Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 02/08/2012

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 02 de Agosto de 2012

Nº 5062

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 6,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LIII
EDICION DE 20 PAGINAS

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Dirección de Iniciativa Legislativa, Decretos y Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 20

DECRETOS

DECRETO Nº 922
Viedma, 23 de Julio de 2012.
Visto: Las facultades conferidas por el Artículo 181 Incisos 1 y 20 y Artículo 204 de la Constitución Provincial, lo resuelto por el Consejo del Artículo 204 de la Constitución Provincial en la reunión de fecha 28 de Junio de 2.012, y;
CONSIDERANDO:
Que la reunión celebrada en fecha 28 de junio de 2.012 por el Consejo del Artículo 204 de la Constitución Provincial, fuera convocada a efectos de que dicho Consejo se expidiera respecto de la dimisión presentada por el Dr. Víctor Hugo Sodero Nievas, al cargo de Vocal del Superior Tribunal de Justicia en el que fuera oportunamente designado;
Que en uso de las facultades conferidas, en dicha reunión se aprobó por unanimidad aceptar la renuncia del Doctor Víctor Hugo Sodero Nievas, debiéndose instrumentar por quien corresponda las medidas necesarias para que a la fecha del cese se haya dado estricto cumplimiento al Artículo 2 de la Ley L N 2.448;
Que de acuerdo a lo dispuesto por el segundo párrafo in fine del Artículo 204 de la Constitución Provincial, tal decisión debe ser cumplimentada por el Poder Ejecutivo Provincial;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 y 20, de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Aceptar la renuncia al cargo de Vocal del Superior Tribunal de Justicia, presentada por el Doctor Víctor Hugo Sodero Nievas D.N.I.
N 8.363.589 , a partir del día 31 de Enero de 2.013.Art. 2.- Notificar del presente Decreto al Señor Presidente de la Legislatura Provincial y al Señor Presidente del Superior Tribunal de Justicia.Art. 3.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Gobierno.Art. 4.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK.- H. H. Lastra.
oOo DECRETO Nº 923
Viedma, 23 de Julio de 2012.
Visto: El Expediente N 170.219-SLT-12 del Registro de la Secretaría Legal y Técnica de la Provincia de Río Negro y;

CONSIDERANDO:
Que corresponde mediante Decreto del Poder Ejecutivo Provincial, se ratifique el Convenio Marco de Colaboración y Asistencia Técnica para el Fortalecimiento de las Instituciones del Sistema de Seguridad de la Provincia de Río Negro firmado entre el Ministerio de Seguridad de la Nación representado por su titular Dra. Nilda Garré y la Provincia de Río Negro, representada por el Señor Gobernador Alberto Edgardo Weretilneck;
Que el convenio firmado en fecha 18 de Junio de 2012, entre la Nación y la Provincia de Río Negro tiene por finalidad el diseño, programación y desarrollo de actividades conjuntas entre las partes a los efectos de cooperar con el objeto de fortalecer las capacidades institucionales de la Provincia para el desarrollo de políticas de seguridad integrales y maximizar los resultados de los esfuerzos realizados por las partes;
Que se reconocen objetivos de fortalecimiento institucional y la constitución de una Unidad Coordinadora;
Que por lo expuesto resulta oportuno aprobar por acto administrativo del Poder Ejecutivo el Convenio Marco mencionado;
Que han tomado debida intervención, la Secretaría Legal y Técnica y Fiscalía de Estado mediante vista N 04452-12;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181
Inciso 1 y 14 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Ratificar en todos sus términos el Convenio Marco de Colaboración y Aasistencia Técnica para el Fortalecimiento de las Instituciones del Sistema de Seguridad de la Provincia de Río Negro firmado el día 18 de Junio de 2012, entre el Ministerio de Seguridad de la Nación representado por su titular Dra. Nilda Garré y la Provincia de Río Negro, representada por el Señor Gobernador Alberto Edgardo Weretilneck.Art. 2.- Dar conocimiento del presente Decreto a la Legislatura Provincial, en virtud de lo normado en el Artículo 181 Inciso 14 de la Constitución Provincial.Art. 3.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno.Art. 4.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK.- H. H. Lastra.

CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN Y
ASISTENCIA TÉCNICA PARA EL
FORTALECIMIENTO DE LAS
INSTITUCIONES
DEL SISTEMA DE SEGURIDAD DE LA
PROVINCIA DE RIO NEGRO
Entre el MINISTERIO DE SEGURIDAD DE
LA NACIÓN, en adelante EL MINISTERIO, representado en este acto por su titular, Dra. Nilda Garré, con domicilio en la calle Av. Gelly y Obes 2289 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por una parte, y el GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DE RIO NEGRO, en adelante LA PROVINCIA, representado en este acto por su Gobernador, Dn.
Alberto Edgardo Weretilneck, con domicilio en la calle Laprida 212 de la Ciudad de Viedma, por la otra, y considerando:
Que es competencia de EL MINISTERIO
todo lo concerniente a la seguridad interior, a la preservación de la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías en un marco de plena vigencia de las instituciones del sistema democrático.
Que la creación de EL MINISTERIO, mediante el Decreto Nro. 1993/10 y las acciones que en su consecuencia se llevaron adelante han implicado un avance significativo hacia el fortalecimiento del gobierno político de la seguridad ciudadana y, en particular, para la conducción de las instituciones policiales y de seguridad federales de acuerdo a un paradigma de seguridad democrática, que entiende a la violencia y el delito como fenómenos complejos y multicausales que requieren de abordajes multiagenciales, así como también de la profesionalización de los cuerpos policiales y fuerzas de seguridad.
Que es función de EL MINISTERIO ejercer la conducción política del Esfuerzo Nacional de Policía, en los términos de la Ley Nro.
24.059, y en ese sentido, cobra relevancia su rol de apoyo a las provincias para el fortalecimiento de sus políticas e instituciones de seguridad.
Que el Gobierno de la Provincia de Río Negro ha expresado el interés en fijar líneas de trabajo conjunto, en particular a través de su Ministro de Gobierno, en concordancia con las estrategias y planes de acción fijados por EL MINISTERIO.
Que recientemente EL MINISTERIO ha llevado adelante acciones destinadas a fortalecer las capacidades de funcionarios provinciales y municipales para el diseño e implementación de políticas públicas de seguridad democráticas, en el entendimiento de que es prioritario para el desarrollo de una política federal de seguridad contar

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 02/08/2012

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha02/08/2012

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones1913

Primera edición03/01/2002

Ultima edición13/05/2024

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