido en el Anexo 1 del Decreto N 09/2015.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/04/2015

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha23/04/2015

Nro. de páginas42

Nro. de ediciones1913

Primera edición03/01/2002

Ultima edición13/05/2024

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