Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 01/10/2012

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 01 de Octubre de 2012

Nº 5079

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 6,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LIII
EDICION DE 34 PAGINAS

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Dirección de Iniciativa Legislativa, Decretos y Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 34

LEY

Ley Nº 4789
Viedma, 20 de Septiembre de 2012.Visto el Decreto Ley N 01/12, de fecha 30-05-12, publicado en el Boletín Oficial N 5046. Se Promulga de conformidad al Artículo 181
Inciso 6, último párrafo de la Constitución Provincial.
Registrado bajo el N de Ley cuatro mil setecientos ochenta y nueve 4789.Comuníquese, publíquese, tómese razón, dese al Boletín Oficial y Archívese.Nicolás Rochás, Secretario Legal y Técnico.
oOo
DECRETOS

DECRETO Nº 1220
Viedma, 10 de Septiembre de 2012.
Visto, el Expediente N 170258-SLyT-2012, del registro de la Secretaría de Estado Legal y Técnica, y;
CONSIDERANDO:
Que oportunamente, mediante Resolución 03/2011 de la Comisión Administradora del Boletín Oficial, se establecieron las nuevas tarifas para las publicaciones a efectuar en el Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro;
Que mediante Resolución N 04/2012 de la Comisión Administradora del Boletín Oficial se estableció una tarifa diferencial consistente en una reducción del 75%, para los municipios que suscriban un convenio donde acuerdan la publicación de la totalidad de las Ordenanzas de carácter general que emitan, con cuyo objeto se aprobó un modelo del convenio a suscribir;
Que en fecha 2 de Agosto de 2012 LA PROVINCIA representada en ese acto por el Secretario Legal y Técnico Dr. Nicolás ROCHAS suscribió un convenio con EL MUNICIPIO de Ramos Mexía, representado en ese acto por el Señor Intendente Municipal Eduardo Javier GIMENEZ, con el objeto descripto en el considerando precedente;
Que corresponde ratificar el convenio oportunamente suscripto;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181º, Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Ratifíquese en todos sus términos el Convenio celebrado en fecha 2 de Agosto de 2012 entre LA PROVINCIA representada en ese acto por el Secretario Legal y Técnico, Dr. Nicolás ROCHAS y EL MUNICIPIO
de RAMOS MEXIA, representado en ese acto nor el Señor Intendente Municipal Eduardo Javier GIMENEZ, el que como Anexo, forma parte integrante del presente Decreto.Art. 2.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Mtro. de Gobierno.
Art. 3.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK. H. H. Lastra.

CONVENIO
En la ciudad de Viedma, a los 02 días del mes de Agosto del año 2012, entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de Río Negro, representado en este acto por el señor Secretario Legal y Técnico Nicolás Rochás,
con domicilio en calle Laprida N 212, Primer Piso de la ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, en adelante LA PROVINCIA, por una parte; el Municipio de Ministro Ramos Mexía, representado por el Señor Intendente Eduardo Javier Giménez, con domicilio en calle Casa N 9 Barrio I.P.P.V de la localidad de Ministro Ramos Mexía, Provincia de Río Negro, en adelante EL MUNICIPIO, por la otra, convienen en celebrar el presente acuerdo conforme a las siguientes cláusulas:
Primera: Las partes acuerdan que la publicación de la totalidad de las Ordenanzas de carácter general emitidas por EL MUNICIPIO, se efectuarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro.
Segunda: A los fines indicados en la cláusula precedente, EL MUNICIPIO
abonará una tarifa diferencial consistente en la reducción de un Setenta y Cinco 75 % del valor de publicación por cada Ordenanza a publicar. Dicha tarifa podrá ser reducida en función de los resultados que arroje la implementación del presente convenio, en cuyo caso se podrán suscribir las addendas pertinentes.
Tercera: En cumplimiento a lo estipulado en la cláusula Primera del presente EL MUNICIPIO remitirá a la Dirección de Iniciativa Legislativa, Decretos y Boletín Oficial, copia certificada de aquellas Ordenanzas Municipales de carácter general a publicar, a los fines que la citada Dirección instrumente los mecanismos necesarios para concretar dicha finalidad.
Cuarta: El pago de las publicaciones deberá efectuarse en forma mensual conforme el procedimiento a determinarse.
Quinta: Una vez efectuada la publicación quedarán a disposición de EL
MUNICIPIO, tres 3 ejemplares de Boletines Oficiales en el cual se hubiera publicado la Ordenanza.
Sexta: Las partes se comprometen a la ratificación del presente mediante el dictado del acto administrativo pertinente.
Séptima: El presente acuerdo tendrá una duración de un 1 año, contados desde la ratificación del mismo por parte del Poder Ejecutivo Provincial, renovándose automáticamente por igual período, salvo denuncia expresa efectuada por cualquiera de las partes, la que deberá ser notificada en forma fehaciente con una anticipación de treinta 30 días de producirse la finalización del mismo.
En muestra de conformidad las partes rubrican dos 2 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Viedma, a los 02 días del mes de Agosto de 2012.
oOo DECRETO Nº 1221
Viedma, 10 de Septiembre de 2012.
Visto: El Expediente N 006801-SSH-2.012, del Registro del Ministerio de Economía, la Ley Nacional N 25.917, el Decreto Nacional N 1.731/04, Leyes Provinciales H N 3.886, H N 4.258, C N 4.281, N 4.735, Decreto Ley H N 9/02, Decretos Provinciales N 934/03, N 979/08, N 275/12
y;
CONSIDERANDO:
Que por medio de la Ley Provincial H N 3.886, la Provincia de Río Negro adhirió en todos sus términos a la Ley de Responsabilidad Fiscal N
25.917;
Que por Decreto Ley H N 9/02, autoriza al Poder Ejecutivo Provincial a emitir Certificados de Deuda Pública denominados Bonos Garantizados de Deuda Pública Rionegrina, hasta la suma de Pesos Trescientos Millones $ 300.000.000,00; para ser aplicados al pago de obligaciones del sector público provincial, como administración centralizada, descentralizadas, entes autárquicos, sociedades del Estado, Poder Judicial y Legislativo consolidadas bajo el régimen de la Ley H N 3.466;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 01/10/2012

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha01/10/2012

Nro. de páginas34

Nro. de ediciones1913

Primera edición03/01/2002

Ultima edición13/05/2024

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