Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/01/2024 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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LUNES 15 DE ENERO DE 2024
AÑO CXI - TOMO DCCIX - Nº 10
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
MUNICIPALIDAD

a SECCION

MARCOS JUÁREZ

Licitación -OBJETO: adquisición de indumentaria destinada a la Secretaria de Servicios Urbanísticos Plataforma de Servicios Nº 1 y Nº 2; Parques y Paseos, Zoonosis, Cecal y Vertedero Maestranza, Bromatología, Transito, Edificio Municipal, Inspecciones, Centro Cívico, Habilitaciones, Licencias.- -PRESUPUESTO OFICIAL: $ 64.000.000,00 IVA Incluido.- -APERTURA: 22 de ENERO de 2024
10.00 Hs.- -ADQUISICION DEL LEGAJO: Retirar en la Oficina de Coordinación Administrativa.-

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS

SUMARIO
MUNICIPALIDAD MARCOS JUÁREZ
Licitación Pag. 1
Licitación Pag. 1
MUNICIPALIDAD PORTEÑA
Decreto Nro. 219/2023 Pag. 1
MUNICIPALIDAD SANTA EUFEMIA
Ordenanza N 874/2023 Pag. 3
Ordenanza N 875/2023 Pag. 3
Ordenanza N 877/2023 Pag. 4
Ordenanza N 879/2023 Pag. 4
Ordenanza N 880/2023 Pag. 5
MUNICIPALIDAD LA FALDA
Licitación Pública Pag. 5
MUNICIPALIDAD SARMIENTO
Ordenanza N 611/2023 Pag. 5
COMUNA DE SAN LORENZO
Resolución N 55/2023 Pag. 10

4 días - Nº 506627 - $ 6720 - 17/1/2024 - BOE

Licitación -OBJETO: adquisición de elementos de protección personal destinados a la Secretaria de Servicios Urbanísticos Plataforma de Servicios Nº 1 y Nº 2; Parques y Paseos, Seguridad Vial, Zoonosis, Cementerio y Vertedero.-

MUNICIPALIDAD

-PRESUPUESTO OFICIAL: $ 25.000.000,00 IVA Incluido.-APERTURA: 22 de ENERO de 2024 10.00 Hs.-ADQUISICION DEL LEGAJO: Retirar en la Oficina de Coordinación Administrativa.4 días - Nº 506628 - $ 5698 - 17/1/2024 - BOE

PORTEÑA

DECRETO NRO. 219/2023
VISTO: El Decreto N 078/2023 de fecha 29 de junio del año 2023, el Decreto 103/2023 de fecha 23 de agosto de 2023; juntamente con los antecedentes y legajos vinculados al personal designados y referidos al Decreto aludido;
Y CONSIDERANDO:
a Que a través del referido Decreto N 078/2023, el anterior titular del Departamento Ejecutivo Municipal decidió designar como agentes permanentes de la Administración Municipal de Porteña a los Sres. Pérez Estefanía, DNI N 33.020.692, Rach Rosana, DNI N 17.667.668, Bertello Patricia, DNI N 23.040.408, Vega Jonathan, DNI N 33.842.866, Arrieta Gabriela DNI Nº 24.188.167, Mezzano Adrián, DNI N 18.380.828, Acosta Leonardo, DNI N 21.625.506, Giorgis María Belén, DNI N 36.773.235, Castañares Edith Alicia, DNI N 24126.016, Caffaratti María del Carmen, DNI N 21.401.692, Gudiño Emiliano David, DNI N 33.798.072 y Gauna Leandro Iván, DNI N 36.359.975;
b Que, transcurrido un plazo sumamente considerable y escueto tras haber asumido el actual Gobierno Municipal y luego de analizadas las circunstancias, antecedentes y demás elementos vinculantes al Decreto y designaciones mencionadas, resulta obligatorio como D.E.M. mencionar y hacer referencia que el acto de que se trata adolece de una serie de vicios notoriamente graves sobre elementos esenciales, como asimismo en lo que BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

respecta a la formalidad legal aplicable, contundente ejercicio fuera del marco de la competencia legal y ausencia absoluta e insubsanable de cumplimiento con la normativa legal vigente, resultando una falta total y absoluta de razonabilidad y criterio objetivo, contrario todo al bienestar común que esta administración debe procurar alcanzar; entre los cuales puedo advertir:

i. Que, en primer lugar, a simple vista, se exhibe la falta de coincidencia entre la fecha que se consigna como de emisión del acto y aquella que corresponde a la ruta de los correspondientes expedientes administrativos, a diversas reparticiones municipales, como podría ser Recursos Humanos, Secretarías competentes y otras, como también, en especial, al Tribunal de Cuentas Municipal;
En lo que respecta al incumplimiento del último requisito indicado, el acto administrativo aludido se torna antijurídico por infringir la ley o la Constitucióncomo se verifica en este caso: designar personal en planta permanente sin que medie la Visación previa del Tribunal de Cuentas Municipal, organismo que tomó conocimiento ya designados los cargos que se mencionan casi un mes después de la designación, habiéndose liquidados los respectivos haberes, resulta una clara violación al requisito previo legalmente y jurisprudencialmente consagrado.

Amén de ello, lo notoriamente grave es que, además de lo indicado, no se efectuó un procedimiento de selección por concurso, constituyendo esto un fenómeno que afecta la efectiva vigencia del orden jurídico y le resta operatividad en los hechos, ya que se perturba, en definitiva, el sistema
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/01/2024 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha15/01/2024

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones1419

Primera edición31/07/2018

Ultima edición04/05/2024

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