Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/01/2024 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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AÑO CXI - TOMO DCCIX - Nº 20
CORDOBA, R.A. VIERNES 26 DE ENERO DE 2024
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

Y CONSIDERANDO:
Que la ejecución de la Obra mencionada por parte del Municipio, se entiende necesaria y prioritaria para dotar a la institución en cuestión, de la infraestructura adecuada para una mejor calidad educativa.
Que asimismo, ofrece la posibilidad de contratar mano de obra local priorizando de esta manera a los vecinos.
Que dicha obra se realizara conforme lo previsto en la Ley N 8614.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
Artículo 1º: CONVALÍDESE el Contrato firmado por el Sr. Intendente de la Municipalidad de Villa del Rosario con el Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba, respecto de la Obra: Construcción de 1 una sala y 1 un pasillo de vinculación en Establecimiento Educativo Jardín de Infantes Marqués de Sobremonte en el marco del Programa Aurora.
Artículo 2º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir toda documentación necesaria para la ejecución de la misma, de conformidad al Proyecto elaborado por la Dirección General de Infraestructura Escolar del Ministerio de Educación.
Artículo 3º: ELÉVESE copia al departamento Ejecutivo Municipal, PUBLÍQUESE y ARCHÍVESE.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante a diecisiete días del mes de enero de dos mil veinticuatro.

en Establecimiento Educativo Jardín de Infantes Reconquista en el marco del Programa Aurora.
Artículo 2º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir toda documentación necesaria para la ejecución de la misma, de conformidad al Proyecto elaborado por la Dirección General de Infraestructura Escolar del Ministerio de Educación.
Artículo 3º: ELÉVESE copia al departamento Ejecutivo Municipal, PUBLÍQUESE y ARCHÍVESE.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante a diecisiete días del mes de enero de dos mil veinticuatro.
VUELVA AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO PARA SU PROMULGACIÓN.
Ciudad de Villa del Rosario, 17 de enero de 2024.1 día - Nº 507480 - s/c - 26/1/2024 - BOE

ORDENANZA 1739-A-2024
VISTO: La adhesión de nuestra Municipalidad al FONDO PERMANENTE
PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA creado por la unidad de trabajo Provincia-Municipio en el Marco del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Córdoba, mediante Ordenanza Nº 759-A-2004, sancionada por el Concejo Deliberante de nuestra Ciudad el día 21 de diciembre de 2004.-

VUELVA AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO PARA SU PROMULGACIÓN
Ciudad de Villa del Rosario, 17 de enero de 2024.1 día - Nº 507457 - s/c - 26/1/2024 - BOE

ORDENANZA 1738-A-2024
VISTO: Que se requiere celebrar un convenio entre el Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba y la Municipalidad de Villa del Rosario.
Para la ejecución de la obra: Construcción de una sala en Establecimiento Educativo Jardín de Infantes Reconquista en el marco del Programa Aurora.
Y CONSIDERANDO:
Que la ejecución de la Obra mencionada por parte del Municipio, se entiende necesaria y prioritaria para dotar a la institución en cuestión, de la infraestructura adecuada para una mejor calidad educativa.
Que asimismo, ofrece la posibilidad de contratar mano de obra local priorizando de esta manera a los vecinos.
Que dicha obra se realizara conforme lo previsto en la Ley N 8614.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
Artículo 1º: CONVALÍDESE el Contrato firmado por el Sr. Intendente de la Municipalidad de Villa del Rosario con el Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba, respecto de la Obra: Construcción de una 1 sala BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

CONSIDERANDO:
Que la unidad de trabajo Provincia-Municipio ha dispuesto designar a la Municipalidad de Villa del Rosario el importe de Pesos Siete Millones $
7.000.000 para el otorgamiento de un crédito, en el marco de las etapas N 51 y N 52 del FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACIÓN DE
PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA
PROVINCIA DE CÓRDOBA.POR TODO ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VILLA DEL
ROSARIO, REUNIDO EN SESIÓN EXTRAORDINARIA SANCIONA CON
FUERZA DE: ORDENANZA
Artículo 1.- FACÚLTESE al Departamento Ejecutivo Municipal para que, en el marco de la 51 y 52 etapa, gestione y tome del FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS Y PROGRAMAS
DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, un préstamo de hasta Pesos Siete Millones $ 7.000.000, con destino al pago de sueldos del mes de Enero del año 2024.

Artículo 2º.- FACÚLTESE al Departamento Ejecutivo Municipal para
que, en pago del crédito que obtenga en ejercicio de la facultad que se le confiere por el artículo anterior, ceda, al Fondo que le otorgue el préstamo, la garantía de la coparticipación que mensualmente corresponda al Municipio en los impuestos provinciales conforme a la Ley 8663, o la que en el futuro la sustituya o modifique, hasta la suma de Pesos Ciento Noventa y Cuatro Mil Cuatrocientos Cuarenta y Cuatro con 44/100 $ 194.444,44.-
mensuales, durante el término máximo de treinta y seis 36 meses.-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/01/2024 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha26/01/2024

Nro. de páginas3

Nro. de ediciones1438

Primera edición31/07/2018

Ultima edición30/05/2024

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